Decreto 267 de 2016 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 267 de 2016

Fecha de Expedición: 18 de febrero de 2016

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

AGENCIA DE RENOVACIÓN DEL TERRITORIO
- Subtema: Creación y Desarrollo

Por el cual se corrige un yerro del Decreto-ley 2366 del 7 de diciembre de 2015 "por el cual se crea la Agencia de Renovación del Territorio (ART), se determina su objeto y estructura"

AGENCIA DE RENOVACIÓN DEL TERRITORIO
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se corrige un yerro del Decreto Ley 2366 del 7 de diciembre de 2015. Por el cual se crea la Agencia de Renovación del Territorio (ART), se determina su objeto y estructura.

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DECRETO 267 DE 2016

 

(Febrero 18)

 

 Por el cual se corrige un yerro del Decreto Ley 2366 del 7 de diciembre de 2015.

 "Por el cual se crea la Agencia de Renovación del Territorio (ART), se determina su objeto y estructura".

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 10 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 45 de la Ley 4 de 1913, y

 

CONSIDERANDO

 

 

Que el artículo 45 de la Ley 4a de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, dispone que los yerros caligráficos y/o tipográficos en las citas o referencias de las leyes deberán ser modificados, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del Legislador.

 

Que la Corte Constitucional en Sentencia C-178/07 consideró que «corresponde a los respectivos funcionarios enmendar los errores caligráficos o tipográficos en el texto de una norma, cuando no quede duda alguna de la voluntad del Congreso. Así mismo, se ha dicho que la expedición de decretos de corrección de yerros es una función administrativa y ordinaria del Presidente de la República en el ámbito de la promulgación de la ley».

 

Que, por una omisión mecanográfica, el parágrafo del artículo 5° del Decreto Ley 2366 de 2015 estableció que "La Agencia para la Renovación del Territorio -ART -formará parte de las instancias que se creen para la administración de los recursos del Fondo en Paz, y en especial el Fondo de Colombia Sostenible, y de aquellos que se creen para financiar las actividades relacionadas con el objeto de la entidad", cuando en realidad debió haber hecho referencia al Fondo Colombia en Paz, que es el nombre completo del fondo.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  . Corríjase el parágrafo del artículo 5° del Decreto 2366 de 2015, el cual quedará así:

 

"PARÁGRAFO. La Agencia para la Renovación del Territorio -ART- formará parte las instancias que se creen para la administración de los recursos del Fondo Colombia en Paz, y en especial el Fondo de Colombia Sostenible, y de aquellos que se creen para financiar las actividades relacionadas con el objeto de la entidad".

 

ARTÍCULO  2°. El presente Decreto se entiende incorporado al Decreto 2366 de 2015 y rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de febrero del año 2016.

 

AURELIO IRAGORRI VALENCIA

 

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 49.790 de 18 de febrero de 2016.