Decreto 2394 de 2003 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2394 de 2003

Fecha de Expedición: 25 de agosto de 2003

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

EMPRESA COLOMBIANA DE PETRÓLEOS- ECOPETROL S.A. - SEM.
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se modifica la estructura de ECOPETROL S.A., y se determinan las funciones de sus dependencias.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

DECRETO 2394 DE 2003

 

(Agosto 25)

 

 Derogado por el Artículo 43 del Decreto 409 de 2006.

“Por el cual se modifica la estructura de ECOPETROL S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto ley 1760 del 26 de junio de 2003 fue escindida la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, y organizada como Sociedad pública por acciones denominada Ecopetrol S. A., vinculada al Ministerio de Minas y Energía; 

 

Que la Junta Directiva Ecopetrol S. A. en sesión del 11 de julio de 2003, mediante Acta número 001, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 del Decreto 1760 de 2003, 

 

DECRETA:

 

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

 

ARTÍCULO 1º. Reorganización. Ecopetrol S. A. tendrá la estructura y las funciones que se determinan en el presente decreto, sin perjuicio de aquellas establecidas para esta entidad en las disposiciones legales vigentes. 

 

ARTÍCULO 2º. Estructura. Ecopetrol S. A. tendrá la siguiente estructura: 

 

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS 

 

-. Junta Directiva 

 

1. Presidencia 

 

1.1 Dirección de Soporte a Presidencia y Junta Directiva. 

 

1.2 Dirección General de Planeación y Riesgos. 

 

1.3 Dirección de Promoción. 

 

1.4 Dirección de Desarrollo. 

 

1.5 Oficina de Control Interno. 

 

1.6 Oficina de Control Interno Disciplinario. 

 

1.7 Dirección General de Operaciones. 

 

1.7.1 Dirección Instituto Colombiano del Petróleo 

 

1.7.1.1 Unidad de Investigación. 

 

1.7.1.2 Unidad de Disciplinas Especializadas. 

 

1.7.1.3 Unidad de Servicios Técnicos y de Laboratorio. 

 

1.7.2 Dirección de Gestión de Proyectos 

 

1.7.3 Dirección de Informática 

 

1.7.3.1 Unidad de Planeación de Informática. 

 

1.7.3.2. Unidad de Infraestructura y Servicios de Tecnología de Información. 

 

1.7.3.3 Unidad de Soluciones de Negocio. 

 

1.7.4 Dirección de Responsabilidad Integral 

 

1.7.4.1 Unidad de Responsabilidad Integral Norte. 

 

1.7.4.2 Unidad de Responsabilidad Integral Sur. 

 

1.7.4.3. Unidad de Seguridad. 

 

1.7.5 Dirección Jurídica 

 

1.7.5.1 Unidad Judicial y Extrajudicial. 

 

1.7.5.2 Unidad de Contratación. 

 

1.7.5.3 Unidad de Derecho Económico y Administrativo. 

 

1.7.5.4 Unidad de Litigio Laboral. 

 

1.7.6 Dirección de Relaciones Laborales 

 

1.7.6.1 Unidad de Asuntos Laborales. 

 

1.7.6.2 Unidad de Gestión de Personal. 

 

1.7.6.3. Unidad de Servicios de Salud. 

 

1.7.7 Vicepresidencia de Exploración 

 

1.7.7.1 Gerencia Técnica. 

 

1.7.7.2 Gerencia de Prospección. 

 

1.7.7.3 Gerencia de Desarrollo de Negocios. 

 

1.7.8 Vicepresidencia de Producción 

 

1.7.8.1 Gerencia Técnica de Producción. 

 

1.7.8.1.1 Departamento Ingeniería de Proyectos. 

 

1.7.8.1.2 Departamento Ingeniería de Operaciones. 

 

1.7.8.1.3 Departamento de Yacimientos y Producción. 

 

1.7.8.2 Gerencia Regional Central. 

 

1.7.8.2.1 Superintendencia Activos en Asociación. 

 

1.7.8.2.2 Superintendencia Operaciones Apiay. 

 

1.7.8.2.2.1 Departamento Producción Llanos 

 

1.7.8.2.2.2 Departamento Mantenimiento Llanos. 

 

1.7.8.3 Gerencia Regional Norte. 

 

1.7.8.3.1 Superintendencia Activos en Asociación. 

 

1 7.8.3.2 Departamento Operaciones Tibú. 

 

1.7.8.4 Gerencia Regional Sur. 

 

1 7.8.4.1 Superintendencia Activos en Asociación. 

 

1 7.8.4.2. Superintendencia Operaciones Orito. 

 

1.7.8.4.2.1. Departamento Producción Putumayo 

 

1.7.8.4.2.2. Departamento Mantenimiento Putumayo. 

 

1.7.8.4.2.3 Departamento de Oleoductos. 

 

1.7.8.4.3 Superintendencia Operaciones Huila-Tolima. 

 

1.7.8.4.3.1 Departamento Producción Huila-Tolima. 

 

1.7.8.4.3.2 Departamento Mantenimiento Huila-Tolima. 

 

1.7.8.5 Gerencia Regional Magdalena Medio. 

 

1.7.8.5.1 Superintendencia Activos en Asociación 

 

1.7.8.5.2 Superintendencia Operaciones del Río. 

 

1.7.8.5.2.1 Departamento Producción del Río. 

 

1.7.8.5.2.2 Departamento Mantenimiento del Río. 

 

1.7.8.5.3 Superintendencia Operaciones Mares. 

 

1.7.8.5.3.1 Departamento Producción de Mares. 

 

1.7.8.5.3.2 Departamento Mantenimiento de Mares. 

 

1.7.9 Vicepresidencia de Refinación y Petroquímica 

 

1.7.9.1 Gerencia de Desarrollo de Refinación. 

 

1.7.9.2 Gerencia General Complejo Barrancabermeja 

 

1.7.9.2.1 Departamento de Programación de la Producción. 

 

1.7.9.2.2 Gerencia de Producción. 

 

1.7.9.2.2.1 Departamento de Refinación. 

 

1.7.9.2.2.2 Departamento de Cracking. 

 

1.7.9.2.2.3 Departamento de Materias Primas y Productos. 

 

1.7.9.2.2.4 Departamento de Petroquímica. 

 

1.7.9.2.2.5 Departamento de Servicios Industriales. 

 

1.7.9.2.2.6 Departamento de Mantenimiento de Taller. 

 

1.7.9.2.2.7 Departamento de Mantenimiento de Campo. 

 

1.7.9.2.3 Gerencia Técnica. 

 

1.7.9.2.3.1 Departamento de Apoyo Técnico a la Producción. 

 

1.7.9.2.3.2 Departamento de Paradas de Planta y Administración de Proyectos. 

 

1.7.9.3 Gerencia Refinería Cartagena. 

 

1.7.9.3.1 Departamento de Programación de la Producción. 

 

1.7.9.3.2 Superintendencia de Producción. 

 

1.7.9.3.2.1 Departamento de Operación de Plantas. 

 

1.7.9.3.2.2 Departamento de Mantenimiento de Plantas. 

 

1.7.9.3.3 Superintendencia Técnica. 

 

1.7.9.3.3.1 Departamento de Apoyo Técnico a la Producción. 

 

1.7.9.3.3.2 Departamento de Paradas de Planta y Administración de Proyectos. 

 

1.7.10 Vicepresidencia de Transporte 

 

1.7.10.1 Departamento de Programación y Control Operacional. 

 

1.7.10.2 Gerencia Técnica. 

 

1.7.10.2.1 Departamento de Proyectos. 

 

1.7.10.2.2 Departamento Técnico. 

 

1.7.10.3 Gerencia de Oleoductos. 

 

1.7.10.3.1 Departamento de Operaciones y Mantenimiento Caño Limón. 

 

1.7.10.3.2 Departamento de Operaciones y Mantenimiento Coveñas. 

 

1.7.10.3.3 Departamento de Operaciones y Mantenimiento Llanos. 

 

1.7.10.4 Gerencia de Poliductos. 

 

1.7.10.4.1 Departamento de Operaciones y Mantenimiento Andina. 

 

1.7.10.4.2 Departamento de Operaciones y Mantenimiento Occidente. 

 

1.7.10.4.3 Departamento de Operaciones y Mantenimiento Norte. 

 

1.7.10.5 Gerencia de Control de Pérdidas de Hidrocarburos. 

 

1.7.11 Vicepresidencia de Suministro y Mercadeo 

 

1.7.11.1 Gerencia de Planeación y Suministro. 

 

1.7 11.1.1 Departamento de Planeación Operativa. 

 

1 7.11.1.2 Departamento de Logística. 

 

1.7.11.2 Gerencia de Gas. 

 

1.7.11.3 Gerencia de Comercialización Nacional. 

 

1.7.11.4 Gerencia de Comercialización Internacional. 

 

1.7.11.5 Departamento de Mercadeo. 

 

1.7.12 Vicepresidencia Financiera y Administrativa 

 

1.7.12.1 Unidad de Información Contable y Tributaria. 

 

1.7.12.2 Gerencia Financiera. 

 

1.7.12.2.1 Unidad de Planeación Financiera. 

 

1.7.12.2.2 Unidad de Financiamiento y Tesorería. 

 

1.7.12.2.3 Unidad de Presupuesto. 

 

1.7.12.3 Gerencia Administrativa. 

 

1.7.12.3.1 Unidad de Gestión e Innovación. 

 

1.7.12.3.2 Unidad de Compras y Contratación. 

 

1.7.12.3.3 Unidad de Administración de Servicios. 

 

CAPÍTULO II.

 

DEPENDENCIAS Y FUNCIONES

 

ARTÍCULO 3º. Asamblea General de Accionistas. La Asamblea General de Accionistas de Ecopetrol S.A., estará integrada y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales. 

 

ARTÍCULO 4º. Junta Directiva. La Junta Directiva de Ecopetrol S. A., estará integrada y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales. 

 

ARTÍCULO 5º. Presidencia. La Presidencia cumplirá las funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales. 

 

ARTÍCULO 6º. Dirección de Soporte a Presidencia y Junta Directiva. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Prestar soporte administrativo a la Junta Directiva y asistencia a la Presidencia de la Sociedad. 

 

2. Fijar directrices y ejecutar planes y programas que orienten los procesos de comunicaciones externas, prensa e imagen institucional y el diseño de las correspondientes estrategias y políticas en la Sociedad. 

 

3. Ejercer las funciones de secretaría de la Junta Directiva y de la Asamblea General de Accionistas. 

 

4. Revisar los proyectos de actos administrativos de competencia de la Junta Directiva y la Presidencia. 

 

5. Autenticar con su firma los documentos oficiales de la Sociedad. 

 

6. Atender los requerimientos que las distintas autoridades le formulen a la Junta Directiva y al Presidente y servir de enlace entre estos y el Gobierno Nacional, el Congreso de la República y los particulares. 

 

7. Realizar seguimiento y control al cumplimiento de los lineamientos y programas de austeridad señalados por el Gobierno Nacional. 

 

8. Coordinar las respuestas de las diferentes dependencias, a los cuestionarios de las citaciones al Congreso. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 7ºDirección General de Planeación y Riesgos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Proponer el direccionamiento estratégico de la Sociedad. 

 

2. Elaborar el plan de negocios y asesorar a las áreas de negocio en la construcción de planes específicos; realizar las acciones necesarias para que haya consistencia y coherencia entre los planes funcionales, la integridad Organizacional de la Sociedad y el Marco Estratégico Corporativo y el Plan de Negocios. 

 

3. Administrar el portafolio de inversiones, definir los criterios de selección y priorización y recomendar las decisiones de inversión y desinversión de la Sociedad. 

 

4. Evaluar la gestión y el desempeño de la Sociedad y liderar la definición y actualización del mapa estratégico, sus indicadores de desempeño, metas relacionadas a los indicadores. 

 

5. Fijar las políticas, realizar control y reportar resultados referidos a la gestión de riesgos corporativos y apoyar al comité de gestión de riesgos con el enfoque metodológico en la evaluación anual de riesgo y formulación de la estrategia. 

 

6. Desarrollar e implementar herramientas para la evaluación de proyectos con base en incertidumbre. 

 

7. Analizar y hacerles seguimiento sistemático a las diferentes variables económicas, operativas y del entorno que puedan impactar la sostenibilidad de los negocios de la Sociedad para recomendar las políticas y estrategias pertinentes. 

 

8. Formular y presentar en conjunto con la Vicepresidencia Financiera y Administrativa el presupuesto anual ante las autoridades competentes. 

 

9. Colaborar con los negocios en la identificación e implantación de mejores prácticas para llevar a cabo el benchmarking interno y externo de la Sociedad y de los negocios. 

 

10. Realizar estudios especiales de análisis de negocios que más impactan el plan de negocio de la Sociedad y de los mecanismos especiales de financiación de inversiones. 

 

11. Formular, orientar, facilitar y divulgar las negociaciones y acuerdos de precios de transferencia entre las diferentes áreas de la Sociedad. 

 

12. Integrar y asegurar la coherencia y consistencia de la información solicitada por el Congreso y demás entes gubernamentales y de control, en coordinación con las Dependencias involucradas en los temas solicitados. 

 

13. Presentar a los órganos de dirección de la Sociedad informes periódicos de la ejecución del plan de negocio, el informe de gestión y de inversiones de la Sociedad. 

 

14. Recomendar y hacer seguimiento acerca de los principios corporativos de buen gobierno. 

 

15. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

16. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 8º. Dirección de Promoción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Visualizar, proponer y articular oportunidades de negocio con visión integradora de las diferentes etapas de la industria. 

 

2. Promover oportunidades de negocio de Ecopetrol S. A. a escala nacional e internacional. 

 

3. Suministrar servicios de asistencia y apoyo directo a inversionistas potenciales, así como acompañamiento en su proceso de toma de decisiones e implementación de inversiones. 

 

4. Desarrollar, mantener y profundizar alianzas que puedan atraer inversionistas. 

 

5. Diseñar, evaluar y recomendar estrategias de promoción y divulgación de los productos y servicios de Ecopetrol S. A. y las opciones de negocio. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 9º. Dirección de Desarrollo. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Formular las estrategias, políticas y procedimientos corporativos para el desarrollo de personal: reclutamiento, selección, capacitación, formación, evaluación de desempeño individual, compensación y desvinculación. 

 

2. Formular políticas y lineamientos de desarrollo organizacional alineados a las exigencias de la estrategia corporativa, en temas de estructura, procesos, gente y cultura. 

 

3. Evaluar y actualizar el modelo y la estructura organizacional que permita optimizar el desarrollo de la Sociedad y alcanzar las metas de desempeño. 

 

4. Formular las estrategias, políticas y directrices corporativas para la racionalización de la planta de personal. 

 

5. Formular y orientar la incorporación de capacidades y competencias organizacionales que permitan alcanzar las metas planteadas a nivel organizacional. 

 

6. Definir los criterios y sistemas para la identificación, valoración y selección de personal de alto potencial de la Sociedad y orientar la aplicación de los mismos. 

 

7. Diseñar y efectuar seguimiento a planes de carrera y programas de capacitación y desarrollo corporativos para el personal de alto potencial de la Sociedad. 

 

8. Evaluar y mantener actualizado el modelo de procesos y monitorear los programas de mejoramiento de procesos. 

 

9. Diseñar y evaluar el programa de mejoramiento continuo para monitorear la calidad, eficiencia y rapidez de respuesta de la organización. 

 

10. Formular estrategias, políticas y directrices para el manejo de las comunicaciones internas de la Sociedad. 

 

11. Desarrollar programas de comunicación directa a todos los niveles de la organización. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 10º. Oficina de Control Interno. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Planear, dirigir y coordinar la verificación y evaluación del sistema de control interno. 

 

2. Verificar que el sistema de control interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando. 

 

3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función. 

 

4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad. 

 

5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Organización y recomendar los ajustes necesarios. 

 

6. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados. 

 

7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios. 

 

8. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional. 

 

9. Revisar la información financiera tanto anual como periódica antes de su entrega a la Junta, poniendo énfasis en cambios contables, estimaciones contables, ajustes importantes como resultado del proceso de auditoría, evaluación de la continuidad del negocio y el cumplimiento de leyes y regulaciones vigentes que afecten a la Sociedad. 

 

10. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la Sociedad. 

 

11. Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. 

 

12. Asesorar, acompañar, verificar, evaluar y hacer seguimiento de las políticas, estrategias y actividades implementadas en la Sociedad para la administración de los riesgos, que puedan representar amenazas para la consecución de los objetivos organizacionales. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 11. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Planear, coordinar y desarrollar las políticas tendientes a adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la entidad. 

 

2. Ejercer la función disciplinaria observando la plenitud de las formas del procedimiento regulado en la Constitución y el Código Disciplinario Unico. 

 

3. Expedir las providencias que la ley establece para dar curso y agotamiento a la actuación disciplinaria. 

 

4. Planear y promover la capacitación sobre temas de la dependencia en todos los niveles de la Sociedad y participar en la formulación y desarrollo de los programas que fomenten los valores organizacionales que propendan la responsabilidad laboral y ética administrativa. 

 

5. Conocer, investigar y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la Sociedad. 

 

6. Conocer y resolver los recursos de reposición que se interpongan contra las decisiones disciplinarias de primera instancia. 

 

7. Remitir a la Procuraduría General de la Nación los procesos disciplinarios por incremento patrimonial no justificado y aquellos que, de conformidad con las normas especiales deba adelantar este organismo de control. 

 

8. Recomendar la adopción de medidas preventivas y correctivas necesarias para evitar cualquier perjuicio a la Sociedad o a particulares. 

 

9. Asesorar al Presidente en la definición de políticas tendientes a prevenir las conductas que puedan llegar a constituir faltas disciplinarias. 

 

10. Asesorar y orientar a las directivas de la entidad sobre asuntos relacionados con la conducta ética y deberes de los servidores públicos. 

 

11. Mantener informadas a las autoridades gubernamentales competentes, a la Junta Directiva y a la Presidencia sobre las irregularidades que se detecten y señalar los correctivos recomendados. 

 

12. Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas que han de servir de soporte a las denuncias penales sobre conductas ilícitas detectadas en los procedimientos disciplinarios y remitirlas a la Fiscalía General de la Nación, para lo de su competencia. 

 

13. Llevar el registro estadístico de los procesos disciplinarios de la Sociedad, con el detalle que identifique suficientemente cada actuación, la radicación, reparto de quejas y fallos proferidos en cada proceso, para lo cual los funcionarios responsables remitirán a esta Oficina los datos de las investigaciones que se hayan adelantado o adelanten por faltas leves. 

 

14. Recibir y tramitar las quejas o denuncias por violación de normas constitucionales o legales, presuntamente cometidas por los servidores públicos de la entidad. 

 

15. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

16. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

17. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 12. Dirección General de Operaciones. Son funciones de esta dependencia las siguientes: 

 

1. Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos, funciones, políticas, planes, programas y proyectos de los negocios y actividades operacionales de la Sociedad, de acuerdo con las estrategias y políticas que al respecto se dicten. 

 

2. Dirigir y orientar la consecución de los resultados del negocio de Exploración, Producción, Refinación, Transporte y Comercialización de los productos y servicios de la Sociedad. 

 

3. Dirigir y orientar la consecución de resultados de las funciones de soporte a los negocios. 

 

4. Presentar periódicamente informes sobre la marcha general de la operación petrolera. 

 

5. Hacer seguimiento y evaluar el estado de resultados y los análisis de la ejecución de planes, programas y proyectos bajo su responsabilidad. 

 

6. Asesorar al Presidente en la celebración de contratos y ejecución de los actos comprendidos dentro del objeto de la Sociedad. 

 

7. Asesorar y apoyar a la Presidencia en los temas de su competencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 13Dirección Instituto Colombiano del Petróleo. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Formular las políticas y estrategia de tecnología y gestión de conocimiento definiendo los lineamientos frente al uso y gestión de la tecnología a corto, mediano y largo plazo. 

 

2. Liderar el desarrollo de la prospectiva y el diagnóstico tecnológico con el fin de consolidar e integrar el Plan Tecnológico ajustado al Plan de negocio de Ecopetrol S. A. 

 

3. Identificar nuevas oportunidades tecnológicas que contribuyan al logro de los objetivos del negocio. 

 

4. Asesorar a las unidades de negocio en el desarrollo de la gestión tecnológica especializada. 

 

5. Promover programas de entrenamiento y transferencia de tecnología para el personal de la Sociedad. 

 

6. Responder por la coordinación de las actividades relacionadas con la investigación aplicada, el desarrollo tecnológico y la transferencia de tecnología para generar valor a la operación petrolera. 

 

7. Proponer y desarrollar las actividades tecnológicas especializadas requeridas por los proyectos para la incorporación de nuevas tecnologías en los negocios de Ecopetrol S. A. 

 

8. Prestar los servicios de laboratorios y plantas piloto a los negocios de Ecopetrol S. A. y sus socios estratégicos. 

 

9. Administrar y prestar servicios de información técnica. 

 

10. Apoyar la asimilación, aseguramiento y transferencia del conocimiento. 

 

11. Valorizar el patrimonio tecnológico y definir el potencial comercializable de las tecnologías, servicios técnicos y productos de Ecopetrol S. A. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 14. Unidad de Investigación. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Proponer a la organización proyectos de investigación aplicada en temas críticos y propios de la operación de Ecopetrol S. A. en el largo plazo y ejecutar las acciones correspondientes en el desarrollo de la misma. 

 

2. Gestionar el portafolio de proyectos de Investigación y Desarrollo definidos en el nivel corporativo. 

 

3. Proponer los lineamientos y actividades científicas a desarrollar. 

 

4. Establecer alianzas estratégicas en Investigación y Desarrollo y liderar la conformación de redes de conocimiento. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

7. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 15. Unidad de Disciplinas Especializadas. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Dar apoyo especializado a las necesidades y requerimientos tecnológicos de las unidades de negocio en sus respectivas disciplinas profesionales. 

 

2. Apoyar las acciones y desarrollo de los procesos de prospectiva y planeación tecnológica de los negocios en coordinación con la Dirección General de Planeación y Riesgos. 

 

3. Participar en proyectos de selección, adaptación y aplicación de tecnología, requeridos por las unidades de negocio y sus socios estratégicos. 

 

4. Participar con especialistas en el apoyo a proyectos de investigación que desarrolle el Instituto. 

 

5. Proponer y formular proyectos de desarrollo tecnológico a los negocios. 

 

6. Concertar con los negocios las capacidades tecnológicas a ofrecer por parte del Instituto para el desarrollo de los proyectos de los negocios o de los socios estratégicos. 

 

7. Brindar asesoría en evaluación de tecnologías, estudios de factibilidad e ingeniería conceptual y básica a los negocios. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 16. Unidad de Servicios Técnicos y de Laboratorio. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Administrar la prestación de servicios técnicos de laboratorio y plantas piloto requeridos por las unidades de negocio, por los proyectos de desarrollo tecnológico o de investigación, o por terceros. 

 

2. Desarrollar metodologías analíticas y proveer la infraestructura de laboratorios. 

 

3. Adelantar estudios y simulación a escala piloto de los procesos de producción, refinación y transporte de hidrocarburos. 

 

4. Coordinar la adaptación y analizar el desarrollo e implementación de metodologías analíticas, para apoyo de las actividades operacionales de Ecopetrol S. A. y de investigación y desarrollo del Instituto. 

 

5. Diseñar e implementar procesos de aseguramiento de la información técnica, la memoria institucional y el conocimiento generados por la actividad científica y tecnológica de la dependencia. 

 

6. Administrar la prestación de los servicios operacionales y de mantenimiento de la infraestructura industrial y el equipo científico de la dependencia. 

 

7. Monitorear y hacer seguimiento a la utilización d e los recursos y formulación de planes de expansión y/o sustitución. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 17. Dirección de Gestión de Proyectos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Integrar y realizar seguimiento y control corporativo a los proyectos tecnológicos y de capital o inversiones que se adelantan en la organización con el fin de asegurar los beneficios esperados en estos. 

 

2. Brindar asesoría a las unidades de negocio en metodologías de apoyo en la conceptualización y gestión de los proyectos. 

 

3. Facilitar a la Sociedad la adopción de las mejores prácticas para la formulación, ejecución y control de los proyectos. 

 

4. Definir, homogenizar e implantar criterios, metodologías, herramientas de soporte y mecanismos de priorización, gerencia, monitoreo, reporte de avance, aseguramiento de calidad y medición del desempeño de los proyectos. 

 

5. Consolidar y cuantificar los resultados de mejoramiento del negocio como consecuencia de los proyectos emprendidos. 

 

6. Apoyar a la Dirección General de Planeación y Riesgos en el análisis de riesgos, beneficios, costos, índices e indicadores de resultados de proyectos. 

 

7. Identificar los asuntos críticos y proponer las acciones correctivas y preventivas en la ejecución de los proyectos de desarrollo tecnológico y de capital fijo. 

 

8. Evaluar la rentabilidad de los proyectos, antes, durante su ejecución y al cierre del proyecto. 

 

9. Revisar y aprobar estrategias de ejecución y de organización para el desarrollo de los proyectos. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 18. Dirección de Informática. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Formular y orientar políticas y directrices para los procesos de tecnología de información que apoyen el desarrollo de la Sociedad. 

 

2. Apoyar la planeación y estrategia del negocio en la identificación de oportunidades de generación de valor con tecnología informática aplicada. 

 

3. Formular y desarrollar programas de gestión de tecnología de información. 

 

4. Validar y aprobar la estrategia de prestación del servicio informático que responda a las necesidades y expectativas de Ecopetrol S. A. 

 

5. Coordinar, consolidar y ejecutar la gestión de proyectos informáticos para asegurar su ejecución dentro de los parámetros de tiempo, calidad, eficiencia, eficacia y presupuesto. 

 

6. Asegurar la aplicación de las políticas, metodologías, prácticas, y acciones de mejoramiento de la cultura informática. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 19. Unidad de Planeación de Informática. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Elaborar y mantener actualizado el plan estratégico de tecnología informática y telecomunicaciones de la Sociedad, garantizando su consistencia y coherencia con el plan de negocio de Ecopetrol S. A y una gestión informática y de telecomunicaciones única para la Sociedad basada en la aplicación de prácticas comunes. 

 

2. Definir las arquitecturas tecnológicas de hardware, software, telecomunicaciones, datos, información y soluciones informáticas para garantizar su estandarización y evolución de acuerdo con los requerimientos actuales y futuros de Ecopetrol S. A. 

 

3. Investigar el mercado de tecnología informática para identificar las tendencias, oportunidades y mejores prácticas, que pueden ser aplicables o traer beneficios a Ecopetrol S. A. 

 

4. Realizar la medición y costeo de la gestión informática con el fin de evaluar el cumplimiento de los indicadores y metas definidas en el nivel interno y en comparación con otras Empresas. 

 

5. Asegurar la coherencia del plan presupuestal anual informático con los lineamientos estratégicos de la Sociedad y su alineación con lo establecido en el plan. 

 

6. Administrar las relaciones con los clientes informáticos. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 20. Unidad de Infraestructura y Servicios de Tecnología de Información. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Programar, administrar y asegurar la gestión integral del servicio informático, la infraestructura de tecnología informática y de telecomunicaciones y su seguridad, en Ecopetrol S. A. 

 

2. Definir e implantar la estrategia de prestación del servicio informático para asegurar que el modelo responda a las necesidades y expectativas de Ecopetrol S. A. 

 

3. Dimensionar las necesidades de infraestructura de tecnología informática de hardware, software, aplicaciones y datos, en el nivel de toda la organización para apoyar el modelo de servicios. 

 

4. Definir y garantizar la estrategia de gestión de los activos informáticos de hardware y software de Ecopetrol S. A. para asegurar que su adquisición, mantenimiento y/o reemplazo se dé en las condiciones económicas, tecnológicas y de oportunidad que requiere la Sociedad. 

 

5. Desarrollar las acciones necesarias para asegurar la continuidad de la operación de la infraestructura de tecnología informática de hardware, software, aplicaciones y datos. 

 

6. Coordinar la operación de las áreas Regionales de Servicios e Infraestructura de Informática y Telecomunicaciones. 

 

7. Desarrollar las acciones necesarias para garantizar la seguridad e invulnerabilidad de la infraestructura de tecnología informática de hardware, software, telecomunicaciones, aplicaciones y datos en todos los sitios donde opera Ecopetrol S. A. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 21. Unidad de Soluciones de Negocio. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Identificar oportunidades de generación de valor al negocio con la aplicación de tecnología informática. 

 

2. Definir las especificaciones y desarrollar los proyectos informáticos para el mejoramiento del negocio. 

 

3. Dirigir la ejecución de los proyectos informáticos para asegurar su desarrollo dentro del tiempo, presupuesto y demás condiciones previamente definidas y acordadas con el área cliente. 

 

4. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

5. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

6. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 22. Dirección de Responsabilidad Integral. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Establecer y asegurar un sistema de monitoreo y análisis integral de riesgos y de entorno en materia de seguridad industrial, calidad, ambiente y salud ocupacional, gestión social, seguridad física, bienes e infraestructura. 

 

2. Establecer e Institucionalizar el Marco y el plan estratégico de responsabilidad integral (políticas, directrices, estrategias, objetivos generales y objetivos específicos), alineado con el marco estratégico de Ecopetrol S. A. 

 

3. Formular, promover y apoyar la implantación en forma integral de políticas, estrategias y programas dirigidos a minimizar los riesgos de los funcionarios, la infraestructura y las operaciones de Ecopetrol S. A. 

 

4. Atender y asesorar al Presidente, comité Directivo, Director General de Operaciones y negocios en la gestión de responsabilidad integral. 

 

5. Asegurar en la gestión de responsabilidad integral la articulación de las áreas funcionales en los diferentes procesos y en los negocios. 

 

6. Garantizar que el Marco Estratégico de la Sociedad involucre los resultados en Responsabilidad Integral de las operaciones de Ecopetrol S. A. 

 

7. Representar a Ecopetrol S. A. y ser interlocutor ante las instancias, entidades y organismos nacionales e internacionales en los temas específicos de seguridad industrial, calidad, ambiente, salud ocupacional, gestión social y seguridad física del personal, bienes e infraestructura. 

 

8. Asegurar el seguimiento, evaluación y control de la gestión de responsabilidad integral de la Sociedad. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Evaluar, adaptar e implementar tecnologías para el manejo de riesgos en responsabilidad integral. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 23. Unidad de Responsabilidad Integral Norte y Sur. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Monitorear, analizar y evaluar los riesgos en responsabilidad integral. 

 

2. Participar en la elaboración y socialización del marco para la gestión, bajo un esquema operacional integrado en responsabilidad integral. 

 

3. Formular, desarrollar, evaluar y ajustar estrategias y planes para la prevención, reducción o remediación del riesgo en responsabilidad integral de esta Unidad. 

 

4. Prestar asesoría y asistencia técnica a los negocios en su área de influencia, bajo un esquema operacional integrado, en la ejecución de los planes de prevención y control de los riesgos en responsabilidad integral. 

 

5. Implementar programas y actividades para responder a contingencias, desastres naturales y situaciones de crisis que afecten la operación. 

 

6. Desarrollar e implementar programas de entrenamiento y capacitación relacionados con aspectos de responsabilidad integral a empleados y otros actores involucrados. 

 

7. Coordinar con instancias, entidades y organismos en aspectos concernientes a responsabilidad integral en su área de influencia. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de la gestión de responsabilidad integral de su área de influencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Evaluar, adaptar e implementar tecnologías para el manejo de riesgos en responsabilidad integral de su área. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 24. Unidad de Seguridad: Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Monitorear, analizar y evaluar los riesgos de seguridad que afecten al personal bienes e infraestructura. 

 

2. Formular y desarrollar estrategias y planes de seguridad que minimicen los riesgos de los funcionarios, de los bienes y de la infraestructura de la Sociedad. 

 

3. Apoyar los programas de seguridad que permitan reducir significativamente el hurto de combustible, contrabando y el terrorismo contra la infraestructura. 

 

4. Coordinar el sistema de transporte aéreo requerido por Ecopetrol S. A. 

 

5. Desarrollar e implementar programas y actividades para responder a las situaciones de crisis de entorno que afecten al personal, bienes e infraestructura. 

 

6. Desarrollar e implementar programas de entrenamiento y capacitación relacionados con seguridad física a empleados y otros actores involucrados. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de la gestión de responsabilidad integral en aspectos de seguridad física de la Sociedad. 

 

8. Evaluar, adaptar e implementar tecnologías en seguridad para el manejo de riesgos de entorno. 

 

9. Mantener y promover los contactos de alto nivel con los organismos de seguridad del Estado y las dependencias de seguridad de las compañías asociadas y contratistas para facilitar el normal desarrollo de las operaciones y proyectos. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 25. Dirección Jurídica. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Formular y orientar políticas y directrices para los asuntos jurídicos de la Organización, que garanticen la unidad de criterio jurídico de la Sociedad. 

 

2. Formular y desarrollar programas de soporte y servicios jurídicos en la Sociedad. 

 

3. Planear y promover la capacitación sobre temas jurídicos, en todos los niveles de la Sociedad. 

 

4. Asesorar a la Sociedad para garantizar la legalidad de su gestión operativa y administrativa. 

 

5. Asesorar y representar a la Sociedad para la prevención y adecuado manejo de procesos y trámites judiciales y extrajudiciales. 

 

6. Asesorar a la Organización en el cumplimiento de las leyes y normas sobre contratación y participar con los negocios y dependencias que lo requieran en la estructuración de los sistemas de contratación más adecuados en cada caso. 

 

7. Efectuar las acciones necesarias para mantener información actualizada en materia legislativa, jurisprudencial y doctrinaria. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 26. Unidad Judicial y Extrajudicial. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar la atención de los procesos en demandas que se interpongan contra Ecopetrol S. A. o que la misma adelante, en el ámbito nacional e internacional. 

 

2. Efectuar la función de secretaría del Comité de Defensa Judicial y Conciliación de la Sociedad. 

 

3. Coordinar el cobro judicial de las garantías constituidas a favor de Ecopetrol S. A. 

 

4. Elaborar las políticas de contratación de apoderados externos, coordinar la preparación de los términos de referencia, fijación de tarifas y demás documentos necesarios para adelantar la contratación de servicios profesionales del derecho, en los temas de esta Unidad. 

 

5. Asesorar la Gestión de asuntos inmobiliarios relacionados con los trámites de compras, ventas, tenencias y estudio de títulos de bienes inmuebles de la Sociedad; trámites ante las oficinas competentes, atención de negociaciones de tierras, patrimonialización de inmuebles y servidumbres de las concesiones revertidas y de los contratos de asociación que finalizan, a favor de Ecopetrol S. A, procesos de imposición de servidumbres. 

 

6. Coordinar y verificar que se respondan los derechos de petición elevados a la Sociedad y las acciones de tutela o acciones de cumplimiento que se instauren contra la misma. 

 

7. Coordinar la sustentación de la segunda instancia de los asuntos disciplinarios en los cuales le corresponda decidir a la Presidencia por competencia. 

 

8. Preparar, elaborar y tramitar los poderes especiales conferidos por la Presidencia de la Sociedad a los funcionarios de las diferentes dependencias. 

 

9. Elaborar y presentar para la aprobación del Director Jurídico, las directrices institucionales de mecanismos de arreglo directo, tales como la amigable composición, la transacción, y la conciliación. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 27. Unidad de Contratación. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asesorar o coordinar la asesoría en temas legales inherentes a la estructuración, desarrollo o conclusión de procesos de contratación. 

 

2. Orientar y velar por la aplicación de las normas vigentes en materia de austeridad en el gasto público en temas contractuales. 

 

3. Elaborar formatos con el fin de estandarizar procesos contractuales en el nivel organizacional. 

 

4. Coordinar la preparación de proyectos de actualización del manual de contratación de la organización, si hubiere lugar a ello. 

 

5. Planear estrategias de capacitación en contratación a funcionarios de la Sociedad que tengan responsabilidades en esta materia, en coordinación con las dependencias que tengan competencias en capacitación del recurso humano de la Organización. 

 

6. Asesorar o dar apoyo legal a aspectos contractuales de los proyectos que adelante Ecopetrol S. A. cuando la Unidad o el Director Jurídico los estimen como de Alto Impacto. 

 

7. Coordinar y velar por que se apliquen las políticas corporativas, el ordenamiento jurídico, la jurisprudencia que rige la contratación en Ecopetrol S. A. 

 

8. Atender el estudio de asuntos en materia contractual que por su alta complejidad le sean asignados a la dependencia por la autoridad competente. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 28. Unidad de Derecho Económico y Administrativo. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asesorar y coordinar la asesoría en temas de derecho comercial y administrativo relativos al funcionamiento de Ecopetrol. S. A. o de sus inversiones o participaciones en sociedades, asociaciones, corporaciones o fundaciones. 

 

2. Asesorar en la creación de sucursales o subordinadas de Ecopetrol S. A. y la administración o liquidación de las mismas, y la participación de Ecopetrol S. A. en sociedades, asociaciones, corporaciones o fundaciones. 

 

3. Asesorar la realización de los procesos de enajenación de participación accionaria de Ecopetrol S. A. 

 

4. Orientar y velar por la aplicación de la normatividad en materia de austeridad en el gasto público cuando ello no corresponda a temas contractuales. 

 

5. Asesorar y coordinar la asesoría legal en materia de garantías admisibles, manejo de cartera originada en operaciones de compra y venta de hidrocarburos y derivados, procesos de titularización, inversiones de excedentes de tesorería tanto a nivel nacional como en el exterior, operaciones de leasing. 

 

6. Asesorar en el estudio de la viabilidad jurídica y las condiciones legales de acuerdos de pago de acreencias a favor de Ecopetrol S. A. 

 

7. Asesorar, o coordinar la asesoría en los temas de suministro y mercadeo que no correspondan a otras dependencias. 

 

8. Estudiar, preparar y elaborar los estudios y conceptos sobre el alcance preciso de las competencias legales y estatutarias de la Sociedad, y sobre reformas a los estatutos de esta última. 

 

9. Asesorar los aspectos legales relativos a regalías, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Agencia Nacional de Hidrocarburos. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 29. Unidad de Litigio Laboral. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar y administrar la atención de los asuntos judiciales en materia laboral en los que Ecopetrol S. A. sea parte, mediante el apoderamiento judicial de todos los negocios de la Sociedad a través de abogados internos y externos y la asesoría a los árbitros designados por la Sociedad ante los comités de reclamos. 

 

2. Orientar con unidad de criterio la defensa judicial de Ecopetrol S. A. en materia de derecho laboral y de seguridad social. 

 

3. Coordinar el diseño de políticas y estrategias adecuadas para la defensa de los intereses de Ecopetrol S. A. en los temas del área. 

 

4. Coordinar y verificar que se respondan las acciones de tutela o acciones de cumplimiento que se instauren contra la misma en materia laboral y de seguridad social. 

 

5. Verificar el pago de las sumas de dinero que resulten a favor o en contra de la Sociedad en el trámite de procesos judiciales. 

 

6. Proyectar las directrices para la designación y desarrollo de la función de los árbitros de la Sociedad ante los Comités de Reclamos. 

 

7. Administrar la representación judicial de la Sociedad ante los tribunales superiores de los diferentes distritos judiciales que conozcan de los laudos proferidos en los comités de reclamos. 

 

8. Velar por el cumplimiento de los compromisos convencionales asumidos por la Sociedad para el funcionamiento de los comités de reclamos. 

 

9. Proyectar los lineamientos específicos en la contratación de servicios profesionales en materia de litigio laboral. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11 Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 30Dirección de Relaciones Laborales: Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Formular y desarrollar la política y estrategias de relaciones laborales. 

 

2. Formular y desarrollar la política de prestación del servicio de salud. 

 

3. Asesorar y acompañar a los negocios en la aplicación de políticas corporativas para el desarrollo de personal en los procesos de reclutamiento, selección, capacitación y formación, evaluación de desempeño individual, compensación y desvinculación. 

 

4. Asesorar y brindar soporte a los negocios en la aplicación de la política laboral. 

 

5. Diseñar y efectuar seguimiento a planes de prevención y adecuado manejo del conflicto laboral. 

 

6. Suministrar lineamientos y asesoría para que los contratistas y subcontratistas de la industria del petróleo cumplan sus obligaciones laborales con sus trabajadores. 

 

7. Establecer estrategias para atender la negociación de la convención colectiva de trabajo. 

 

8. Coordinar la realización de los programas de capacitación y desarrollo del personal requeridos por la Sociedad. 

 

9. Administrar y controlar los procesos, normas y procedimientos de nómina, prestaciones, servicios y beneficios (incluidos los servicios de salud) aplicables al personal. 

 

10. Administrar la normatividad y parámetros del sistema de información de personal, seguimiento y control en la aplicación de las políticas y regímenes laborales del personal, teniendo en cuenta la metodología establecida. 

 

11. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

12. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

13. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 31. Unidad de Asuntos Laborales. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Dar soporte jurídico laboral en la toma de decisiones, en el manejo de conflictos laborales, y en la atención de las reclamaciones laborales tales como derechos de petición, solicitudes o consultas en coordinación con la Unidad de Litigios Laborales. 

 

2. Interpretar, divulgar y velar por la aplicación del marco jurídico laboral de Ecopetrol S. A. 

 

3. Brindar apoyo jurídico a la administración y aplicar las estrategias en la negociación de la Convención Colectiva de Trabajo y en general en las negociaciones laborales que se presenten. 

 

4. Asesorar y emitir conceptos relacionados con la interpretación y aplicación de la normatividad laboral en las contrataciones de Ecopetrol S. A. 

 

5. Monitorear a nivel nacional que los responsables de la contratación a nivel Ecopetrol S. A. cumplan y hagan cumplir las normas aplicables a la relación laboral de los contratistas de la industria del petróleo y sus trabajadores. 

 

6. Administrar las relaciones con el Sindicato y los trabajadores de la Sociedad. 

 

7. Atender la comisión de derechos humanos. 

 

8. Administrar la atención a los agotamientos de vía gubernativa. 

 

9. Presentar la posición de la Sociedad en las demandas de legalidad y constitucionalidad de las normas que conforman su marco jurídico laboral. 

 

10. Adelantar los trámites de reconocimiento de asistencia jurídica a favor de los trabajadores. 

 

11. Velar por el cumplimiento de los compromisos convencionales asumidos por la Sociedad. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 32. Unidad de Gestión de Personal. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asesorar y apoyar a los negocios y a la Organización en general en la implantación de los procesos de reclutamiento, selección, gestión y evaluación de desempeño individual, desarrollo de personal, compensación e incentivos y desvinculación de personal. 

 

2. Mantener actualizado el manual de funciones y requisitos de acuerdo con las directrices corporativas. 

 

3. Programar y controlar la dotación de planta de personal. 

 

4. Proveer los servicios de personal a funcionarios y pensionados. 

 

5. Responder por el pago de nómina y el reconocimiento de los beneficios de los funcionarios y pensionados de la Organización. 

 

6. Administrar la relación e interacción con los pensionados y sus asociaciones. 

 

7. Administrar el manejo de bonos pensionales y cuotas partes. 

 

8. Asegurar la contratación de personal para contribuir a la continuidad de la operación de la Sociedad. 

 

9. Administrar las aplicaciones informáticas de soporte para el pago de beneficios y nómina. 

 

10. Reconocer las pensiones a cargo de Ecopetrol S. A. 

 

11. Implementar la ejecución de los planes y programas de personal. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 33. Unidad de Servicios de Salud. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Formular y orientar políticas y directrices para asegurar la prestación eficiente de servicios de salud. 

 

2. Formular, orientar, desarrollar y administrar estrategias y planes de Atención Integral en Salud, con énfasis en el Proceso de Promoción y Prevención, para los trabajadores y pensionados de Ecopetrol S. A. y sus familiares. 

 

3. Controlar los resultados de la Gestión de Salud que se desarrolla en el nivel nacional, y apoyar la definición y desarrollo de acciones de intervención para no conformidades. 

 

4. Definir, desarrollar y controlar estrategias nacionales de auditoria médica orientadas a verificar y mejorar los niveles de pertinencia y racionalidad de las conductas médicas de los profesionales e instituciones prestadoras de servicios. 

 

5. Analizar los desarrollos en Tecnología Médica y establecer los ajustes requeridos al plan de salud. 

 

6. Establecer los lineamientos de Tarifas para contratación de instituciones y profesionales adscritos para prestación de servicios de salud. 

 

7. Definir las políticas y directrices del proceso de Medicina Industrial y verificar su implementación dentro del alcance definido en el contexto de salud ocupacional establecido por Ecopetrol S. A. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 34. Vicepresidencia de Exploración. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Hallar nuevas reservas de hidrocarburos comercialmente explotables, directamente o en asocio con terceros e incrementar las reservas descubiertas. 

 

2. Estructurar y formular las políticas y estrategias de exploración. 

 

3. Desarrollar la actividad exploratoria de Ecopetrol S. A. y contribuir, orientar y hacer seguimiento de la actividad exploratoria realizada directamente o en asocio con terceros. 

 

4. Generar y estructurar opciones exploratorias para atraer el capital de riesgo. 

 

5. Administrar los contratos de Exploración y Explotación de hidrocarburos en etapa exploratoria. 

 

6. Coordinar las actividades esenciales del Negocio como son el interpretar datos, identificar áreas prospectivas, y generar prospectos y programas de perforación exploratoria. 

 

7. Delimitar los campos y emitir concepto de comercialidad para nuevas reservas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia Nacional de Hidrocarburos. 

 

8. Coordinar con la Gerencia de Producción correspondiente el soporte en relación con las pruebas de formación, pruebas extensas, comercialidad de nuevas campos y extensión de comercialidad de campos existentes. 

 

9. Adquirir información de Exploración e información geofísica para la Vicepresidencia de Producción. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 35. Gerencia Técnica. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Identificar e incorporar las mejores prácticas y tecnologías en el proceso exploratorio a fin de optimizar los esfuerzos en la búsqueda y hallazgo de nuevas reservas. 

 

2. Asegurar la apropiación, multiplicación y aplicación del conocimiento, mejores prácticas y tecnología del negocio de exploración dando el apoyo a los proyectos de exploración. 

 

3. Asegurar que la preservación, integración y administración de la información y el conocimiento generado en el proceso exploratorio y de producción, conformen la memoria institucional permitiendo el flujo eficiente de la información. 

 

4. Apoyar el proceso exploratorio a través de actividades de contratación, consultoría e interventoría de trabajos geofísicos. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 36Gerencia de Prospección. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Incorporar nuevas reservas de hidrocarburos en forma directa o en asocio con terceros, mediante la generación de nuevas oportunidades exploratorias. 

 

2. Liderar los proyectos de prospección directos y asociados estableciendo una constante comunicación en procura de aumentar el know how de la compañía. 

 

3. Hacer el seguimiento de los compromisos técnicos de los contratos en asociación. 

 

4. Planear, controlar y evaluar los resultados de la gerencia y los socios, con el objeto de cumplir con las metas exploratorias. 

 

5. Coordinar con las dependencias de Ecopetrol S. A., para asegurar el cumplimiento de la normatividad ambiental en la actividad exploratoria directa. 

 

6. Delimitar los campos que se descubran de manera directa, hasta su transferencia a la Vicepresidencia de Producción, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Agencia Nacional de Hidrocarburos. 

 

7. Hacer seguimiento técnico a la delimitación de campos, por parte de las compañías asociadas, con el apoyo de otras dependencias de Ecopetrol S. A. 

 

8. Hacer seguimiento a los campos en explotación que soliciten extensión de comercialidad con el apoyo de la Vicepresidencia de Producción. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 37Gerencia de Desarrollo de Negocios. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Desarrollar la conceptualización, estructuración, evaluación y recomendación de negocios de Exploración y Producción y asesorar a la Vicepresidencia de Exploración en estos temas. 

 

2. Gestionar ante las instancias internas correspondientes la aprobación y celebración de nuevos contratos de Exploración. 

 

3. Gerenciar los proyectos producto de los compromisos adquiridos por las compañías asociadas. 

 

4. Interactuar con las compañías asociadas para la entrega oportuna de la información geológica, comercial, legal, contractual y financiera. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

7. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 38. Vicepresidencia de Producción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Generar riqueza para la Empresa mediante la explotación de las reservas y la realización de la producción de crudo y gas. 

 

2. Producir los hidrocarburos de Ecopetrol S. A. con costos de operación rentable. 

 

3. Responder por el recobro de las reservas y la maximización de la tasa de producción de los yacimientos. 

 

4. Gestionar la adquisición o devolución de campos y/o bloques. 

 

5. Realizar los análisis correspondientes para definir las estrategias de explotación o reexplotación de los campos, aprobar el Plan de desarrollo del campo e incluir el proyecto dentro del portafolio de inversiones de la Gerencia y de la Vicepresidencia. 

 

6. Responder por la ejecución del Plan de desarrollo del campo desde la elaboración de la ingeniería de detalle, la atención a los compromisos de representación legal, ambiental, social y laboral, la contratación de los bienes y servicios, la perforación de desarrollo y completamiento, la construcción de la infraestructura y la puesta en funcionamiento de la misma. 

 

7. Responder por el seguimiento al Plan de desarrollo hasta el cierre del proyecto y la entrega a la Gerencia de Producción respectiva. 

 

8. Asegurar la confiabilidad y disponibilidad de la Infraestructura Operacional. 

 

9. Responder por la valoración económica de las reservas de crudo y gas de Ecopetrol S. A. 

 

10. Identificar y estructurar opciones de negocio de inversión y desinversión en áreas de producción. 

 

11. Apoyar a la Vicepresidencia de Exploración en el soporte con relación a: Pruebas de formación, pruebas extensas, comercialidad de nuevos campos y extensión de comercialidad de campos existentes mediante la coordinación con la Gerencia de Producción respectiva. 

 

12. Apoyar a la Vicepresidencia de Exploración en el soporte relacionado con la perforación exploratoria que adelante directamente Ecopetrol S. A. 

 

13. Ejecutar las opciones de negocio mediante inversión propia y/o de terceros. 

 

14. Evaluar en forma permanente la rentabilidad de los Campos y de la infraestuctura petrolera existente. 

 

15. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

16. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 39. Gerencia técnica de Producción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Brindar soporte técnico permanente y efectivo a las Gerencias de la Vicepresidencia de Producción y de la Vicepresidencia de Exploración en temas propios e inherentes a la gestión de producción, gestión de ingeniería de operaciones en pozos, gestión de yacimientos y gestión de proyectos. 

 

2. Estructurar, ejecutar, contratar y poner en funcionamiento los proyectos de inversión que se aprueben por la Vicepresidencia de Producción a las Gerencias regionales de Producción. 

 

3. Recomendar la incorporación y/o adaptación de mejores prácticas y tecnologías probadas en los temas de yacimientos, producción, perforación, proyectos y mantenimiento. 

 

4. Participar en la determinación del Plan Tecnológico que apoye el cumplimiento de los Objetivos de la Vicepresidencia. 

 

5. Liderar el Comité de reservas de crudo y gas. 

 

6. Realizar el balance de hidrocarburos de Ecopetrol S. A. 

 

7. Proponer las políticas y funcionamiento del Comité de reservas de Ecopetrol S. A. 

 

8. Actualizar la estrategia de explotación de los campos y presentarla para aprobación de la Gerencia de Producción respectiva, e implementar y realizar el seguimiento y control a las mismas. 

 

9. Participar y documentar la evaluación de comercialidad de los campos nuevos y de extensiones de comercialidad en campos existentes, en los aspectos técnicos y económicos. 

 

10. Interactuar con la Gerencia Técnica de Exploración para garantizar la preservación de la información técnica y documental y el conocimiento generado en la Vicepresidencia de Producción de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Responder por la información y datos volumétricos de la Vicepresidencia de Producción. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 40. Departamento de Ingeniería de Proyectos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asignar los recursos y profesionales, a cada Gerencia Regional de Producción, para realizar las actividades de la ingeniería de proyectos, relacionadas con la planeación, coordinación, control y ejecución de todas las actividades para el desarrollo de los proyectos de inversión aprobados en la Vicepresidencia de Producción, desde la ingeniería conceptual hasta su puesta en funcionamiento y entrega al cliente con el debido cierre del proyecto, el seguimiento a la contratación para los casos en que supere la cuantía estipulada en la Cuenta Conjunta de los Contratos de Asociación, la evaluación, recomendación e incorporación de tecnologías probadas en las disciplinas de gestión de proyectos e infraestructura de producción. 

 

2. Estructurar, gestionar y realizar todos los procesos de contratación que satisfagan las necesidades específicas de las Gerencias Regionales de Producción y de la Vicepresidencia de Producción relacionadas con los proyectos de inversión y con los programas de gastos requeridos. 

 

3. Estructurar los modelos de contratación a utilizar de acuerdo con los lineamientos Corporativos. 

 

4. Realizar la Secretaría del Comité de Contratación de la Vicepresidencia. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Difundir el alcance de los proyectos a las autoridades competentes en las áreas de influencia de los mismos, en conjunto con la Dirección de Responsabilidad Integral. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 41. Departamento de Ingeniería de Operaciones. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Planear y ejecutar en forma integral la perforación, el completamiento de pozos y el reacondicionamiento especializado de los mismos, dentro del marco de la responsabilidad propia de la Vicepresidencia de Producción y la Vicepresidencia de Exploración. 

 

2. Estructurar las estrategias de ejecución de proyectos bajo su responsabilidad. 

 

3. Realizar el control y seguimiento de las operaciones y logística de perforación. 

 

4. Evaluar, recomendar e incorporar y/o adaptar tecnologías en la perforación, completamiento y reacondicionamiento de pozos. 

 

5. Realizar el cierre y entrega de cada proyecto al respectivo generador del mismo. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 42. Departamento de Yacimientos y Producción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asignar los recursos y profesionales, a cada Gerencia Regional de Producción para realizar las actividades de la administración integral de los Yacimientos. 

 

2. Apoyar a la Gerencia Regional de Producción respectiva en el balance de reservas de los campos en explotación. 

 

3. Realizar el análisis de las mejores prácticas operacionales en la producción de crudo y gas y generar recomendaciones. 

 

4. Evaluar, recomendar e incorporar las tecnologías en las disciplinas de yacimientos, producción, proyectos y perforación. 

 

5. Dar el apoyo técnico a la Vicepresidencia de Exploración en la determinación de la viabilidad técnica y económica de un prospecto exploratorio, en la realización de las pruebas de formación y pruebas extensas de los pozos, y en la evaluación técnica y económica de comercialidad de campos nuevos y existentes. 

 

6. Dar lineamientos para la caracterización de los yacimientos y homologar las metodologías para estimar las reservas y los pronósticos de producción de crudo y gas. 

 

7. Apoyar con recomendaciones técnicas la estructuración y la ejecución de los proyectos de inversión de las Gerencias de Producción. 

 

8. Elaborar el plan tecnológico de la Vicepresidencia de Producción. 

 

9. Responder por las reservas de crudo y gas y por los pronósticos de largo plazo, corto plazo y operacionales de la Vicepresidencia de Producción. 

 

10. Apoyarse en la Gerencia Técnica de la Vicepresidencia de Exploración, cuando así lo requiera, para realizar el diseño, la contratación, la adquisición y el procesamiento de la sísmica. 

 

11. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

12. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

13. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 43. Gerencias Regionales de Producción - Norte, Central, Magdalena Medio, Sur. Son funciones de estas dependencias: 

 

1. Desarrollar y producir los campos de crudo y gas de Ecopetrol S. A., provenientes de las reservas probadas (desarrolladas y no desarrolladas) y no probadas. 

 

2. Responder por la definición de la estrategia de explotación de los campos bajo los lineamientos de la Vicepresidencia de Producción. 

 

3. Responder por la extracción técnica y económica de la producción de hidrocarburos y de entregar a la cadena de suministros el crudo y el gas en las condiciones de cantidad, calidad y oportunidad requeridas. 

 

4. Coordinar con la Gerencia correspondiente en la Vicepresidencia de Exploración, el soporte requerido en pruebas de formación, pruebas extensas, comercialidad de nuevos campos y extensión de comercialidad de campos existentes. 

 

5. Responder por el balance de las reservas de la Gerencia con el soporte de la Gerencia Técnica de Producción. 

 

6. Responder por el mantenimiento y mejoras de la Infraestructura Petrolera, incorporando la tecnología requerida, en condiciones rentables. 

 

7. Responder por el suministro de la información volumétrica requerida. 

 

8. Responder por la decisión de desinvertir en los activos improductivos. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 44. Superintendencia de Activos en Asociación - Norte, Central, Magdalena Medio, Sur. Son funciones de estas dependencias: 

 

1. Estructurar en conjunto con las asociadas y el operador los proyectos de los contratos de explotación contando con el soporte de la Gerencia Técnica de Producción. 

 

2. Definir los compromisos volumétricos de crudo y gas. 

 

3. Controlar los costos de producción relacionados con los procesos de la ingeniería de producción, extracción, recolección, tratamiento, procesamiento, mantenimiento de pozos, almacenamiento, bombeo y compresión del crudo o gas. 

 

4. Garantizar la entrega oportuna del crudo y gas en los puntos acordados. 

 

5. Asegurar la adecuada planeación y monitoreo de los proyectos de inversión que se generen dentro de la vida útil de los campos en explotación. 

 

6. Asegurar la adecuada orientación de tecnológica de los proyectos. 

 

7. Realizar el seguimiento y aprobación a la contratación de bienes y servicios que supere los niveles estipulados en la Cuenta Conjunta establecida entre Ecopetrol y el Socio previamente para este fin. 

 

8. Definir en conjunto con las asociadas y realizar el seguimiento a los indicadores de gestión del operador. 

 

9. Asegurar la transferencia tecnológica estipulada en los contratos de asociación. 

 

10. Autorizar los desembolsos de dinero a los socios dentro de un programa de trabajo previamente acordado para la realización de la operación. 

 

11. Gestionar el cumplimiento de los términos contractuales en cada uno de los acuerdos comerciales establecidos con las asociadas. 

 

12. Asesorar y apoyar a la Organización en los temas de su competencia. 

 

13. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

14. Conocer y analizar la legislación y normatividad en curso que le aplica, con el fin de aportar y orientar en futuras modificaciones a la misma, teniendo en cuenta la metodología establecida. 

 

15. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas e implementar procesos de transferencia y aseguramiento del conocimiento desarrollado. 

 

16. Coordinar la atención de los requerimientos presentados por los entes de control y terceros. 

 

17. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 45. Superintendencia de Operaciones - Apiay, de Mares, del Río, Orito y Huila-Tolima. Son funciones de estas dependencias: 

 

1. Estructurar un plan de producción y mantenimiento coherente con los objetivos de la Gerencia. 

 

2. Gestionar ante la Gerencia Técnica de Producción la contratación requerida para el desarrollo de la operación, bajo los lineamientos corporativos de Ecopetrol. 

 

3. Definir los compromisos volumétricos de crudo, gas, refinados, productos blancos, y bombeo, según sea el caso. 

 

4. Controlar los costos de producción relacionados con los procesos de la ingeniería de producción, extracción, recolección, tratamiento, procesamiento, mantenimiento de pozos, almacenamiento, bombeo y compresión del crudo o gas. 

 

5. Garantizar la medición confiable de los hidrocarburos producidos y de los productos entregados. 

 

6. Garantizar la entrega oportuna del crudo, gas, productos blancos y derivados en los puntos acordados. 

 

7. Realizar los diagnósticos técnicos, operacionales y plantear acciones de optimizar los procesos de producción de crudo y de tratamiento de gas. 

 

8. Velar por el cumplimiento de los programas establecidos dentro del Plan de Control de Pérdidas de producción. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 46. Departamento de Producción - Llanos, de Mares, del Río, Putumayo, Huila-Tolima. Son funciones de estas dependencias: 

 

1. Producir los hidrocarburos de los campos de producción directa. 

 

2. Responder por los costos de producción relacionados con los procesos de la ingeniería de producción, extracción, recolección, tratamiento, procesamiento, mantenimiento de pozos, almacenamiento, bombeo y compresión del crudo o gas. 

 

3. Recolectar, tratar, procesar, almacenar y fiscalizar el crudo, gas, productos blancos y derivados. 

 

4. Garantizar la operación permanente de las estaciones de recolección, tratamiento y bombeo de crudo, así como, las demás plantas (inyección de agua, compresión de gas, energía eléctrica) garantizando las operaciones del campo. 

 

5. Diseñar y elaborar las especificaciones técnicas para la contratación requerida en el desarrollo de la operación. 

 

6. Velar por el correcto funcionamiento de los sistemas de medición de los hidrocarburos producidos. 

 

7. Velar por el cumplimiento de los programas establecidos dentro del Plan de Control de Pérdidas estructurado por la Gerencia. 

 

8. Establecer planes de trabajos en conjunto con los funcionarios de yacimientos para adecuar la productividad de los pozos, los cuales serán desarrollados en conjunto con las demás dependencias operativas. 

 

9. Evaluar y estudiar los sistemas de levantamiento, con el fin de optimizar la producción de acuerdo con la capacidad de producción del yacimiento. 

 

10. Analizar, plantear y desarrollar estrategias operativas con el fin de establecer las recomendaciones que permitan obtener un mejor beneficio de la infraestructura existente y orienten el sostenimiento de los niveles de producción. 

 

11. Programar y concertar los compromisos volumétricos de crudo y gas. 

 

12. Evaluar y aplicar las nuevas alternativas tecnológicas ajustadas a las condiciones de operación de los campos y que se orienten a mejorar su rentabilidad. 

 

13. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

14. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

15. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 47. Departamento de Operaciones -Tibú. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Responder por la producción de hidrocarburos y mantenimiento de los equipos de los campos asignados a la producción de crudo y gas. 

 

2. Coordinar la ejecución de los compromisos volumétricos de crudo y gas. 

 

3. Responder por los costos de levantamiento. 

 

4. Evaluar y estudiar los sistemas de levantamiento, con el fin de optimizar la producción de acuerdo con la capacidad de producción del yacimiento. 

 

5. Velar por el correcto funcionamiento de los sistemas de medición de los hidrocarburos producidos. 

 

6. Recolectar, tratar, procesar, almacenar y fiscalizar el crudo, gas, productos blancos y derivados. 

 

7. Responder por la operación permanente de las estaciones de recolección tratamiento y bombeo de crudo y gas. 

 

8. Diseñar y elaborar las especificaciones técnicas para la contratación requerida en el desarrollo de la operación. 

 

9. Velar por el cumplimiento de los programas establecidos dentro del Plan de Control de Pérdidas. 

 

10. Mantener en óptimas condiciones de operación los equipos, máquinas, plantas y herramientas necesarias para garantizar los pronósticos de producción de hidrocarburos. 

 

11. Planear, controlar y dirigir todas las actividades relacionadas con el mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de los equipos asignados a la producción de hidrocarburos. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 48. Departamento de Mantenimiento - Llanos, de Mares, del Río, Putumayo, Huila-Tolima. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Responder por el mantenimiento electromecánico y de instrumentación de tipo preventivo, predictivo y correctivo de las estaciones de recolección y plantas deshidratadoras de crudo, compresoras y de proceso de gas y plantas de tratamiento e inyección de agua y en las unidades de bombeo y demás equipos de superficie instalados en los pozos. 

 

2. Responder por el mantenimiento de las redes eléctricas y tuberías instaladas en los campos. 

 

3. Estructurar y ejecutar los servicios industriales necesarios en las operaciones de producción y mantenimiento de subsuelo. 

 

4. Realizar los análisis de las causas de los eventos que se requieran un mantenimiento, como parte del mejoramiento continuo. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

7. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 49. Departamento de Oleoductos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Realizar la operación de transporte de hidrocarburos de la operación directa y de los asociados de la cuenca del Putumayo. 

 

2. Velar por el correcto funcionamiento de los sistemas de medición de recibo y entrega de hidrocarburos. 

 

3. Dirigir las operaciones de estaciones y terminal marítimo para asegurar la entrega de hidrocarburos en forma oportuna. 

 

4. Definir los requerimientos técnicos para la contratación de las actividades propias del Departamento. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

7. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 50. Vicepresidencia de Refinación y Petroquímica. Son funciones de esta dependencia: 

 

Entregar los combustibles, materias primas y productos petroquímicos solicitados por el área de Suministros y Mercadeo. 

 

2. Programar y ejecutar las acciones necesarias para adecuar el negocio a los requerimientos y oportunidades del mercado y a la legislación ambiental. 

 

3. Identificar e implementar las propuestas de mejoramiento y las mejores prácticas en el negocio de refinación y petroquímica. 

 

4. Programar con criterio de rentabilidad, cargas y producciones a las refinerías, entregas de sus productos: combustibles, materias primas petroquímicas y petroquímicos, de acuerdo con la disponibilidad de materias primas, demandas de productos y posiciones de mercado. 

 

5. Asegurar la confiabilidad y disponibilidad de la Infraestructura Operacional de las Refinerías. 

 

6. Identificar y estructurar opciones de negocio en áreas de refinación, apoyándose en la Dirección General de Planeación y Riesgos. 

 

7. Procesar las materias primas para obtener los productos con la calidad requerida por los clientes y cumpliendo con la legislación ambiental. 

 

8. Formular, orientar y desarrollar estrategias y planes para maximizar el valor agregado de la producción y sus derivados. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 51. Gerencia de Desarrollo de Refinación. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Gerenciar integralmente los proyectos de desarrollo del negocio de refinación, ensanche de capacidad, optimización y otros que se asignen a su cargo. 

 

2. Coordinar y ejecutar el análisis y desarrollo tecnológico para los proyectos de alta urgencia y complejidad, importancia estratégica, impacto financiero y nivel de inversión y cumplimiento de requerimientos ambientales y gubernamentales. 

 

3. Participar en el diagnóstico y prospectiva tecnológica de la Refinación en conjunto con el Instituto Colombiano del Petróleo. 

 

4. Realizar estudios de prefactibilidad y factibilidad que aumenten el valor y la sostenibilidad del negocio de refinación. 

 

5. Realizar análisis de alternativas y selección de tecnologías para los proyectos asignados. 

 

6. Administrar los recursos económicos, técnicos y de personal asignados a los proyectos. 

 

7. Implementar las estrategias dadas por la alta administración de Ecopetrol S. A. para la ejecución de los proyectos. 

 

8. Contratar y controlar la ejecución de proyectos de alta urgencia, complejidad, importancia estratégica, impacto financiero y nivel de inversión del negocio de refinación. 

 

9. Administrar los contratos de obras que se deriven de los proyectos que se aprueben. 

 

10. Realizar la interventoría de los proyectos de modernización, optimización de operaciones y procesos y de mantenimiento de instalaciones e infraestructura. 

 

11. Administrar, ejecutar, controlar y realizar el cierre administrativo y técnico de los proyectos que garantice su entrada en operación. 

 

12. Coordinar el cierre y transferencia de proyectos y activos. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 52. Gerencia General Complejo Barrancabermeja. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Producir combustibles y derivados petroquímicos con criterios de rentabilidad y cumpliendo con los requerimientos ambientales. 

 

2. Revisar, ajustar y ejecutar la programación de cargas y producciones a sus unidades de proceso de acuerdo con los planes acordados con la Vicepresidencia de Suministro y Mercadeo. 

 

3. Manejar en forma eficiente y segura los inventarios de materia prima y productos para garantizar la operación de las plantas. 

 

4. Formular, orientar y desarrollar programas operativos para producir combustibles y derivados petroquímicos de acuerdo con los requerimientos de los mercados. 

 

5. Revisar, ajustar y ejecutar la programación de cargas y producciones de sus unidades de proceso. 

 

6. Generar y ejecutar programas para disminuir pérdidas e impactos bajo lineamientos corporativos. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 53. Gerencia de Producción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Responder por la programación de la producción y el mantenimiento de las plantas y unidades de producción. 

 

2. Desarrollar, ejecutar y evaluar los programas de producción y de despacho. 

 

3. Asegurar la ejecución de programas de análisis de riesgos y las acciones para minimizarlos. 

 

4. Asegurar el recibo de materias primas y entrega de productos terminados. 

 

5. Acordar y controlar el cumplimiento de los planes de producción. 

 

6. Garantizar la calidad de los productos intermedios y terminados. 

 

7. Impulsar, priorizar y proponer los proyectos de reposición y actualización tecnológica del negocio. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 54. Departamento de Refinación. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Procesar petróleo crudo, gasolinas naturales y fondos de vacío para obtener productos terminados e intermedios, como derivados combustibles, materias primas para las plantas petroquímicas y de cracking. 

 

2. Operar las plantas de los procesos de destilación primaria (topping), procesamiento de fondos, y tratamientos para obtener los productos con la calidad y cantidad exigida por los clientes. 

 

3. Realizar el análisis operacional de sus unidades de proceso y de acuerdo con los resultados ajustar las condiciones de operación. 

 

4. Cumplir con el programa de producción, operación y mantenimiento para las plantas a su cargo, de combustibles derivados del petróleo, asegurando su desempeño en los niveles óptimos de eficiencia, seguridad, salud ocupacional, impacto ambiental y costos de operación entre otros. 

 

5. Realizar acciones de mejoramiento en optimización y productividad de las Unidades. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 55. Departamento de Cracking. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Procesar gasóleos, crudo reducido, y fondos de vacío tratados para producir gasolina de alto octanaje, aceite liviano de ciclo, GLP, Etano-Etileno, azufre y derivados como materia prima para otros procesos. 

 

2. Operar las plantas de los procesos de craqueo catalítico, alquilación y ácido para obtener los productos con la calidad y cantidad exigida por los clientes. 

 

3. Realizar el análisis operacional de sus unidades de proceso y de acuerdo con los resultados ajustar las condiciones de operación. 

 

4. Cumplir con el programa de operación y mantenimiento para las plantas a su cargo, asegurando su desempeño en los niveles óptimos de eficiencia, seguridad, salud ocupacional, impacto ambiental y costos de operación entre otros. 

 

5. Fomentar acciones de mejoramiento en optimización y productividad de las unidades. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 56. Departamento de Materias Primas y Productos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Operar la infraestructura existente, sistemas de almacenamiento, bombeo, recibo, entrega, mezcla, distribución, tratamiento de residuos líquidos, para recibir y almacenar los crudos, suministrar las materias primas a las plantas de proceso, mezclar y entregar los productos terminados de la refinería y efectuar el tratamiento de afluentes líquidos provenientes de los procesos de producción. 

 

2. Cumplir con el programa de operación y mantenimiento para las instalaciones a su cargo, asegurando su desempeño en los niveles óptimos de eficiencia, seguridad, salud ocupacional, impacto ambiental y costos de operación entre otros. 

 

3. Realizar el análisis operacional de sus unidades de proceso y de acuerdo con los resultados ajustar las condiciones de operación. 

 

4. Garantizar la disponibilidad de inventarios en tanques. 

 

5. Formular y ejecutar las recetas de mezcla y preparación, siguiendo la logística planteada en los programas de recibos y entregas. 

 

6. Efectuar auditoría y monitoreo a los sistemas de medición para asegura r su correcta calibración y minimizar las desviaciones en los balances de masa globales de la refinería. 

 

7. Operar los sistemas de tratamiento de residuos líquidos, separadores, piscina pulmón, entre otros y garantizar la calidad del afluente final de la refinería. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Conocer y analizar la legislación y normatividad en curso que le aplica, con el fin de aportar y orientar en futuras modificaciones a la misma, teniendo en cuenta la metodología establecida. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 57Departamento de Petroquímica. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Transformar gas natural y algunos derivados del proceso de refinación de crudos en productos petroquímicos para cubrir la mayor proporción del mercado posible del país. 

 

2. Ejecutar la programación de cargas y producciones de sus unidades de proceso. 

 

3. Operar las plantas de parafinas, fenol, aromáticos, polietileno, etileno, turboexpander y amina para obtener polietilenos, productos aromáticos, bases lubricantes y parafinas con la calidad y cantidad exigida por los clientes. 

 

4. Realizar el análisis operacional de sus unidades de proceso y de acuerdo con los esultados ajustar las condiciones de operación. 

 

5. Cumplir con el programa de operación y mantenimiento para las plantas a su cargo, asegurando su desempeño en los niveles óptimos de eficiencia, seguridad, salud ocupacional, impacto ambiental y costos de operación entre otros. 

 

6. Fomentar acciones de mejoramiento en optimización y productividad de las Unidades. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 58. Departamento de Servicios Industriales. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Operar la infraestructura existente; tanques, calderas, plantas de agua, sistemas de generación y distribución de potencia, captación y tratamiento de aguas, generación de vapor, generación eléctrica, aire y demás sistemas complementarios, para generar los Servicios Industriales a nivel de tanques, calderas, plantas de agua, sistemas de generación y distribución de potencia, captación y tratamiento de aguas, generación de vapor, generación eléctrica y aire requeridos para la operación de la infraestructura Operativa y Administrativa de la Refinería de Barrancabermeja. 

 

2. Coordinar y operar los sistemas de interconexión eléctrica con las fuentes de suministro externas a la refinería. 

 

3. Suministrar energía eléctrica a las instalaciones de Ecopetrol S. A. localizadas en la región y externas a la refinería. 

 

4. Cumplir con el programa de operación y mantenimiento para las plantas a su cargo, asegurando su desempeño en los niveles óptimos de eficiencia, seguridad, salud ocupacional, impacto ambiental y costos de operación entre otros. 

 

5. Realizar el análisis operacional de sus unidades de proceso y de acuerdo con los resultados ajustar las condiciones de operación. 

 

6. Fomentar acciones de mejoramiento en optimización y productividad de las Unidades. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 59. Departamento de Mantenimiento de Taller. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Ejecutar actividades de mantenimiento rutinario correctivo y preventivo en los talleres de mantenimiento de la refinería. 

 

2. Ejecutar los trabajos de mantenimiento correctivo que correspondan a los talleres, durante las paradas de planta no programadas o de emergencia. 

 

3. Administrar y suministrar las herramientas y materiales requeridos para la ejecución de las órdenes de trabajo. 

 

4. Satisfacer las necesidades de materiales e insumos de stock, en las condiciones de calidad y cantidad requeridas para el funcionamiento de la refinería. 

 

5. Garantizar el cumplimiento del programa de mantenimiento asegurando los niveles óptimos de eficiencia, seguridad, salud ocupacional, impacto ambiental y costos de mantenimiento, entre otros. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 60. Departamento de Mantenimiento de Campo. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Ejecutar los trabajos de mantenimiento rutinario correctivo y preventivo de las plantas de proceso de la refinería. 

 

2. Ejecutar los trabajos de mantenimiento correctivo en las plantas y áreas de proceso durante las paradas no programadas o de emergencia. 

 

3. Garantizar la disponibilidad de los equipos mediante la ejecución de planes y acciones inmediatas de mantenimiento que no implican parada de planta programada. 

 

4. Entregar equipos confiables a la operación. 

 

5. Restituir las condiciones mecánicas de equipos y partes de equipos. 

 

6. Garantizar el cumplimiento del programa de mantenimiento asegurando los niveles óptimos de eficiencia, seguridad, salud ocupacional, impacto ambiental y costos de mantenimiento, entre otros. 

 

7. Integrar información sobre el desempeño de las unidades a cargo y proponer intervenciones requeridas. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 61. Departamento de Programación de la Producción de la Gerencia General Complejo Barrancabermeja y Gerencia Refinería Cartagena. Son funciones de estas dependencias: 

 

1. Generar el programa detallado de operación de cargas y producciones para cada unidad y área de proceso de la refinería. 

 

2. Establecer las modificaciones requeridas al programa detallado de operación en cada unidad y área de proceso. 

 

3. Planear y programar las órdenes de trabajo de mantenimiento rutinario de parada de plantas. 

 

4. Dar directrices y apoyar la implementación de los sistemas de gestión de la refinería en materia de paradas de planta, confiabilidad operacional, planeación, programación y ejecución de mantenimiento, energía y pérdidas y aseguramiento del conocimiento y documental. 

 

5. Integrar información sobre el desempeño de las unidades a cargo y proponer intervenciones requeridas. 

 

6. Proyectar el desarrollo y concretar el Programa operativo de la Refinería. 

 

7. Responder por el mantenimiento y la actualización de los modelos de programación y demás herramientas de soporte tecnológico. 

 

8. Responder por las evaluaciones de los esquemas operacionales y alternativas de procesamiento de las materias primas en la refinería. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 62. Gerencia Técnica. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Suministrar el soporte técnico a las plantas y áreas de proceso de la refinería. 

 

2. Coordinar y ejecutar el análisis y desarrollo tecnológico para los proyectos de mediana y baja urgencia y complejidad, importancia estratégica, impacto financiero y nivel de inversión y cumplimiento de requerimientos ambientales y gubernamentales. 

 

3. Definir las directrices y lineamientos en manejo de estándares y normas en ingeniería. 

 

4. Definir las ventanas operativas, hacer seguimiento y evaluación de la aplicación en la refinería. 

 

5. Realizar análisis de alternativas y selección de tecnologías para los proyectos de mediana y baja urgencia, complejidad, importancia estratégica, impacto financiero y nivel de inversión y cumplimiento de requerimientos ambientales y gubernamentales del Complejo Industrial Barrancabermeja. 

 

6. Promover la transferencia tecnológica en cada uno de los proyectos que se realicen. 

 

7. Realizar evaluaciones de impacto y detallamiento de las soluciones. 

 

8. Monitorear y evaluar tecnologías de punta y mejores prácticas de empresas líderes en el sector. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 63. Departamento de Apoyo Técnico a la Producción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Suministrar análisis operacional a las plantas y áreas de proceso de la refinería. 

 

2. Ejecutar ingeniería de mejoramiento y análisis de fallas de equipos, procesos y plantas. 

 

3. Proponer las directrices y lineamientos en manejo de estándares y normas en ingeniería. 

 

4. Brindar el apoyo técnico integral a la operación y a los equipos definiendo las acciones requeridas para garantizar la disponibilidad mecánica y la operación confiable. 

 

5. Suministrar soporte inmediato mediante diagnóstico y recomendaciones durante las emergencias operacionales. 

 

6. Asesorar y estandarizar prácticas y procedimientos operacionales. 

 

7. Diseñar los programas de mantenimiento preventivo. 

 

8. Analizar la desviación de los sistemas de medición y control mediante su verificación periódica. 

 

9. Participar en el desarrollo del análisis y la prospectiva tecnológica a mediano y largo plazo. 

 

10. Realizar análisis de alternativas y selección de tecnologías. 

 

11. Realizar evaluaciones de impacto y detallamiento de las soluciones. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 64Departamento de Paradas de Plantas y Administración de Proyectos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Contratar y controlar la ejecución de los proyectos asignados, modernizaciones y optimizaciones de operaciones y procesos. 

 

2. Administrar los contratos de obras que se deriven de los proyectos que se aprueben. 

 

3. Realizar la interventoría de los proyectos de modernización, optimización de operaciones y procesos y de mantenimiento de instalaciones e infraestructura. 

 

4. Administrar, ejecutar, controlar y realizar el cierre administrativo y técnico de los proyectos que garantice su entrada en operación. 

 

5. Coordinar el cierre y transferencia de proyectos y activos. 

 

6. Liderar el proceso de Parada de Planta en la refinería. 

 

7. Administrar y realizar la interventoría de los contratos de obras que se deriven de las paradas de plantas o los proyectos. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 65. Gerencia Refinería de Cartagena. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Producir combustibles y materias primas petroquímicas con criterios de rentabilidad y cumpliendo con los requerimientos ambientales y del mercado. 

 

2. Revisar, ajustar y ejecutar la programación de cargas y producciones a sus unidades de proceso de acuerdo con los planes acordados con la Vicepresidencia de Suministro y Mercadeo. 

 

3. Asegurar la confiabilidad y disponibilidad de la Infraestructura Operacional de la Refinería. 

 

4. Manejar en forma eficiente y segura los inventarios de materia prima y productos para garantizar la operación de las plantas. 

 

5. Formular, orientar y desarrollar programas operativos para producir combustibles y derivados petroquímicos de acuerdo con los requerimientos de los mercados. 

 

6. Garantizar el cumplimiento del programa de producción de la refinería. 

 

7. Responder por los activos de la Gerencia. 

 

8. Revisar, ajustar y ejecutar la programación de cargas y producciones de sus unidades de proceso. 

 

9. Generar y ejecutar programas para disminuir pérdidas e impactos bajo lineamientos corporativos. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 66. Superintendencia de Producción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Responder por la programación de la producción y el mantenimiento de las plantas y unidades de producción. 

 

2. Desarrollar, ejecutar y evaluar los programas de producción y de despacho anual, mensual y diario. 

 

3. Optimizar los costos de producción y de mantenimiento según estándares e indicadores nacionales e internacionales de refinerías equivalentes y de las exigencias gubernamentales. 

 

4. Promover el mejoramiento continuo del proceso de producción. 

 

5. Liderar y evaluar el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo, predictivo, correctivo y brindar el soporte necesario para garantizar la confiabilidad y disponibilidad de equipos y unidades. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 67. Departamento de Operación de Plantas. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Procesar gasóleos, crudos reducidos para producir gasolina de alto octanaje, y derivados como materia prima para otros procesos. 

 

2. Operar las plantas para obtener los productos con la calidad exigida por los clientes. 

 

3. Controlar los programas de recibo y entrega de crudos y productos de la refinería y la operación de la infraestructura de almacenamiento. 

 

4. Realizar el análisis operacional de sus unidades de proceso y de acuerdo con los resultados ajustar las condiciones de operación. 

 

5. Cumplir con el programa de producción de combustibles derivados del petróleo. 

 

6. Fomentar acciones de mejoramiento en optimización y productividad de las Unidades. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 68Departamento de Mantenimiento de Plantas. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Realizar la programación del Mantenimiento de las plantas a su cargo. 

 

2. Administrar y hacer seguimiento del mantenimiento de unidades productivas. 

 

3. Desarrollar programas y planes de mejoramiento en mantenimiento. 

 

4. Participar en la determinación de la visión y prospectiva de mantenimiento. 

 

5. Garantizar la disponibilidad de los equipos mediante la ejecución del mantenimiento preventivo, correctivo, órdenes de trabajo y eventos de mantenimiento que no requieren la sacada de servicio de la unidad productiva. 

 

6. Definir, analizar y hacer seguimiento de acuerdos de servicios y los niveles de confiabilidad y disponibilidad de las unidades productivas. 

 

7. Estandarizar procedimientos, equipos y repuestos para mantenimiento en el negocio. 

 

8. Mejorar la disponibilidad de los equipos mediante la ejecución de planes y acciones inmediatas de mantenimiento. 

 

9. Garantizar la confiabilidad e integridad de la operación, para cumplir con el programa de producción. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 69. Superintendencia Técnica. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Suministrar el soporte técnico a las plantas y áreas de proceso de la refinería. 

 

2. Coordinar y ejecutar el análisis y desarrollo tecnológico para los proyectos de mediana y baja urgencia y complejidad, importancia estratégica, impacto financiero y nivel de inversión y cumplimiento de requerimientos ambientales y gubernamentales. 

 

3. Definir las directrices y lineamientos en manejo de estándares y normas en ingeniería. 

 

4. Definir las ventanas operativas, hacer seguimiento y evaluación de la aplicación en la refinería. 

 

5. Realizar análisis de alternativas y selección de tecnologías. 

 

6. Promover la transferencia tecnológica en cada uno de los proyectos que se realicen. 

 

7. Aprobar planes de acción para mitigar los riesgos detectados en las evaluaciones de impacto. 

 

8. Monitorear y evaluar tecnologías de punta y mejores prácticas de empresas líderes en el sector. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11 Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 70Departamento de Apoyo Técnico a la Producción. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Realizar análisis de alternativas y selección de tecnologías. 

 

2. Realizar evaluaciones de impacto y planes de acción para mitigar estos impactos. 

 

3. Liderar el proceso de parada de planta en la Gerencia. 

 

4. Realizar ingeniería de procesos en la refinería, reformas, rediseño de equipos o cambios en procesos. 

 

5. Proponer las directrices y lineamientos en manejo de estándares y normas en ingeniería. 

 

6. Ejecutar ingeniería de mejoramiento y análisis de fallas de equipos, procesos y plantas. 

 

7. Brindar el apoyo técnico integral a la operación y a los equipos definiendo las acciones requeridas para garantizar la disponibilidad mecánica y la operación confiable. 

 

8. Asesorar y estandarizar prácticas y procedimientos operacionales. 

 

9. Identificar, plantear y recomendar soluciones a los cuellos de botella y equipos problema. 

 

10. Analizar la condición operacional, mecánica y de seguridad de los equipos y componentes y análisis de rentabilidad de los activos. 

 

11. Diseñar los programas de mantenimiento preventivo. 

 

12. Analizar la desviación de los sistemas de medición y control mediante su verificación periódica. 

 

13. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

14. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

15. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 71. Departamento de Paradas de Plantas y Administración de Proyectos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Contratar y controlar la ejecución de proyectos mayores, modernizaciones y optimizaciones de operaciones y procesos. 

 

2. Administrar los contratos de obras que se deriven de los proyectos que se aprueben. 

 

3. Realizar la interventoría de los proyectos de modernización, optimización de operaciones y procesos y de mantenimiento de instalaciones e infraestructura. 

 

4. Administrar los proyectos bajo su responsabilidad hasta que se garantice su entrada en operación. 

 

5. Coordinar el cierre y transferencia de proyectos y activos. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 72. Vicepresidencia de Transporte. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Prestar el servicio de transporte de hidrocarburos a productores de crudo, refinadores y terceros. 

 

2. Estructurar y adoptar la más rentable utilización de la infraestructura de transporte de crudos y productos de acuerdo con los requerimientos de los clientes. 

 

3. Analizar y estructurar futuras acciones y proyectos para adecuar el negocio de transporte a los requerimientos y oportunidades del mercado. 

 

4. Atender los requerimientos de refinerías, distribuidores y puntos de exportación. 

 

5. Formular, orientar y desarrollar estrategias y planes para prestar un servicio eficiente y rentable de transporte de hidrocarburos. 

 

6. Elaborar el Plan Operativo de la Vicepresidencia y asegurar su cumplimiento. 

 

7. Coordinar la ejecución de acciones orientadas a controlar las pérdidas de hidrocarburo ocurridas en la red de transporte. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 73. Departamento de Programación y Control Operacional. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar y responder por la programación integral y control de la operación de los sistemas de transporte, red de oleoductos y poliductos a cargo de la Vicepresidencia. 

 

2. Analizar y proponer acciones de optimización en la operación de los sistemas de transporte a cargo de la Vicepresidencia. 

 

3. Liderar la programación de transporte, con base en nominaciones, disponibilidad de productos y capacidad de líneas de transporte para atender las necesidades de transporte de los campos de producción, refinerías, centros de consumo y exportaciones. 

 

4. Atender a los requerimientos de los clientes para contribuir a que la Vicepresidencia sea la mejor alternativa de transporte para los clientes. 

 

5. Administrar los contratos de transporte y acuerdos comerciales a cargo del departamento para obtener el cumplimiento de las condiciones contractuales. 

 

6. Ejecutar la operación remota de los sistemas de transporte disponibles y el control de la operación de la Vicepresidencia de Transporte. 

 

7. Garantizar el suministro oportuno y confiable de la información para la toma de decisiones, cobro de servicios y pago de impuestos. 

 

8. Analizar y recomendar acciones orientadas a minimizar las pérdidas de hidrocarburos en la red de transporte. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 74. Gerencia Técnica. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Brindar el apoyo técnico integral a la operación y a los equipos y plantas que componen la infraestructura de transporte. 

 

2. Establecer los parámetros, lineamientos y estándares de confiabilidad y disponibilidad de la infraestructura de transporte de la Vicepresidencia. 

 

3. Asegurar la ejecución de proyectos de inversión necesarios para adecuar la infraestructura de transporte a los nuevos requerimientos dentro de parámetros de oportunidad, calidad y costo. 

 

4. Apoyar la implantación de políticas de aseguramiento de la calidad para contribuir a la optimización de la infraestructura. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

7. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 75. Departamento de Proyectos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Apoyar el desarrollo de programas y acciones que contribuyan al cumplimiento del Plan de Negocio. 

 

2. Contratar y controlar la ejecución de proyectos de modernizaciones y optimizaciones de operaciones y procesos del negocio de Transporte. 

 

3. Administrar los contratos de obras requeridos para las expansiones o mejoramientos de la infraestructura de transporte. 

 

4. Realizar la interventoría de los proyectos a su cargo, garantizando que las labores contratadas se ejecuten con las cantidades, calidad, oportunidad y precio previstos en los contratos. 

 

5. Administrar los Proyectos Integrales que le sean asignados. 

 

6. Realizar la capitalización, cierre y entrega a operación de los proyectos a su cargo. 

 

7. Evaluar la rentabilidad de los proyectos ejecutados. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 76. Departamento Técnico. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Generar directrices y lineamientos en manejo de estándares y normas en ingeniería de transporte. 

 

2. Orientar y direccionar los procesos de ingeniería de transporte de hidrocarburos, tales como ampliaciones de capacidades y modificaciones de sistemas necesarias para atender nuevos negocios. 

 

3. Realizar estudios técnicos de mejoramiento de los equipos y sistemas de transporte. 

 

4. Promover estrategias y programas para asegurar los niveles de confiabilidad y disponibilidad de equipos y sistemas requeridos por el negocio. 

 

5. Dar soporte técnico especializado a las gerencias operativas en las diferentes disciplinas relacionadas con el transporte de hidrocarburos. 

 

6. Promover la aplicación de políticas de utilización de la infraestructura de transporte y reposición de equipos. 

 

7. Promover la estandarización del mantenimiento. 

 

8. Realizar la planeación del mantenimiento preventivo en las especialidades de electricidad, mecánica, controles, líneas y tanques. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 77. Gerencia de Oleoductos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Administrar la operación de los sistemas de transporte de Oleoductos a su cargo, de acuerdo con la programación establecida. 

 

2. Responder por la conservación de la calidad de los hidrocarburos a su cargo y asegurar un buen servicio a terceros. 

 

3. Cumplir con los contratos de servicios a terceros que correspondan a sus sistemas. 

 

4. Realizar la búsqueda de nuevos negocios para maximizar la utilización de los sistemas operacionales y generar valor al negocio. 

 

5. Facilitar la implantación de la operación remota de los sistemas para garantizar una mayor efectividad, rentabilidad y seguridad de la operación. 

 

6. Contribuir a desarrollar los programas y proyectos de la Vicepresidencia para garantizar el logro de los objetivos y metas propuestas que aseguren el futuro de la organización. 

 

7. Asegurar la operación del transporte de hidrocarburos para cumplir con los compromisos establecidos con los clientes. 

 

8. Ejecutar las acciones preventivas y correctivas necesarias para controlar las pérdidas de petróleo crudo, de acuerdo con los lineamientos de la Gerencia de Control de pérdidas de hidrocarburos, para minimizar los volúmenes de pérdida y garantizar la rentabilidad del negocio. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 78. Departamentos de Operaciones y Mantenimiento - Caño Limón, Llanos y Coveñas. Son funciones de estas dependencias: 

 

1. Realizar la operación del transporte de hidrocarburos de los sistemas a cargo del departamento. 

 

2. Ejecutar los programas de transporte y exportaciones de hidrocarburos de los sistemas a cargo del departamento para cumplir con los compromisos con clientes y satisfacer los acuerdos comerciales. 

 

3. Responder por la gestión del mantenimiento de equipos, tubos y tanques. 

 

4. Asegurar la aplicación del sistema de gestión de calidad para satisfacer las expectativas de los clientes y mantener altos índices de competitividad. 

 

5. Realizar las acciones necesarias para el desarrollo de oportunidades de nuevos negocios en el departamento. 

 

6. Optimizar y controlar los costos operacionales de los sistemas para participar en el desarrollo de oportunidades y desempeño económico. 

 

7. Liderar y promover acciones de mejoramiento para la optimización y la productividad de los sistemas a su cargo. 

 

8. Informar la condición operacional de los activos que hacen parte de la infraestructura de la Vicepresidencia para evaluar su rentabilidad. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 79. Gerencia de Poliductos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Administrar la operación de los sistemas de transporte de poliductos a su cargo, de acuerdo con la programación establecida. 

 

2. Conservar la calidad de los hidrocarburos a su cargo y asegurar un buen servicio a terceros. 

 

3. Cumplir con los contratos de servicios a terceros que correspondan a sus sistemas. 

 

4. Realizar la búsqueda de nuevos negocios para maximizar la utilización de los sistemas operacionales y generar valor al negocio. 

 

5. Lograr la satisfacción de los clientes a través de la implementación del sistema de gestión de calidad. 

 

6. Contribuir a desarrollar el plan de negocio de Ecopetrol S.A. para garantizar el logro de los objetivos y metas propuestas que aseguren el futuro de la organización. 

 

7. Ejecutar las acciones preventivas y correctivas necesarias para controlar las pérdidas de combustible, de acuerdo con los lineamientos de la Gerencia de Control de Pérdidas de Hidrocarburos, para minimizar los volúmenes de pérdida y garantizar la rentabilidad del negocio. 

 

8. Asegurar la operación del transporte de hidrocarburos para cumplir con los compromisos establecidos con los clientes. 

 

9. Facilitar la implantación de la operación remota de los sistemas para garantizar una mayor efectividad, rentabilidad y seguridad de la operación. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Implementar procesos de transferencia y aseguramiento del conocimiento desarrollado. 

 

13. Coordinar la atención de los requerimientos presentados por los entes de control y terceros. 

 

14. Asegurar la confiabilidad y disponibilidad de la Infraestructura Operacional. 

 

15. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 80. Departamentos de Operaciones y Mantenimiento -Andina, Occidente y Norte. Son funciones de estas dependencias: 

 

1. Realizar la operación del transporte de hidrocarburos de los sistemas a cargo del departamento. 

 

2. Asegurar la confiabilidad de los sistemas de marcación de hidrocarburos para soportar los procesos legales. 

 

3. Ejecutar los programas de transporte y exportaciones de hidrocarburos de los sistemas a cargo del departamento para cumplir con los compromisos con clientes y satisfacer los acuerdos comerciales. 

 

4. Responder por la gestión de mantenimiento de equipos, tubos y tanques. 

 

5. Promover acciones que permitan optimizar la gestión de control total de pérdidas. 

 

6. Analizar el desarrollo de oportunidades de nuevos negocios en el departamento. 

 

7. Hacer seguimiento a los planes y programas en ejecución y tomar las acciones correctivas necesarias, para asegurar el desarrollo e implementación de los mismos de acuerdo con los cronogramas establecidos. 

 

8. Liderar los procesos tendientes a optimizar la gestión de control total de pérdidas en el departamento. 

 

9. Liderar y promover acciones de mejoramiento para la optimización y la productividad de los sistemas a cargo del departamento. 

 

10. Asegurar la aplicación del sistema de gestión de calidad para satisfacer las expectativas de los clientes y mantener altos índices de competitividad. 

 

11. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

12. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

13. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 81. Gerencia de Control, Pérdidas de Hidrocarburos. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar las acciones orientadas al control de pérdidas de hidrocarburos, para el cumplimiento de los objetivos de Ecopetrol S.A. 

 

2. Definir las estrategias de control de pérdidas de hidrocarburos por hurtos, aplicables a Ecopetrol S.A. 

 

3. Liderar el diseño de programas preventivos y correctivos para el control de las pérdidas de hidrocarburos por acciones ilícitas de terceros sobre las líneas de transporte. 

 

4. Participar en el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas a cargo de las autoridades competentes y otras entidades, para que sean efectivamente implementadas. 

 

5. Asegurar que las medidas preventivas y correctivas que correspondan a Ecopetrol S.A. sean efectivamente implementadas. 

 

6. Participar en generación de convenios que deba suscribir la Sociedad con las autoridades competentes, distribuidores, productores y transportadores de petróleo, relacionados con el control de pérdidas de hidrocarburos, para garantizar los objetivos acordados y la medición de resultados de acuerdo con lo establecido. 

 

7. Suscribir y administrar los contratos con terceros, requeridos para el desarrollo de los convenios mencionados en el numeral anterior. 

 

8. Administrar los contratos suscritos por Ecopetrol S.A. con terceros para el transporte de combustible incautado. 

 

9. Analizar los resultados de las acciones efectuadas para reducir las pérdidas de hidrocarburos, con el fin de recomendar ajustes a las estrategias y los programas, de manera que se garantice el cumplimiento de los objetivos de control de pérdidas de hidrocarburos. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de la gestión de control de pérdidas, de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Identificar oportunidades tecnológicas para mejorar la eficacia del control de pérdidas de hidrocarburos. 

 

12. Recomendar acciones para asegurar que las medidas preventivas y correctivas para control de pérdidas se desarrollen dentro de la programación prevista. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 82. Vicepresidencia de Suministro y Mercadeo. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Establecer las directrices, políticas y estrategias de suministro, mercadeo y comercialización acorde con la orientación de la Dirección General de Operaciones. 

 

2. Coordinar la planeación de la producción, refinación, transporte y comercialización con el objetivo de maximizar el valor generado en toda la cadena de suministros. 

 

3. Liderar la gestión de comercialización nacional e internacional de los productos y servicios ofrecidos por Ecopetrol S.A. y optimizar las condiciones comerciales. 

 

4. Responder por el manejo operativo de situaciones de emergencia para dar cumplimiento al abastecimiento programado. 

 

5. Diseñar e implementar estrategias sobre cubrimiento de riesgo de precio, acordes con las políticas corporativas vigentes. 

 

6. Liderar el proceso de relaciones con clientes de Ecopetrol S.A. 

 

7. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

8. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

9. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 83. Gerencia de Planeación y Suministro. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar la elaboración y estructuración del plan de operaciones de la producción, refinación y transporte. 

 

2. Asegurar la elaboración periódica de los balances de hidrocarburos, análisis de desviaciones y formulación de recomendaciones. 

 

3. Responder por la gestión de los inventarios de hidrocarburos. 

 

4. Responder por la base de información volumétrica de Ecopetrol S.A. 

 

5. Proponer opciones de ventas y comercialización y formular recomendaciones. 

 

6. Coordinar el ciclo de nominaciones de crudos, gas, productos y transporte. 

 

7. Garantizar la toma de pedidos de crudos, gas y productos y entregas locales. 

 

8. Aprobar y administrar operativamente los contratos de logística, relacionados con sus funciones. 

 

9. Asegurar el adecuado control y seguimiento a la planeación operativa. 

 

10. Coordinar el manejo operativo en situaciones de emergencia para dar cumplimiento al abastecimiento programado. 

 

11. Asegurar el abastecimiento de crudo, gas y productos de acuerdo con lo programado y contratado. 

 

12. Asegurar la adecuada consolidación de la información requerida para la facturación. 

 

13. Participar en el establecimiento de una cultura centrada en la atención y satisfacción del cliente. 

 

14. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

15. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

16. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 84. Departamento de Planeación Operativa. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Elaborar y estructurar el plan de operaciones de la producción, refinación y transporte. 

 

2. Determinar periódicamente los balances de hidrocarburos, analizar desviaciones y formular recomendaciones. 

 

3. Realizar las acciones correspondientes para la administración de los inventarios de crudos y productos. 

 

4. Realizar proyecciones y análisis de planeación de las operaciones de la cadena de suministro que permitan obtener ahorros y mejoras. 

 

5. Realizar las acciones correspondientes para la administración de la base de información volumétrica. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 85. Departamento de Logística. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Administrar las nominaciones de crudos, gas, productos y transporte. 

 

2. Efectuar las operaciones comerciales de compra, venta y transporte. 

 

3. Realizar la toma de pedidos de crudos, gas y productos y entregas locales. 

 

4. Negociar, acordar y administrar operativamente los contratos de comercialización, relacionados con sus funciones. 

 

5. Efectuar el manejo operativo de situaciones de emergencia para dar cumplimiento al abastecimiento programado y mantener informadas a las dependencias afectadas. 

 

6. Obtener y revisar la información requerida para la facturación. 

 

7. Controlar y hacer seguimiento a la planeación de operaciones de la cadena de suministro. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia 

 

ARTÍCULO 86. Departamento de Mercadeo. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Apoyar la formulación, divulgación y seguimiento de la estrategia, políticas y plan de Mercadeo de los hidrocarburos y transporte acorde con la orientación de la Dirección de Suministro y Mercadeo. 

 

2. Elaborar el Plan de Mercadeo de los productos y servicios de la Sociedad. 

 

3. Diseñar e implementar políticas de servicio al cliente y medir los resultados de su aplicación. 

 

4. Realizar gestiones ante organismos de gobierno para apoyar el proceso de expedición de normas que impacten los productos y servicios de la Sociedad. 

 

5. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

6. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

7. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 87. Gerencia de Comercialización Nacional. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar la ejecución del Plan de Mercadeo para los productos y servicios de comercialización nacional. 

 

2. Proponer nuevas opciones de venta y comercialización de productos y servicios de comercialización nacional para incorporarlos en el Plan de Negocio. 

 

3. Coordinar las operaciones comerciales para la compra y venta de crudos, combustibles, productos industriales, transporte y almacenamiento. 

 

4. Responder por las operaciones de cubrimiento de riesgo de precio, acordes con la políticas corporativas vigentes. 

 

5. Dirigir y controlar la administración de los contratos de comercialización. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 88Gerencia de Gas. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Ejecutar el plan de comercialización de gas. 

 

2. Proponer nuevas opciones de venta y comercialización de gas para incorporarlos en el Plan de Negocio. 

 

3. Coordinar las operaciones comerciales de compra, venta y transporte de gas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2º de la Ley 401 de 1997. 

 

4. Ejecutar las acciones requeridas en materia de cubrimiento de riesgo de precio en las operaciones comerciales de gas, teniendo en cuenta la política corporativa establecida. 

 

5. Realizar la administración de los contratos de comercialización en gas. 

 

6. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

7. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

8. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 89. Gerencia de Comercialización Internacional. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar la ejecución del plan de mercadeo para los productos y servicios de comercialización internacional. 

 

2. Proponer nuevas opciones de venta y comercialización de productos y servicios de comercialización internacional para incorporarlos en el plan de negocio. 

 

3. Realizar los procesos de exportación e importación de crudos y productos. 

 

4. Dirigir y controlar la administración de los contratos de comercialización. 

 

5. Ejecutar las acciones requeridas en materia de cubrimiento de riesgo de precio en las operaciones de comercialización internacional de productos y servicios de la Sociedad, teniendo en cuenta la política corporativa establecida. 

 

6. Asesorar a otras dependencias en la ejecución de operaciones de cubrimiento de riesgo de precio. 

 

7. Proporcionar una visión de mercado internacional de mediano y corto plazo requerida para el cierre de las negociaciones diarias. 

 

8. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

9. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

10. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 90. Vicepresidencia Financiera y Administrativa. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Proponer las políticas financieras de la entidad y controlar su aplicación. 

 

2. Definir los objetivos y metas de gestión financiera para la entidad y cada uno de sus negocios. 

 

3. Establecer los criterios para definir la estructura de capital de la Sociedad. 

 

4. Definir los instrumentos y mecanismos óptimos para financiar el crecimiento y la expansión, así como para llevar a cabo el control de costos y gastos de la Sociedad. 

 

5. Proponer las políticas para el manejo de los portafolios financieros, de acuerdo con las normas vigentes. 

 

6. Velar por la protección y debida administración de los recursos de la Sociedad colocados en patrimonios autónomos u otros fondos. 

 

7. Cumplir las directrices corporativas de cubrimiento, mitigación y transferencia de riesgos financieros y gestión de seguros de la Sociedad, con el fin de proteger el patrimonio de la Sociedad. 

 

8. Gestionar las inversiones permanentes de la Sociedad, y ejecutar las directrices de ventas, liquidaciones, fusiones y adquisiciones definidas por la Junta Directiva. 

 

9. Formular, presentar y controlar la ejecución del presupuesto general de ingresos y gastos de la Sociedad. 

 

10. Dirigir las actuaciones ante las autoridades competentes en relación con las autorizaciones presupuestales y de financiamiento requeridas para la operación de la Sociedad. 

 

11. Orientar y proponer las estrategias, políticas, normas y procedimientos financieros, de tesorería, colocación de excedentes de caja y recaudos de cartera, contratación, adquisición y compras, gestión inmobiliaria, manejo de activos fijos y administración de servicios generales de la Sociedad. 

 

12. Definir los procedimientos y normatividad para el control de los bienes muebles e inmuebles. 

 

13. Asegurar que las normas y procedimientos contables y tributarios aplicados en la Sociedad se ajustan a las disposiciones legales y reglamentarias. 

 

14. Aprobar y presentar los estados financieros de la Sociedad ante las autoridades competentes. 

 

15. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

16. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

17. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 91. Gerencia Financiera. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Diagnosticar la posición financiera de la Sociedad y sus áreas de negocio y proponer las medidas encaminadas a mejorar dicha situación. 

 

2. Dirigir la planeación financiera y presupuestal de la Sociedad, integrando el presupuesto de corto plazo con los planes de negocio de mediano y largo plazo. 

 

3. Optimizar la utilización del capital de trabajo, asegurando el flujo de efectivo necesario para financiar la operación de la Sociedad. 

 

4. Determinar la estructura óptima de capital de la Sociedad. 

 

5. Cuantificar los riesgos financieros a que está expuesta la Sociedad e implementar estrategias de cobertura a través de productos derivados. 

 

6. Diseñar e implementar, acorde con la estructura óptima de capital, el plan de financiamiento de mediano y largo plazo de la Sociedad, a través de la búsqueda de las fuentes de financiamiento más eficientes en términos de plazo y costo disponibles en el mercado de capitales. 

 

7. Ejecutar las políticas de inversión de portafolios financieros estableciendo el nivel de riesgo-rentabilidad máximo aceptable para la compañía. 

 

8. Administrar los sistemas de costos y medición de valor agregado «EVA» de la Sociedad y sus negocios, dando a conocer sus resultados y recomendando estrategias de mejoramiento. 

 

9. Dirigir el análisis, seguimiento e implementación de programas de racionalización de costos y gastos en la Sociedad. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 92. Unidad de Planeación Financiera. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asesorar en materia económica y financiera a las áreas de la Sociedad que lo requieran. 

 

2. Elaborar estudios y análisis económicos y financieros requeridos que permitan cuantificar los efectos que se puedan presentar sobre el desempeño financiero de la Sociedad, provenientes de cambios en la legislación, o en el contexto financiero o económico nacional o internacional. 

 

3. Medir, analizar y sugerir pautas para mejorar el desempeño financiero de la Sociedad y de cada una de sus áreas estratégicas. 

 

4. Evaluar la capacidad de generar valor patrimonial a corto, mediano y largo plazo. 

 

5. Responder por el Sistema de Administración Basada en Valor. 

 

6. Coordinar la elaboración de estudios y efectuar los análisis que sirvan de base para la definición del manejo de los riesgos que afecten el patrimonio de la Sociedad. 

 

7. Ejecutar los planes de mitigación de riesgos, formulando programas y acciones específicas para seguros y coberturas con base en directrices corporativas. 

 

8. Establecer programas orientados a la racionalización de costos y gastos en la Sociedad. 

 

9. Administrar las inversiones permanentes de la Sociedad en otras sociedades. 

 

10. Coordinar las actividades en temas financieros referidos a fusión, liquidación, ventas o creación de filiales. 

 

11. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

12. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

13. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 93. Unidad de Financiamiento y Tesorería. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Aprobar y definir la estructura de capital óptima de la Sociedad y su aplicación. 

 

2. Elaborar los estudios y análisis necesarios orientados a proponer los instrumentos y mecanismos óptimos para financiar el crecimiento y la expansión, así como para llevar a cabo el control de costos y gastos de la Sociedad. 

 

3. Identificar y medir los riesgos financieros como los riesgos de mercado, riesgos de crédito, riesgo de contraparte, riesgo de liquidez y proponer a la Gerencia las acciones tendientes a mitigar su impacto en la Sociedad. 

 

4. Evaluar y recomendar las estructuras de financiamiento para la ejecución de los proyectos de inversión de la Sociedad. 

 

5. Gestionar la consecución del financiamiento requerido para la operación de la Sociedad. 

 

6. Elaborar los estudios y análisis necesarios para definir los montos y mecanismos óptimos de fondeo del pasivo pensional de la Sociedad, con el fin de proponerlos a las autoridades competentes. 

 

7. Responder por la protección y administración de los recursos de la Sociedad colocados en patrimonios autónomos u otros fondos. 

 

8. Ejecutar las políticas de administración de portafolios financieros aprobadas por la Sociedad. 

 

9. Cuantificar la situación de liquidez de la Sociedad a corto y largo plazo. 

 

10. Ejecutar las estrategias, políticas, normas y procedimientos de Tesorería, colocación de excedentes de caja, gestión de pagos y recaudos. 

 

11. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

12. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

13. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 94. Unidad de Presupuesto. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asesorar en materia presupuestal a las áreas de la Sociedad que lo requieran. 

 

2. Programar y estructurar el presupuesto de la Entidad bajo metas empresariales y lineamientos gubernamentales. 

 

3. Determinar y orientar los lineamientos, bases y dirigir la preparación del presupuesto en todas las áreas de la Sociedad. 

 

4. Asegurar la viabilidad del presupuesto bajo la estructura de costo objetivo. 

 

5. Proyectar los estados de resultados, balance y flujo de efectivo presupuestales. 

 

6. Controlar la ejecución del presupuesto bajo las normas internas y externas aplicables. 

 

7. Generar diagnósticos, proyecciones y resultados presupuestales de la Entidad. 

 

8. Gestionar los trámites de aprobación y modificación del presupuesto ante las autoridades competentes. 

 

9. Realizar el seguimiento y control de gestión presupuestal frente a las metas propuestas y recomendar las acciones pertinentes. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 95. Unidad de Información Contable y Tributaria. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Asesorar en materias contable y tributaria a las áreas de la Sociedad que lo requieran. 

 

2. Generar diagnósticos, proyecciones, resultados y recomendaciones contables y tributarios de la Sociedad. 

 

3. Elaborar y presentar los estados financieros, declaraciones tributarias e informes que sean requeridos por los entes internos y externos. 

 

4. Asegurar la calidad y oportunidad de la información financiera, contable y tributaria de la Sociedad. 

 

5. Promover el desarrollo de metodologías de captura, medición y registro contable. 

 

6. Atender requerimientos de información contable y tributaria presentados por clientes internos y externos. 

 

7. Garantizar que las normas y procedimientos contables y tributarios aplicados en la Sociedad se ajustan a las disposiciones legales y reglamentarias y asegurar su cumplimiento. 

 

8. Fomentar la cultura de autocontrol en los emisores primarios de la información. 

 

9. Aprobar y presentar los estados financieros de la Sociedad ante las autoridades competentes. 

 

10. Representar a la Sociedad en procesos tributarios ante las vías gubernativa y contencioso administrativa, previa delegación del Representante Legal de la Sociedad. 

 

11. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

12. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

13. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 96. Gerencia Administrativa. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Ejecutar las estrategias, políticas, normas y procedimientos de contratación, adquisición y compras, gestión inmobiliaria, manejo de activos fijos y servicios generales de la Sociedad. 

 

2. Definir los procedimientos y normatividad para el control de los bienes muebles e inmuebles. 

 

3. Formular programas corporativos para la gestión de compras y contratación. 

 

4. Construir un modelo de servicios que soporte la gestión de los negocios y contribuya a la creación de valor. 

 

5. Formular, desarrollar e implementar modelos de contratación y suministro de bienes y servicios a nivel nacional. 

 

6. Identificar, viabilizar y ejecutar acuerdos con proveedores y suministradores de servicios requeridos por Ecopetrol S.A. 

 

7. Adelantar los procesos de contratación, adquisición y compras de bienes y servicios de su competencia. 

 

8. Suscribir contratos, órdenes de compra y convenios en representación de Ecopetrol S.A. según disposiciones internas que regulen la materia. 

 

9. Estructurar y ajustar el plan de calidad para las actividades de carácter técnico, jurídico, administrativo y contable de la gestión inmobiliaria. 

 

10. Estructurar el plan de acciones preventivas y de control en la ejecución de contratos bajo su competencia, necesarias para asegurar la calidad de los servicios suministrados. 

 

11. Aprobar el plan anual de contrataciones y compras y suministro de servicios de apoyo logístico. 

 

12. Ejecutar las políticas de austeridad bajo los lineamientos señalados por las autoridades competentes. 

 

13. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

14. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

15. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 97. Unidad de Gestión e Innovación. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Coordinar y hacer seguimiento a la ejecución del plan anual de contrataciones y compras y suministro de servicios de apoyo logístico. 

 

2. Asegurar la disponibilidad de información de costos y consumos de servicios a los clientes. 

 

3. Identificar los recursos y la logística de soporte necesarios para implementar servicios de apoyo logístico. 

 

4. Diseñar esquemas de análisis del mercado como soporte a los procesos de planeación de nuevos servicios o procesos de contratación o compra. 

 

5. Evaluar y construir alternativas y diseñar servicios para atender necesidades de la organización y los clientes. 

 

6. Instrumentar las políticas, normas y procedimientos administrativos asociados a los procesos de prestación de servicios de apoyo logístico, de contratación, adquisición y compras, activos fijos e inmobiliarios. 

 

7. Establecer el modelo de costeo que permita medir la rentabilidad de cada servicio y los beneficios generados. 

 

8. Desarrollar esquemas óptimos de contratación y suministro de bienes y servicios a nivel nacional. 

 

9. Diseñar acuerdos de gestión con los clientes para asegurar una adecuada prestación de servicios de apoyo logístico. 

 

10. Implementar las acciones administrativas u operativas necesarias para solucionar problemas de la operación en el campo de los servicios, en situaciones de contingencia. 

 

11. Validar los planes de contingencia a nivel nacional para asegurar la prestación de servicios. 

 

12. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

13. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

14. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 98Unidad de Compras y Contratación. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Estructurar y administrar el plan anual de contrataciones, adquisición y compras y de suministro de bienes y servicios a nivel nacional. 

 

2. Ejecutar los procesos y prestar los servicios de contratación, adquisición y compras de bienes y servicios a nivel nacional. 

 

3. Establecer medidas preventivas para minimizar riesgos en la contratación. 

 

4. Recomendar políticas y directrices para adquisición de bienes y servicios. 

 

5. Suscribir contratos, órdenes de compra y convenios en representación de Ecopetrol S.A. según disposiciones internas que regulen la materia. 

 

6. Programar y ejecutar la agenda de seguimiento y acciones al desempeño de contratistas y proveedores. 

 

7. Realizar las acciones preventivas y de control en la ejecución de contratos, necesarias para asegurar la calidad de los servicios suministrados. 

 

8. Implementar las acciones administrativas u operativas necesarias para solucionar problemas de la operación en el campo de Contratación y Compras. 

 

9. Administrar con los clientes los acuerdos de gestión y asegurar su cumplimiento. 

 

10. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

11. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

12. Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel y el área de desempeño de la dependencia 

 

ARTÍCULO 99. Unidad de Administración de Servicios. Son funciones de esta dependencia: 

 

1. Recomendar políticas y directrices para la prestación de servicios generales. 

 

2. Analizar necesidades de bienes y servicios identificadas y recomendar las estrategias de prestación de servicios generales para atenderlas. 

 

3. Realizar las acciones preventivas y de control en la utilización de recursos, necesarias para asegurar la calidad de los servicios generales suministrados. 

 

4. Responder por la prestación de servicios administrativos y logísticos a nivel nacional. 

 

5. Realizar los estudios, recomendaciones y ejecutar acciones para la adquisición, venta o enajenación de las instalaciones administrativas de Ecopetrol S.A. 

 

6. Orientar las negociaciones sobre derechos inmobiliarios con cada propietario de las zonas requeridas por Ecopetrol S.A. 

 

7. Establecer pautas para el avalúo técnico de los bienes muebles, plantas y equipos y para el préstamo y/o alquiler de bienes muebles, plantas y equipos a otras entidades o a contratistas. 

 

8. Establecer normas para la atención de requerimientos de espacio físico de las dependencias usuarias y aseguramiento de las condiciones adecuadas para su uso. 

 

9. Realizar el seguimiento, evaluación y control de los proyectos, programas y actividades a cargo de la dependencia. 

 

10. Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas. 

 

11. Las demás funciones que se le asignen o le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. 

 

ARTÍCULO 100. Grupos Internos de Trabajo. El Presidente de Ecopetrol S.A. podrá organizar en cualquier tiempo los grupos internos de trabajo con carácter permanente o transitorio, corporativos, regionales, zonales y locales que se requieran, teniendo en cuenta los objetivos, políticas, planes y programas de la entidad para atender adecuadamente los servicios técnicos y administrativos. 

 

ARTÍCULO 101. Transitorio. Continuidad de dependencias durante la transición. Mientras se va implementando la nueva estructura de Ecopetrol S.A. se continuarán ejerciendo las funciones de las dependencias actuales, de acuerdo con los planes de transición que adopte la Junta Directiva. 

 

ARTÍCULO  102. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 2537 de 2002, y modifica en lo pertinente el artículo 40 del Decreto-ley 1760 de 2003, y las demás disposiciones que le sean contrarias. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 25 días del mes de agosto de 2003.

 

ALVARO URIBE VELEZ

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA,

 

LUIS ERNESTO MEJÍA CASTRO.

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO.

 

NOTA: Publicado en el diario oficial. N. 45292. 27 de agosto de 2003.