Decreto 2758 de 2012 - Gestor Normativo - Función Pública

Decreto 2758 de 2012

Fecha de Expedición: 28 de diciembre de 2012

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
- Subtema: Estructura Orgánica

Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

 

DECRETO 2758 DE 2012

 

(Diciembre 28)

 

“Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones.”

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Suprímese la Dirección Operativa para la Defensa de la Libertad Personal del Ministerio de Defensa Nacional, a partir del 10 de febrero de 2013. 

 

PARÁGRAFO. Los asuntos que se encuentren a cargo de la Dirección Operativa para la Defensa de la Libertad Personal que no se hayan finalizado a 31 de enero de 2013, serán asumidos por las dependencias competentes del Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo con las directrices impartidas por el Ministro de Defensa Nacional. 

 

ARTÍCULO  2°. Adiciona el Artículo 7 del Decreto 4890 de 2011. Adicionar el artículo 7° del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, así: 

 

Despacho del Viceministro para las Políticas y Asuntos Internacionales

 

17. Formular políticas y estrategias en materia de ciberseguridad y ciberdefensa. 

 

ARTÍCULO  3°. Adiciona el Artículo 8 del Decreto 4890 de 2011. Adicionar el artículo 8° del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, así: 

 

Dirección de Estudios Estratégicos

 

7. Dirigir el acopio y sistematización de la información de inteligencia, judicial y estadística, que suministren las instituciones representadas en el Conase y en general, la información que sobre esta materia exista en el territorio nacional. 

 

PARÁGRAFO. La anterior función será ejercida por la Dirección de Estudios Estratégicos, a partir de la fecha de publicación del presente decreto. 

 

ARTÍCULO  4°. Adiciona el Artículo 9 del Decreto 4890 de 2011. Adicionar el artículo 9° del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, así: 

 

Dirección de Políticas y Consolidación de la Seguridad

 

12 Ejercer la Secretaría Técnica del Conase. 

 

PARÁGRAFO. La anterior función será ejercida por la Dirección de Políticas y Consolidación de la Seguridad, a partir de la fecha de publicación del presente decreto. 

 

ARTÍCULO  5°. Adiciona el Artículo 10 del Decreto 4890 de 2011. Adicionar el artículo 10 del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, así: 

 

Dirección de Seguridad Pública y de Infraestructura

 

10. Apoyar la implementación de las políticas y programas adoptados por el Ministerio de Defensa Nacional para mantener la seguridad pública y de la infraestructura, así como hacerle seguimiento a la gestión relacionada con el riesgo cibernético en el Sector Defensa. 

 

11. Diseñar y proponer el plan estratégico sectorial en materia de ciberseguridad y ciberdefensa. 

 

ARTÍCULO  6°. TransitorioAdiciona el Artículo 33 del Decreto 4890 de 2011. Adicionar el artículo 33 del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, así: 

 

Dirección Administrativa

 

11. Proporcionar a la Dirección Operativa para la Defensa de la Libertad Personal los bienes y servicios requeridos para su funcionamiento hasta la supresión de que trata el artículo 1° del presente decreto. 

 

ARTÍCULO  7°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica parcialmente los Decretos 049 de 2003 y 4890 de 2011. 

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 28 días del mes de diciembre de 2012.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

 

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

 

JUAN CARLOS PINZÓN BUENO.

 

LA SUBDIRECTORA (E) DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

CLAUDIA PATRICIA HERNÁNDEZ LEÓN.

 

NOTA: Publicado en el Diario Oficial. N. 48658. 29 de diciembre de 2012.