Decreto 3180 de 1968
Fecha de Expedición: 14 de diciembre de 1968
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Subtema: Estructura Orgánica
Por el cual se crea un Fondo Rotatorio en el Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.
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DECRETO 3180 DE 1968
(Septiembre 26)
“Por el cual se crea un Fondo Rotatorio en el Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 65 de 1967,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Crease en el Ministerio de Relaciones Exteriores un "Fondo Rotatorio" a través del cual se manejarán los recursos que se destinen para la adquisición y administración de los inmuebles y mobiliarios que requiere la Nación para sedes diplomáticas y consulares, o residencia de los funcionarios en el extranjero.
ARTÍCULO 2º.La administración del Fondo, esto es, la ordenación de gastos y la celebración de contratos con cargo a sus recursos, corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 3º. Los contratos de arrendamiento de inmuebles en el Extranjero y de reparación de los mismos serán celebrados por el Ministro de Relaciones Exteriores.
ARTÍCULO 4º. El Ministro de Relaciones Exteriores podrá delegar las funciones a que se refieren los artículos 2º y 3º del presente Decreto cuando el valor de los respectivos contratos no sea superior a US$ 700.
ARTÍCULO 5º. Ingresarán al Fondo los siguientes recursos:
a) Los que asigne la ley;
b) El producto de la venta de formularios de facturas consulares, y
c) El producto de las ventas de inmuebles de la Nación en el Exterior.
ARTÍCULO 6º.El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
Dado en Bogotá, D. E., a los 26 días del mes de diciembre de 1968.
CARLOS LLERAS RESTREPO
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,
ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN
NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 32.693 de 24 de enero de 1969