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 Sentencia C-149 de 1993 Corte Constitucional - Gestor Normativo - Función Pública

Sentencia C-149 de 1993 Corte Constitucional

Fecha de Expedición: 22 de abril de 1993

Fecha de Entrada en Vigencia: 22 de abril de 1993

Medio de Publicación: Gaceta de la Corte Constitucional

IMPUESTOS
- Subtema: Regulación

La retroactividad del impuesto riñe con los mandatos de la Constitución de 1991. La norma tributaria fue retroactiva, en cuanto operó respecto de situaciones ya consolidadas, desconociendo lo estatuido por la Carta. La persona debe estar preparada para cancelar el impuesto y por tanto, sufre daño cuando la imposición de gravámenes cubre situaciones o hechos que ya están fuera de su control y previsión. En tal caso, si el no pago del impuesto es castigado, la persona resulta condenada injustamente, lo cual quebranta postulados básicos de todo sistema jurídico.


La sentencia actualizada se encuentra disponible en la entidad que la origina

Puede verificar esta información en la página de la Relatoría de la Corte Constitucional haciendo clic en el enlace a continuación:

Sentencia C-149 de 1993 Corte Constitucional