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 Sentencia C-1063 de 2003 Corte Constitucional - Gestor Normativo - Función Pública

Sentencia C-1063 de 2003 Corte Constitucional

Fecha de Expedición: 11 de noviembre de 2003

Fecha de Entrada en Vigencia: 11 de noviembre de 2003

Medio de Publicación: Gaceta de la Corte Constitucional

AGUAS
- Subtema: Uso y Conservación

El Art. 159 del Decreto 2811 de 1974, establece una tasa consistente en la utilización de aguas con fines lucrativos, por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, establece su hecho generador y los sujetos pasivos, que son las personas, es decir, los usuarios, pero no señala la base gravable, esto es, la cuantía del hecho generador; dado que los elementos esenciales de los tributos son el hecho generador, los sujetos activo y pasivo, la base gravable y la tarifa, la Corte declara la inexequibilidad de este artículo junto con el 160 de la misma norma.

SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS
- Subtema: Tasas

Las tasas son aquellos ingresos tributarios que se establecen unilateralmente por el Estado, pero sólo se hacen exigibles en el caso de que el particular decida utilizar el servicio público correspondiente. Es decir, se trata de una recuperación total o parcial de los costos que genera la prestación de un servicio público; se autofinancia este servicio mediante una remuneración que se paga a la entidad administrativa que lo presta. Toda tasa implica una erogación al contribuyente decretada por el Estado por un motivo claro que es la prestación de un servicio público específico.


La sentencia actualizada se encuentra disponible en la entidad que la origina

Puede verificar esta información en la página de la Relatoría de la Corte Constitucional haciendo clic en el enlace a continuación:

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