Entidades públicas del país deben cumplir con políticas de inclusión y diversidad en el empleo público

Marzo 12 de 2024 10:22 AM

Los lineamientos responden a lo pactado por el Gobierno del Cambio en el Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026

Los lineamientos responden a lo pactado por el Gobierno del Cambio en el Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026

 

  • Estas estrategias de inclusión laboral del Gobierno Nacional cobijan especialmente a mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos poblacionales.
  • El Departamento Administrativo de la Función Pública recomienda a las entidades crear un Banco Institucional de Hojas de Vida para Jóvenes para proveer los cargos de provisionalidad en vacancia.
  • Las entidades públicas deben cumplir con el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad conforme al tamaño total de la planta de personal.

 

Bogotá, Colombia, martes 12 de marzo de 2024. El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió la Circular Externa 100-005 de 2024 que insta a las entidades públicas al estricto cumplimiento de los lineamientos de la estrategia de inclusión y diversidad en el empleo público en materia de género, jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos poblacionales.

 

Las siguientes medidas responden a lo pactado en el Plan Nacional de Desarrollo 2022 - 2026 “Colombia Potencia de la Vida” y permiten seguir avanzando en la transformación de las administraciones públicas y el empleo público:

 

  1. Para lograr una inclusión laboral digna en igualdad de oportunidades y sin discriminación, se debe dar cumplimiento a las Leyes 1346 de 2009 y 1618 de 2013. Así como los porcentajes de vinculación de personas con discapacidad en el sector público de acuerdo con el tamaño total de la planta de personal, según lo establecido en el Decreto 2011 de 2017.
  2. Para promover el empleo juvenil en el empleo público, se debe cumplir con lo señalado en el Decreto 2365 de 2019, norma que establece que las entidades deberán dar prioridad a la vinculación de jóvenes entre 18 y 28 años, garantizando que cuando adelanten modificaciones de la planta de personal permanente o temporal que lleve a la creación de empleos, el 10 % de las nuevas vacantes se destinará a jóvenes.
  3. Asimismo, se recomienda a las entidades la creación de un Banco Institucional de Hojas de Vida para Jóvenes, que sirva para proveer los cargos en provisionalidad que queden vacantes. Se tendrán en cuenta las hojas de vida de las y los jóvenes que hayan realizado pasantías o prácticas laborales en la entidad en los últimos tres años.
  4. Para promover la igualdad y equidad de género en las administraciones públicas, las entidades deben cumplir con los porcentajes señalados en la Ley 581 de 2000, en relación con la vinculación de las mujeres en cargos de nivel directivo. Asumiendo la importancia de llegar a la paridad de género en estos cargos como lo estipula el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
  5. Cumplir con lo señalado en el Artículo 82 de la Ley 2294 de 2023, en relación con la formalización laboral del empleo público en equidad, en la creación de plantas temporales se deberá garantizar en condiciones de igualdad la inclusión principalmente de jóvenes, personas con discapacidad, personas con identidad de género diversa y otras poblaciones vulnerables, buscando siempre la paridad de género, de acuerdo con lo dispuesto en las normas para estos efectos.

 

Estas medidas deben ser adaptadas por todas las entidades, órganos y organismos del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden nacional, departamental y municipal.

 

Asimismo, Función Pública invita a las demás ramas del poder público, entes autónomos, y organismos de control y vigilancia a adoptar los lineamientos señalados para garantizar un empleo público incluyente, diverso y con equidad.

 

Cifras de inclusión:

 

Mujeres

La última caracterización de las y los servidores públicos en el país, realizada por Función Pública con corte a 31 de diciembre de 2023, evidenció que el 52% de la fuerza laboral del Estado colombiano es ocupado por mujeres, lo que muestra el compromiso del Gobierno del Cambio y de Función Pública por promover activamente la equidad de género, la diversidad e inclusión en el empleo público.

En relación con la Ley 581 del 2000, denominada Ley de Cuotas, el porcentaje de mujeres que ejercen cargos de nivel directivo en el Estado colombiano con corte a 31 de diciembre de 2023 es del 48,61%.

 

Jóvenes

Función Pública ha adelantado acciones para promover el empleo juvenil en las entidades públicas tanto del orden nacional como territorial, gracias a la estrategia denominada Más Jóvenes en el Estado, durante la vigencia 2023, 25.996 jóvenes entre los 18 y 28 años de edad ingresaron al servicio público, de los cuales el 61,8% son mujeres.

A su vez, el Programa Estado Joven, a través de once convocatorias ha beneficiado 13.769 estudiantes quienes han realizado sus prácticas laborales en entidades del orden nacional y territorial, de los cuales el 58,34% de los beneficiados son mujeres.

 

Personas con discapacidad

En temas de inclusión laboral de personas con discapacidad, 13.581 personas con discapacidad están vinculadas y/o contratadas en entidades públicas con corte a diciembre de la vigencia 2023, de los cuales 11.425 son servidoras y servidores públicos, los 2.156 restantes son contratistas.

Función Pública reitera que todas las entidades del sector público deben cumplir con el porcentaje de vinculación laboral de personas con discapacidad de acuerdo al tamaño total de su planta de personal.

Para el Gobierno del Cambio y Función Pública, uno de los pilares fundamentales en la transformación de las administraciones públicas, son la equidad, la diversidad y la inclusión en el empleo público, estos elementos contribuyen al cambio cultural y social, además de que de esta forma se reconoce la otredad de las ciudadanías de nuestro país.


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