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El Informe Ejecutivo Anual de Control Interno anteriormente reglamentado a través del artículo 2.2.21.2.5 del Decreto 1083 de 2015, ha sido modificado, por lo que en adelante será a través del aplicativo FURAG que se estará recolectando la información sobre el avance del Sistema de Control Interno en todas las entidades, por tratarse de una dimensión del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, por lo que el reporte a 28 de febrero de cada vigencia no se debe presentar ante la Función Pública.
En consecuencia, la evidencia que pueda ser requerida por los organismos de control en relación con el Informe Ejecutivo Anual de Control Interno vigencia 2017, corresponderá al reporte presentado a través del FURAG II en noviembre de 2017, por lo que en caso de necesitar el certificado de presentación de dicho reporte, las entidades podrán acceder al aplicativo, mediante el usuario y contraseña asignados podrán descargarla en el menú en la parte superior.
Finalmente, en cuanto a la periodicidad para este reporte que adelante se manejará y las fechas de presentación, será necesario estar atentos a nuestra página web, donde oportunamente estaremos informando los lineamientos correspondientes.