Función pública resuelve inquietudes sobre el Informe Ejecutivo Anual que debe presentarse este sábado 28 de febrero

El Departamento Administrativo de la Función Pública realizó un chat temático el pasado miércoles 25 de febrero para resolver dudas e inquietudes surgidas alrededor del tema de la presentación del Informe Ejecutivo Anual, que debe realizarse a más tardar este sábado 28 de febrero.

Función Pública presenta las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el diligenciamiento del informe.

¿Puedo conocer un bosquejo general del contenido de la encuesta, antes de contestarla?

Debido a la finalidad del formulario para 2015, el cual no sólo indaga por la carencia o existencia de los elementos Meci, sino que también por la madurez, la previsualización del cuestionario definitivamente invalidaría las respuestas obtenidas. Por ende, obtener un bosquejo antes de diligenciar la encuesta no es posible, pero se puede revisar el instructivo que se encuentra en la página del aplicativo, donde podrá encontrar datos de relevancia para el informe.

¿Cuál es el plazo de diligenciamiento del informe ejecutivo anual de Control Interno?

El plazo máximo para el diligenciamiento del informe mediante el aplicativo Meci, es el día 28 de febrero.

¿Si en la entidad no existe oficina de control interno y por lo tanto el informe está a cargo del representante legal, cuál es la opción a responder?

En ese caso seleccionar la opción e) No existe Coordinación y en denominación de la dependencia responsable del control interno la opción h) No existe.

Teniendo en cuenta que la Ley de Transparencia aún no entra en vigencia para los entes territoriales ¿Cómo se tendrá en cuenta este tema en el informe?

Para las entidades del orden territorial no se calificarán las preguntas relacionadas con ese tema.

¿Existe una denominación que me permita indicar que el jefe de control interno es contratado?

En ese caso, en estado actual del cargo de Control Interno seleccione la opción "d" Contratista y en denominación del jefe de control interno o quien hagas sus veces la opción "asignado".

¿Las empresas sociales del estado están obligadas a desarrollar la encuesta de calidad?

La encuesta de calidad no será obligatoria para estas entidades.

¿Las entidades descentralizadas del orden territorial están obligadas al presentar la encuesta de calidad?

Para las entidades del orden territorial no es obligatorio. Sin embargo, si cuenta con un Sistema de Gestión de Calidad la pueden responder.

¿Cómo puedo acceder a las instrucciones de diligenciamiento del formulario?

En la página del aplicativo en la parte de abajo puede descargar las instrucciones de diligenciamiento para que pueda orientarse sobre toda la estructura del reporte.

¿El informe se puede enviar a algún correo?

El informe no debe enviarse a ningún correo, este se diligencia en el mismo aplicativo en la pestaña de informe, donde se deben diligenciar las fortalezas y debilidades del Sistema de Control Interno.

¿Cuándo puedo consultar los resultados de mi reporte?

Una vez se dé el cierre del aplicativo el día 28 de febrero se iniciará con el procesamiento de la información diligenciada y los resultados  podrán visualizarse hacia mediados del mes de marzo del año en curso.

¿Qué debo hacer si mi entidad no tuvo visitas de la Contraloría General y sí de la Contraloría Departamental?

En este caso entonces le recomendamos que si no tuvo visita de la Contraloría general pero si de la Departamental, refleje esta información en el informe cualitativo. Para este caso particular entonces por favor contestar No a la pregunta "Visita Contraloría" en la pestaña Datos Entidad.

Cuando al Ente territorial lo han auditado la Contraloría General y la Departamental en las diferentes modalidades ¿Debo registrar la sumatoria de los hallazgos?

No. En este caso solo debe responder lo que resulto de la Contraloría General y revisar en el informe entregado por esta para conocer si feneció o no la cuenta.

¿Qué debo hacer con los resultados cuantitativos obtenidos?

Los resultados cuantitativos deben ser utilizarlos para revisar las posibles acciones de mejora para el sistema.

Si tuvimos visita de la Contraloría y por equivocación se diligenció en la encuesta que no hubo visita ¿Esa información puedo actualizarla?

No hay problema. Las respuestas dadas en las dos primeras pantallas relacionadas con los Datos de Entidad y Caracterización, son modificables en cualquier momento, exceptuando:

a.        Nombre de la Entidad,

b.        Orden,

c.         Departamento,

d.        Municipio,

e.         Seleccione Categoría Municipal, NIT.