Estas son las preguntas más frecuentes sobre Política de Estímulos

El Departamento Administrativo de la Función Pública realizó el 11 de marzo un chat sobre Política de Estímulos, en el cual se resolvieron las inquietudes más frecuentes de los servidores públicos, acerca de los temas de bienestar e incentivos en la administración pública.

A continuación, se exponen las respuestas a las preguntas manifestadas en el chat temático:

¿Dónde puedo consultar la Guía Metodológica para elaborar el plan de estímulos e incentivos para una entidad?
Puede consultar en los siguientes link las cartillas sobre el contenido del sistema:
Lineamiento de Política - Sistema de Estímulos
Orientaciones Metodológicas - Sistema de Estímulos

¿Qué modelo debe seguir una entidad para la construcción del plan de bienestar?
El Plan de Bienestar Social e Incentivos debe estar conformado por las acciones que se adelantarán y debe responder a un diagnóstico de necesidades que resulta de la aplicación de un instrumento (entrevista, encuesta, reuniones estructuradas por dependencias, etc.), que deberá ser diseñado por cada entidad de acuerdo con sus particularidades y capacidad de respuesta, en términos del presupuesto asignado para atender las necesidades que de éste se deriven.

¿Quién debe definir los lineamientos del gasto para el tema de bienestar?
El plan anual de bienestar debe ser desarrollado por las áreas de talento humano, con el apoyo y aprobación de los representantes legales y la participación de todos los servidores de la entidad, de acuerdo con el presupuesto de la organización.

¿La comisión de personal tiene competencia en lo que respecta a capacitación y estímulos dentro del bienestar social?
La comisión de personal debe participar en la elaboración, ejecución y supervisión de los programas de capacitación y bienestar. Para mayor información se puede consultar el artículo 16 de la Ley 909 de 2004.

Si tengo evaluación del desempeño sobresaliente y la entidad no ha adoptado un plan de estímulos e incentivos ¿Existe algo que pueda exigir como derecho, así no haya plan establecido?
La entidad debe elaborar programas de bienestar e incentivos según los Decretos 1567 de 1998 y el 1227 de 2005, lo cuales establecen que éstos son obligatorios y de estricto cumplimiento.

¿Cuáles son los estímulos e incentivos a los que puede acceder un servidor que se encuentra en provisionalidad?
Los provisionales, por su carácter transitorio, no cuentan con los beneficios de incentivos, pero si con los beneficios de los programas de bienestar en las áreas de protección y servicios sociales y calidad de vida laboral.

¿En el plan de estímulos se pueden incluir personas que estén vinculadas por contrato?
No. No es posible vincular a contratistas en estos programas.

¿Cuándo son programas de recreación es posible vincularlos a programas de bienestar?
Dentro de los programas de protección y servicios sociales se encuentran los programas deportivos, recreativos y vacacionales. En este caso no hay ningún inconveniente, pero se debe evitar que este programa sea el único que se desarrolle y se deje de lado el resto de programas.

¿Existe alguna norma que determine cuál es el porcentaje que se debe otorgar al rubro de bienestar social y laboral?
La norma no estipula un porcentaje específico en el rubro de bienestar. Esto depende de la gestión que adelante el jefe de bienestar y del diagnóstico de necesidades que elaboren, por lo que el compromiso del representante legal en el tema es fundamental.

¿Dentro del plan de bienestar se pueden hacer gastos para el tema de recreación?
La recreación hace parte de los programas de protección y servicios sociales, que hacen parte del bienestar de los empleados y sus familias.

¿En qué marco se pueden otorgar auxilios educativos?
La financiación de la educación formal hace parte de los programas de bienestar social dirigidos a los empleados de libre nombramiento y remoción, a los de periodo y a los de carrera. Las condiciones para acceder a esta financiación es: llevar por lo menos 1 año de servicios continuos en la entidad y acreditar nivel sobresaliente en la evaluación del desempeño.

¿Qué programas educativos contempla el programa de bienestar?
Dentro de los programas de Bienestar está contemplada la educación formal básica, media y universitaria para servidores públicos y su familia.

¿Qué otros incentivos, aparte del educativo, pueden implementarse para reconocer los mejores servidores de cada nivel?
Se pueden implementar ascensos, traslados, encargos, comisiones, becas para educación formal, participación en proyectos especiales, publicación de trabajos en medios de circulación nacional e internacional, reconocimientos públicos a la labor meritoria, financiación de investigaciones, programas de turismo social y puntaje para adjudicación de vivienda, para el caso de los incentivos no pecuniarios.

¿Los postgrados pueden ser parte de los incentivos que brinda la entidad?
Los postgrados pueden ser parte de los incentivos no pecuniarios, dirigidos a servidores de carrera y de libre nombramiento y remoción.

¿Quién fija el porcentaje de respaldo para estudio?
Lo pueden fijar especialmente el representante legal, el jefe de talento humano y quienes tienen el manejo de los recursos, dentro de cada entidad.