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¿Tiene preguntas sobre el Furag? Encuentre acá la respuesta. 24 de Febrero - Fecha limite de diligenciamiento.
Por: Función Pública | Febrero 19 de 2015
- ¿Qué es el Formulario Único Reporte de Avance de la Gestión y quiénes están obligados a diligenciarlos?
Respuesta:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 2482 de 2012, El Formulario Único Reporte de Avance de la Gestión, es una herramienta en línea para el monitoreo, evaluación y control de los resultados institucionales y sectoriales.
Según la circular externo 100-002- 2015 están obligados a diligenciarlo, las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional con excepción de: Los Fondos sin estructura administrativa ni planta de personal, los Fondos Ganaderos, las Electrificadoras y las entidades en proceso de liquidación, supresión o disolución, aunque continúan con la obligación de aplicar, en lo pertinente las políticas de desarrollo administrativo y reportar su avance en los medios que tengan establecidos.
- ¿Cuál es el marco conceptual que sustenta la metodología del Modelo Integrado de Planeación y Gestión?
Respuesta:
El siguiente Marco Conceptual del documento "Metodología del Modelo Integrado de Planeación y Gestión" (el cual está publicado en el Portal del Modelo Integrado: http://modelointegrado.dafp.gov.co en el menú Material de Apoyo / Manuales), que hace referencia al Sistema de Desarrollo Administrativo, establece lo siguiente:
El proceso de planeación de las entidades públicas debe partir de lo establecido en los artículos 26 y 29 de la Ley 152 de 1994, en lo referente a elaborar, con base en los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, un Plan Indicativo Cuatrienal, con Planes de Acción Anuales, instrumentos que se constituyen en la base para la evaluación de resultados. Adicionalmente, en la elaboración del Plan de Acción se deben tener en cuenta los principios generales de autonomía, ordenación de competencias, coordinación, consistencia, prioridad del gasto público social, continuidad, participación, sustentabilidad ambiental, desarrollo armónico de las regiones, proceso de planeación, eficiencia, viabilidad y coherencia, así como las disposiciones constitucionales y legales pertinentes.
De otra parte, y a partir de los lineamientos de la Estrategia Transversal de Buen Gobierno las entidades deben definir acciones sectoriales acordes con el Plan de Gobierno y el Plan Nacional de Desarrollo, las cuales serán implementadas a través de Planes Estratégicos Sectoriales y Planes Estratégicos Institucionales; entiéndase éstos últimos como el Plan Indicativo Cuatrienal de la Ley 152 de 1994.
La planeación se constituye entonces en el mecanismo de articulación, a través de sus tres modalidades: Plan Estratégico Sectorial, Plan Estratégico Institucional y Plan de Acción Anual. Estos planes se convierten en la gran sombrilla que recoge los requerimientos de otras políticas, estrategias e iniciativas de gobierno, sin desconocer que muchas de ellas poseen metodologías e instrumentos propios. Por tanto, a través de una planeación integral se busca simplificar y racionalizar la labor de las entidades en la generación y presentación de planes, reportes e informes.
Estos planes, en su componente estratégico contemplan: la misión de cada entidad, su visión, los objetivos, las metas cuatrienales, los indicadores, las estrategias, los programas, acciones y productos. A partir del componente estratégico, las entidades definen las actividades, productos e indicadores a seguir, en un plazo de un año, para el cumplimiento de las metas cuatrienales fijadas.
Adicionalmente, para la formulación de los planes es necesario tener en cuenta las cinco políticas de desarrollo administrativo: Gestión Misional y de Gobierno; Transparencia, Participación y Servicio al Ciudadano; Gestión del Talento Humano; Eficiencia Administrativa; Gestión Financiera, las cuales permiten enmarcar el quehacer misional y de apoyo, tomando como referentes las metas de gobierno establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, las competencias normativas asignadas a cada entidad y el marco fiscal, al igual que los resultados de la evaluación del ejercicio de planeación del período anterior.
Así mismo, la Estrategia de Gobierno en línea está inmersa en el desarrollo de estas cinco políticas y se deberá implementar como una herramienta dinamizadora en lo relacionado con el uso de los medios electrónicos y, en general, de tecnologías de información y comunicaciones, siguiendo los lineamientos definidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
El monitoreo, evaluación y control de los resultados institucionales y sectoriales utilizará como insumo los avances registrados en el Formulario Único Reporte de Avances de la Gestión y se adelantará a través del Modelo Estándar de Control Interno y del Sistema de Seguimiento a Metas de Gobierno, administrados por el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Departamento Nacional de Planeación, respectivamente.
El Modelo Integrado de Planeación y Gestión, contempla los siguientes elementos:
a. Referentes-Insumos: Punto de partida para la construcción de la planeación, incluyen las metas de Gobierno establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, las competencias normativas asignadas a cada entidad y el marco fiscal.
b. Políticas de Desarrollo Administrativo: Conjunto de lineamientos que orientan a las entidades en el mejoramiento de su gestión para el cumplimiento de las metas Institucionales y de Gobierno, a través de la simplificación de procesos y procedimientos internos, el aprovechamiento del talento humano y el uso eficiente de los recursos administrativos, financieros y tecnológicos.
c. Metodología: Esquema de planeación articulado, que facilita la implementación de las políticas e iniciativas gubernamentales que estén orientadas a fortalecer el desempeño institucional, en procura del cumplimiento de las metas Institucionales y de Gobierno para la prestación de un mejor servicio al ciudadano.
d. Instancias: Responsables de liderar, coordinar y facilitar la implementación del modelo a nivel Sectorial e Institucional.
e. Formulario Único Reporte de Avances de la Gestión: Herramienta en línea de reporte de avances de la gestión, como insumo para el monitoreo, evaluación y control de los resultados Institucionales y Sectoriales.
- ¿Quiénes son los responsables de liderar, coordinar y facilitar la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión?
Respuesta:
Serán responsables de liderar, coordinar y facilitar la implementación del modelo integrado, las siguientes Instancias:
A NIVEL SECTORIAL el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, presidido por el Ministro o Director del Departamento Administrativo del sector respectivo y los directores, gerentes o presidentes de los organismos y entidades adscritas o vinculadas. La Secretaría Técnica de este comité será ejercida por el Jefe de la Oficina de Planeación o quien haga sus veces, del Ministerio o Departamento Administrativo correspondiente.
El Comité de Desarrollo Administrativo, de conformidad con lo señalado en la Ley 489 de 1998 modificada por el Decreto 019 de 2012, deberá hacer seguimiento a las estrategias sectoriales por lo menos una vez cada tres (3) meses.
A NIVEL INSTITUCIONAL, Comité Institucional de Desarrollo Administrativo, instancia orientadora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en donde se discutirán todos los temas referentes a las Políticas de Desarrollo Administrativo y demás componentes del modelo. Este comité sustituirá los demás comités que tengan relación con el modelo y no sean obligatorios por mandato legal.
En el nivel Central, dicho comité será liderado por el Viceministro o Subdirector de Departamento Administrativo o Secretarios Generales. En el nivel descentralizado, por los Subdirectores Generales o Administrativos, o los Secretarios Generales o quienes hagan sus veces. La Secretaría Técnica de este comité será ejercida por el Jefe de la Oficina de Planeación o quien haga sus veces.
- ¿Qué entidades deben implementar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión?
El ámbito de aplicación del Decreto 2482 de 2012 son las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional, organizados en los términos señalados en el artículo 42 de la Ley 489 de 1998, es decir en sectores administrativos.
La Rama Ejecutiva del Poder Público en el orden nacional, está integrada por los siguientes organismos y entidades:
1. Del Sector Central:
a. La Presidencia de la República;
b. La Vicepresidencia de la República;
c. Los Consejos Superiores de la administración;
d. Los ministerios y departamentos administrativos;
e. Las superintendencias y unidades administrativas especiales sin personería jurídica.
2. Del Sector descentralizado por servicios:
a. Los establecimientos públicos;
b. Las empresas industriales y comerciales del Estado;
c. Las superintendencias y las unidades administrativas especiales con personería jurídica;
d. Las empresas sociales del Estado y las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios;
e. Los institutos científicos y tecnológicos;
f. Las sociedades públicas y las sociedades de economía mixta;
g. Las demás entidades administrativas nacionales con personería jurídica que cree, organice o autorice la ley para que formen parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público.
Sin perjuicio de la autonomía de que gozan las entidades territoriales, las asambleas departamentales, los concejos distritales y municipales dispondrán la conformación de los comités de desarrollo administrativo, según su grado de complejidad administrativa.
Igualmente regularán en forma análoga a lo dispuesto para el nivel nacional, los fundamentos del Sistema de Desarrollo Administrativo.
Así mismo, las entidades autónomas y las sujetas a regímenes especiales en virtud de mandato constitucional o legal, a través su máximo órgano de dirección, adoptarán las políticas de desarrollo administrativo establecidas en el artículo 3° del decreto 2482 de 2012.
- ¿Existe alguna sanción por el incumplimiento de las disposiciones de elaboración y publicación de políticas derivadas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión?
Respuesta:
El artículo 81 del Estatuto Anticorrupción, dispone que el incumplimiento en la implementación de las políticas institucionales y pedagógicas contenidas en el capítulo sexto, en el que se encuentra desarrollado el "Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano", el "Plan de Acción", la "Política Antitrámites" se considera falta disciplinaria grave.
- ¿Cómo se ingresa al Formulario Único Reportes de Avances de la Gestión?
Respuesta:
Ingrese al Portal: https://modelointegrado.dafp.gov.co/hs/faces/contexto_2014
utilizando alguno de los siguientes navegadores:
Google Chrome Mozilla Firefox
IMPORTANTE: Si usted es Jefe de Planeación, asegúrese de tener a la mano el usuario que le fue asignado por el DAFP; la clave o contraseña la podrá obtener siguiendo los pasos que le aparecerán en la pantalla.
Si es usted es un "usuario interno" o un Jefe de Control Interno, debe tener a mano el Usuario asignado por el Jefe de Planeación.
Siga las instrucciones que aparecen en el documento Instructivo Diligenciamiento Formulario Único Reporte de Avance de la Gestión publicado en el Portal del Modelo Integrado: http://modelointegrado.dafp.gov.co en el menú Material de Apoyo / Documentos.
- ¿Una vez se guarde las respuestas en el aplicativo, me permite cambiarla?
Las respuestas diligenciadas en el formulario, pueden ser cambiadas antes del cierre del Formulario, es decir, antes de la fecha máxima de diligenciamiento.
- ¿El Administrador de Institución (Jefe de Planeación) puede cambiar las respuestas?
SI, el usuario Administrador de Institución que reporta tiene total acceso a todo el Formulario y las funcionalidades del aplicativo destinadas a las Instituciones. Hasta antes de la fecha máxima de diligenciamiento.
- ¿Qué Rol va a tener el Jefe de Control Interno en el reporte del Formulario Único Reportes de Avance de la Gestión?
El rol del Jefe de Control Interno es el de revisar y hacer monitoreo al diligenciamiento del formulario en el aplicativo, por ello, el Administrador de Institución (Jefe de Planeación) debe asignar un usuario con el rol "Control Interno" en el aplicativo.
- ¿El usuario de Control Interno puede contestar o cambiar alguna pregunta?
El rol de Control Interno permite revisar la información diligenciada en el formulario, este rol NO permite contestar o cambiar los datos registrados.
- ¿Dónde puedo consultar mayor información acerca del Modelo Integrado de Planeación y Gestión?
Respuesta:
Por favor, consulte en el portal: http://modelointegrado.dafp.gov.co
Y en los siguientes canales de comunicación recibirá información personalizada: