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Servidores públicos del Orden Nacional comienzan período de declaración de bienes y rentas en el SIGEP

Servidores públicos del Orden Nacional comienzan período de declaración de bienes y rentas en el SIGEP

Abril 05 de 2021 09:52 AM

Mujer con tapabocas trabajando en computador portátil

Función Pública recuerda la importancia de cumplir con la declaración de bienes y rentas de los servidores públicos.  

       

        
•    Tienen plazo máximo de diligenciar la actualización de la información hasta el próximo 31 de mayo de 2021.
•    Los servidores públicos de entidades que se encuentran activas en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP).
        
 
                
Bogotá, lunes 05 de abril de 2021.- El Departamento Administrativo de la Función Pública invita a los servidores públicos de las entidades y organismos del orden nacional a diligenciar el formulario único de declaración de bienes y rentas a través del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público (SIGEP).

 

“La declaración de bienes y rentas de los servidores públicos es un compromiso constitucional de todo el Estado con la transparencia y honestidad en nuestro proceder para la construcción de un mejor país. Invito a todos los servidores a diligenciar este formulario y a cumplir con esta obligación”, anotó la directora encargada de Función Pública, Claudia Hernández.

 

La actualización de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica tiene como plazo máximo el próximo 31 de mayo, según lo establece el Decreto 1083 de 2015.

 

En caso de que el organismo o entidad no esté vinculado a este Sistema, el servidor deberá presentar de forma física la declaración de bienes y rentas a la unidad de personal o la que haga sus veces.

 

La Declaración de Bienes y Rentas solicita información como datos personales, obligaciones, conformación familiar y bienes patrimoniales del servidor, así como ingresos laborales y no laborales con fecha de corte a 31 diciembre de 2020.

 

Acerca de la Declaración de Bienes y Rentas (Ley 190 de 1995) 

 

La Declaración de Bienes y Rentas es una obligación de todos los servidores públicos de entidades y organismos públicos y se realiza en el SIGEP en tres momentos: ingreso, periódica y retiro. La declaración periódica se efectúa anualmente entre el primero de abril y el 31 de mayo en el orden nacional y entre el primero de junio y el 31 de julio para el orden territorial, de acuerdo con lo establecido en la Ley 190 de 1995 y el Decreto 1083 de 2015.

 

Vale la pena señalar que la Ley 2013 de 2019 obliga solamente a gerentes y altos directivos del Estado de las tres ramas del poder público, servidores de elección popular y contratistas, solicita la publicación y divulgación de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, con el objetivo de cumplir los principios de transparencia y publicidad, y la promoción de la participación y control social en el Estado, por lo cual es pública.

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