Portal Función Pública

Sala de prensa

Noticias

Para realizar una búsqueda seleccione año y mes, si usted quiere que su búsqueda sea más precisa le sugerimos utilizar el campo: filtrar por palabra clave.

Se modifica el plazo para la Declaración de Bienes y Rentas a través del SIGEP
  • La modificación en las fechas de diligenciamiento rigen a partir del presente año.
  • El vigencia a declarar es la 2016 y corresponde al periodo entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

 

 

Bogotá, martes 28 de marzo de 2017. A partir de la fecha, el plazo para el diligenciamiento de la declaración de bienes y rentas de los servidores del Estado fue modificado. Los servidores públicos de las entidades y organismos del orden nacional tendrán que hacerlo entre el 1° de abril y el 31 de mayo de cada vigencia; mientras que los servidores públicos del orden territorial lo harán entre el 1° de junio y el 31 de julio de cada vigencia.

 

Así lo estipula el Decreto 484 de 2017 expedido por el Gobierno nacional, por el cual se modifican unos artículos del Título 16 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública en relación con los plazos para presentar la declaración juramentada de bienes y rentas por parte de los servidores públicos.

 

La actualización de la declaración de bienes y rentas y de la actividad económica será efectuada a través del Sistema de Información y Gestión de Empleo Público-SIGEP.

 

En el evento en que el organismo o entidad no esté vinculado al Sistema de Información y Gestión de Empleo Público-SIGEP, el servidor deberá presentar de forma física la declaración de bienes y rentas a la unidad de personal o la que haga sus veces.

 

Una vez las entidades y organismos públicos se vinculen al Sistema de Información y Gestión de Empleo Público - SIGEP la actualización de la información de la declaración de bienes y rentas se efectuará a través de este Sistema.

 

Así mismo, se aclaró que el corte de cuentas para la declaración de bienes y rentas al momento de ingreso al servicio y de actualización será el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de su presentación. En caso de retiro del servidor público de la entidad, la actualización en el sistema se hará con corte a la fecha en que se produjo este hecho y deberá ser presentada por el servidor público dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.

¿Quieres realizar una búsqueda?

Últimas noticias


Entidades territoriales reciben orientación para desarrollar segunda parte del estudio técnico de formalización laboral

El Departamento Administrativo de la Función Pública transmitió el tercer webinar para orientar a municipios y...


Ciudadanos están invitados a participar en la formulación del plan de acción de la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas

Ciudadanos y ciudadanas, tienen plazo hasta el próximo 30 de marzo de enviar sus observaciones al Plan de Acció...


Juntémonos para tejer lo público llega a 4 departamentos en 2024

En compañía de 54 entidades, Función Pública lanzó la estrategia Juntémonos para tejer lo público 2024, que lle...


Plazo para que 171 municipios PDET y 57 entidades rindan cuentas de paz vence el próximo 31 de marzo

El Departamento Administrativo de Función Pública invita a las autoridades de los municipios PDET y entidades a...


Entidades públicas del país deben cumplir con políticas de inclusión y diversidad en el empleo público

Bogotá, Colombia, martes 12 de marzo de 2024.- El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió la C...

Leer todas las noticias

A+
A-