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Gobierno Nacional expide Decreto para fortalecer el empleo público a nivel territorial con el propósito de facilitar la implementación del Acuerdo de Paz
  • El decreto ley contempla medidas en diversos aspectos como capacitación, estímulos, evaluación, plantas temporales y meritocracia.

               

               

El decreto ley contempla medidas en diversos aspectos como capacitación, estímulos, evaluación, plantas temporales y meritocracia.

 

Bogotá, martes 30 de mayo de 2017. Con el fin de fortalecer el empleo público, particularmente en los territorios más afectados por el conflicto y donde se pondrán en marcha de manera prioritaria los diversos programas y planes para la implementación del Acuerdo de Paz, el Presidente Juan Manuel Santos –al amparo de las facultades que le otorgó el Congreso de la República– expidió el Decreto 894 del 28 de mayo del año en curso.

 

El decreto ley contempla medidas en materia de capacitación, estímulos, evaluación del desempeño, plantas temporales y selección meritocrática y diferencial de los servidores públicos, particularmente a nivel territorial.

 

Independientemente de su tipo de vinculación con el Estado, el decreto establece que todos los servidores públicos podrán acceder, en igualdad de condiciones, a la capacitación, el entrenamiento y a los programas de bienestar que cada entidad adopte.

 

Así mismo, la Escuela Superior de Administración Pública –en coordinación con el Departamento Administrativo de la Función Pública– deberá diseñar y ejecutar anualmente programas de formación y capacitación dirigidos específicamente a aumentar las capacidades técnicas y relacionales (para garantizar la no estigmatización y la resolución pacífica de los conflictos) de los servidores públicos de los municipios priorizados por el gobierno nacional para la implementación del Acuerdo de Paz.

 

En materia de selección e ingreso al empleo público a nivel territorial, el decreto 894 de 2017 establece que la Comisión Nacional del Servicio Civil podrá delegar sus competencias en entidades nacionales o territoriales para adelantar procesos de selección de personal, garantizando mayor agilidad y oportunidad en estos procesos.

 

Igualmente, se deberá adoptar un enfoque diferencial y territorial en los procesos de selección y evaluación del desempeño laboral de los servidores públicos de los municipios priorizados, así como un sistema específico de nomenclatura, requisitos, competencias, salarios y prestaciones que garantice el ingreso bajo condiciones diferenciales, sin vulnerar, en todo caso, el principio de mérito.

 

En este mismo sentido, se establece un sistema de estímulos diferenciado para los servidores públicos de los municipios priorizados para la implementación del Acuerdo de Paz (especificados en el decreto 893 de mayo de 2017 por medio del cual se crean los "Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial"), el cual estará integrado por diversos programas de bienestar e incentivos, los cuales permitirán aumentar la eficiencia y la satisfacción de los empleados del Estado a nivel territorial.

 

Finalmente, bajo la consideración de que en los municipios que serán protagonistas de la implementación del acuerdo de paz, resulta fundamental la creación de plantas temporales para avanzar en la formalización del empleo, el decreto regula en esta materia, determinando para ello las causales de retiro de los empleados temporales.

 

La construcción de la paz requerirá un decidido fortalecimiento de la administración pública territorial para encaminar a los municipios más afectados por el conflicto en la senda del desarrollo y la reconciliación, siendo los servidores públicos protagonistas en la implementación de todas las políticas, planes y programas que contempla el Acuerdo de Paz. Este decreto es un instrumento para avanzar hacia el logro de este propósito.

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