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Función Pública expide Resolución que fija lineamientos para que las entidades del Estado den cumplimiento al artículo 14 de la Ley ProJoven

Bogotá, miércoles 24 de mayo de 2017. Con el propósito de dar a conocer los lineamientos que deben tener en cuenta las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, Legislativa y Judicial, Órganos Autónomos y de Control y Organización Electoral al momento en que adelanten modificaciones a su planta de personal, para dar cumplimiento al diez por ciento (10%) establecido en la Ley 1780 de 2016, -Ley ProJoven- y vincular a profesionales sin experiencia, Función Pública ha expedido la Resolución 371 de 2017.

 

Consulte la Resolución 371 de 2017 en este enlace.

 

Cabe señalar que la Ley 1780 de 2016 fue expedida con el objetivo de promover el empleo y el emprendimiento juvenil, así como generar medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo para este segmento de la población.

 

La Resolución 371 de 2017 de Función Pública señala que si la modificación de la planta implica la creación de empleos permanentes del nivel profesional, "en el diez por ciento (10%) de los mismos no se deberá exigir experiencia profesional".

 

Este porcentaje de empleos, añade la mencionada Resolución, "se podrá cumplir a través de empleos que exijan 24, 36 o 48 meses de experiencia", siempre y cuando, aclara "en el respectivo manual de funciones y competencias laborales se permita acreditarla con las equivalencias consagradas en los Decretos Ley 770 y 785 de 2005 o en las normas que consagren los sistemas especiales o específicos".

 

Así mismo, previendo el caso de que no exista la viabilidad para crear este porcentaje de cargos en la nueva planta de personal, este requisito será cumplido "cuando se demuestre que en el 10% o más de los empleos de la respectiva planta de personal vigente no se exige experiencia profesional o se prevé, para el desempeño del cargo, la aplicación de las equivalencias consagradas en el artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1083 de 2015".

 

El cumplimiento de este porcentaje de empleos debe ser reportado anualmente a Función Pública a través del Formulario Único de Reporte de Avance de la Gestión — FURAG en su versión II.

 

Para facilitar la implementación de lo dispuesto en esta Resolución, Función Pública brindará la asesoría requerida.

 

Con esta iniciativa la Función Pública ratifica su compromiso de vincular y atraer a jóvenes sin experiencia al servicio público.   

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