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Función Pública expide circulares como resultado del Acuerdo Único Nacional entre el Gobierno y sindicatos de servidores públicos
  • Las circulares señalan disposiciones sobre encargo, horarios flexibles, modificación de la estructura interna y planta de personal de entidades públicas, servicio de transporte, protección laboral especial y bienestar social. 
  • Las circulares dan cumplimiento al acuerdo suscrito el 11 de mayo de 2015 entre el Gobierno Nacional y las organizaciones sindicales de servidores públicos. 
  • De 100 peticiones trabajadas en la mesa general el Gobierno Nacional y los representantes de los sindicatos públicos alcanzaron 73 acuerdos, dentro de los que se destaca un incremento salarial para 2015 del  4.66%- y para 2016 del Índice de inflación más un punto porcentual.
 
Las Circulares van dirigidas a las entidades de la rama Ejecutiva de orden nacional y territorial
 
 
Función Pública expidió circulares con disposiciones sobre encargo, horarios flexibles, modificación de la estructura interna y planta de personal, servicio de transporte, protección laboral especial y bienestar social, dando cumplimiento al Acuerdo Único Nacional entre el  Gobierno Nacional y las organizaciones sindicales de servidores públicos, suscrito el 11 de mayo de 2015.
 
 
"Esta negociación colectiva tuvo un alcance integral. Fue muy valioso para el Departamento encontrar coincidencias en los aspectos de fondo incluidos en el pliego de peticiones y que el Gobierno ya contempló en las metas del Sector Función Pública en el Plan Nacional de Desarrollo para el cuatrienio como la formalización laboral, los concursos para acceder al empleo público y lo relacionado con bienestar y capacitación para los servidores" explicó Liliana Caballero.
 
 
En materia de formalización laboral el Congreso de la República aprobó dentro del Plan Nacional de Desarrollo el artículo 74 propuesto por el Gobierno Nacional, y ajustado según lo discutido en la mesa de negociación, de acuerdo con el cual se "adoptará la política nacional de trabajo decente, para promover la generación de empleo, la formalización laboral y la protección de los trabajadores de los sectores público y privado. Las entidades territoriales formularán políticas de trabajo decente en sus planes de desarrollo, en concordancia con los lineamientos que expida el Ministerio del Trabajo".
 
 
Estas son las Circulares Expedidas: 
 
Circular Externa No. 100-07-2015, sobre el derecho preferencial de los empleados de carrera a ser encargados: recuerda que los empleos de carrera administrativa que se encuentren vacantes en forma definitiva o temporal se proveerán preferencialmente mediante encargo a los empleados de carrera, siempre que cumplan con las condiciones determinadas en la Ley 909 de 2004. En el evento que no existan dentro de la planta de personal empleados de carrera que puedan ser encargados por no reunir los requisitos, será procedente efectuar nombramientos provisionales, de manera excepcional. 
 
Circular Externa No. 100-08-2015, sobre horarios flexibles para servidores públicos: indica que el representante legal de cada entidad podrá fijar horarios flexibles a sus empleados, dentro del límite máximo de cuatro (44) horas semanales, en procura de mejorar la calidad de vida de los servidores públicos, generar un mayor rendimiento y productividad y propender por la satisfacción y motivación de los servidores. Las entidades que establezcan estos horarios flexibles de trabajo deberán informar a la Función Pública la adopción de estas medidas, dentro de los diez (10) siguientes a su formalización a la Dirección de Empleo Público.
 
 
Circular Externa No. 100-09-2015, sobre la modificación de la estructura interna y planta de personal de entidades públicas: estipula que procesos de rediseño institucional o modificación de la estructura interna y/o de reforma de planta de empleos, que inicien las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y Territorial, deberán garantizar en dichos procesos la participación efectiva de las organizaciones sindicales de la respectiva entidad, con el fin de escuchar sus inquietudes y sugerencias sobre el particular. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades constitucionales y legales asignadas a las diferentes autoridades públicas para la adopción y expedición de los actos administrativos correspondientes. 
 
Circular Externa No. 100-10-2015, sobre la posibilidad de prestar el servicio de transporte a los servidores públicos: reitera que las entidades públicas deberán estudiar si en el marco de los programas de bienestar social, en el área de calidad de vida laboral, es viable prestar el servicio de transporte a los servidores de la entidad, teniendo en cuenta sus condiciones presupuestales.
 
 
Circular Externa No. 100-12-2015, sobre protección laboral especial: indica que la Ley 790 de 2002 y el Decreto Reglamentario 190 de 2003 consagran una beneficio aplicable a las madres y padres cabeza de familia sin alternativa económica, las personas con limitación física, mental, visual o auditiva y los servidores que les faltan tres (3) o menos años para cumplir con la totalidad de los requisitos de edad y tiempo de servicio para disfrutar de su pensión de jubilación o de vejez, quienes, por encontrarse en condiciones de vulnerabilidad no pueden ser retirados del servicio en desarrollo de procesos de reestructuración modernización y/o rediseño institucional de la administración pública. En este sentido, las entidades de todos los niveles de la administración, tanto nacional como territorial que adelanten procesos de reestructuración que impliquen modificación de plantas de personal, es decir, aquellos en los que se supriman empleos públicos, deberán tener en cuenta la protección laboral especial y en este sentido, expedirán los actos administrativos necesarios para la aplicación de las normas citadas.
 
Circular Externa No. 100-13-2015, sobre programas de bienestar social: invita a las entidades a gestionar los temas que hacen parte de los programas de protección y servicios sociales tales como: deportivos, recreativos y vacacionales; artísticos y culturales; promoción y prevención de la salud; capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado,  a través de convenios con las Cajas de Compensación u otros organismos que faciliten subsidios o ayudas económicas, con el fin de lograr mayores niveles de cobertura de los programas de protección y servicios sociales y fomentar el uso adecuado de recursos y alianzas estratégicas.
 
Las circulares van dirigidas a los representantes legales de las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial. 
 
Función Pública es la entidad estratégica, técnica y transversal del Gobierno Nacional que contribuye al bienestar de los colombianos mediante el mejoramiento continuo de la gestión de los servidores públicos y las instituciones en todo el territorio nacional.
 
 

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