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Facultades extraordinarias para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios en la Administración Pública

Dirconit



En la actualidad, el Proyecto de Ley No. 142 de 2010 – Senado, 174 de 2010 – Cámara “por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, fue votado favorablemente y se encuentra en etapa de conciliación, consagrando un parágrafo, mediante el cual se  reviste al “Presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para que en el término de seis meses, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente ley, expida normas con fuerza de ley para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la administración pública” con excepción de los trámites relacionados con licencias ambientales.

Este Departamento Administrativo, conjuntamente con la Presidencia de la República y el Ministerio del Interior y de Justicia, han solicitado a todos los sectores administrativos presentar sus propuestas a través de la entidad cabeza de sector, en la  matriz entregada para tal fin a los Secretarios Generales. El plazo máximo para remitirla es el día 27 de mayo del año en curso.

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