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Expiden Circular Conjunta sobre concurso de méritos para la selección de gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado, ESE
  • La Circular está firmada por la Función Pública, la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Educación Nacional.
  • Las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial deberán seleccionar instituciones de educación superior acreditadas para realizar concursos o procesos de selección, que sean idóneas y garanticen la transparencia, moralidad, igualdad, imparcialidad y el mérito en el concurso.
 
En el concurso de méritos público y abierto, deberán aplicarse pruebas dirigidas a evaluar los conocimientos y las aptitudes que permitan determinar que el aspirante es idóneo para el desempeño del cargo
 
Bogotá, miércoles 30 de marzo de 2016. La Función Pública, la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Educación Nacional expidieron la Circular Conjunta No. 100-01-2016, acerca del Concurso de Méritos para la selección de gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado.
 
La Circular expresa que "el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007 determinó que los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado –ESE- del nivel nacional y territorial serán nombrados por periodos institucionales de cuatro (4) años, mediante concurso de méritos que deberá realizarse dentro de los tres (3) meses siguientes al inicio del periodo del Presidente de la República o del Jefe de la entidad territorial según el caso, periodo que inició, para los jefes de las entidades territoriales, el pasado 1 de enero de 2016". 
 
De acuerdo con lo anterior,  la Circular expone 5 pautas a seguir en la realización de los concursos para seleccionar y designar Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial, que son:
 
1. Las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial deberán seleccionar Instituciones de Educación Superior acreditadas para realizar concursos o procesos de selección, que sean idóneas y garanticen la transparencia, moralidad, igualdad, imparcialidad y el mérito en el concurso. Antes de entrar en vigencia la Ley 1753 de 2015 la Comisión Nacional del Servicio Civil había acreditado Instituciones de Educación Superior para tal fin, y por ende con aquellas que tengan vigente esa acreditación o con las que sean acreditadas por la Comisión, en cumplimiento del Decreto 413 de 2016 se deben alentar dichos procesos de selección.
 
2. De acuerdo con lo mencionado en dicho Decreto, el Ministerio de Educación Nacional expedirá las reglas para la mencionada acreditación ante esa entidad de instituciones que presenten su solicitud después del 9 de junio de 2015.
 
3. En las bases para la realización de los concursos, las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial definirán reglas imparciales, objetivas, justas, claras y completas para garantizar una selección transparente y que garantice el ingreso al mejor candidato.
 
4. La publicidad de las convocatorias a concurso será efectuada por cada entidad a través de los medios que garanticen su conocimiento, a nivel nacional y permitan la libre concurrencia.
 
5. En el concurso de méritos público y abierto, deberán aplicarse pruebas dirigidas a evaluar los conocimientos y las aptitudes que permitan determinar que el aspirante es idóneo para el desempeño del cargo, para lo cual deberá tener en cuenta los estándares mínimos establecidos en la Resolución 165 de 2008.
 
Finalmente la Circular afirma que "la Procuraduría General de la Nación, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Educación Nacional y la Función Pública realizarán un acompañamiento a los concursos o procesos de selección que se realicen en este sentido y en caso de incumplimiento del procedimiento o de presentarse hechos u omisiones que afecten la transparencia de los mismos y de sus resultados, presentarán las denuncias correspondientes o adelantarán los procesos a que haya lugar". 
 
Para consultar la Circular completa ingrese al siguiente enlace:  http://bit.ly/1SmUb7X 
Para consultar el Decreto 413 de 2016 ingrese al siguiente enlace: http://bit.ly/1omkYsG 
 
Función Pública es la entidad estratégica, técnica y transversal del Gobierno Nacional que contribuye al bienestar de los colombianos mediante el mejoramiento continuo de la gestión de los servidores públicos y las instituciones en todo el territorio nacional.
 

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