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Estas son las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el diligenciamiento de la Declaración de Bienes y Rentas
  • Los servidores, a través del formulario de Bienes y Rentas, deben suministrar información como datos personales, obligaciones, conformación familiar, bienes patrimoniales e ingresos laborales y no laborales con vigencia a diciembre de 2015.
  • La información entregada es reservada, y sólo se suministrará ante solicitudes de los organismos de control o de la justicia ordinaria.

 

Los servidores de todas las entidades del país tienen plazo hasta el 31 de marzo para presentar su Declaración de Bienes y Rentas de la vigencia 2015

 

Bogotá, jueves 10 de marzo de 2016.  Con el objetivo de asesorar a los servidores públicos en el diligenciamiento del Formulario de Bienes y Rentas, el cual debe ser entregado a las oficnas de talento humano de cada entidad a más tardar el 31 de marzo, Función Pública resuelve las inquietudes más frecuentes sobre este tema.

 

1. ¿Qué es la Declaración de Bienes y Rentas?

La Declaración de Bienes y Rentas es una responsabilidad que tienen todos los servidores públicos en desarrollo de la Ley Anticorrupción, la cual prevé que todo servidor debe registrar los bienes y recursos que posee, así como aquella información personal, como garante de la transparencia de sus actuaciones.

 

2. ¿Qué norma reglamenta la presentación de la Declaración de Bienes y Rentas?

La Ley 190 de 1995 en sus artículos 13 al 15, reglamentó que la presentación de dicha declaración es un requisito para la posesión en un empleo y que debe actualizarse cada anualidad y al retiro del servicio.

 

3. ¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración de Bienes y Rentas?

Están obligados todos los servidores públicos del país, de acuerdo con el artículo 122 de la Constitución Política que establece que "antes de tomar posesión del cargo, al retirarse del mismo o cuando autoridad competente se lo solicite deberá declarar, bajo juramento, el monto de sus bienes y rentas. Dicha declaración sólo podrá ser utilizada para los fines y propósitos de la aplicación de las normas del servidor público". 

 

Igualmente al artículo 227 del Decreto Ley 019 de 2012 que en su segundo párrafo señala que "los servidores públicos deberán diligenciar la Declaración de Bienes y Rentas de que trata el artículo 122 de la Constitución Política". 

 

Es importante aclarar que los contratistas no se encuentran obligados a realizar esta Declaración.

 

4. ¿Cuáles son los tipos de Declaración de Bienes y Rentas?

Existen tres tipos de Declaración de Bienes y Rentas:

 

• Ingreso: Corresponde a la declaración que se debe diligenciar si se va a posesionar en un empleo.

• Periódica: Corresponde a la actualización que se debe presentar en cada anualidad.

• Retiro: Corresponde a la que se debe presentar por motivos de retiro del servicio.

 

5. ¿Hasta cuándo hay plazo para el diligenciamiento de la Declaración de Bienes y Rentas?

Para cada tipo de declaración hay un plazo que es el siguiente:

 

Ingreso: Se debe presentar al momento de la posesión.

Periódica: De acuerdo con el artículo 2.2.16.4 del Decreto 1083 de 2015 la actualización de la Declaración de Bienes y Rentas y de la actividad económica, debe ser presentada únicamente por los servidores públicos a más tardar el último día del mes de marzo de cada anualidad, es decir que para este año el plazo vence este 31 de marzo.

Retiro: De acuerdo con el artículo 2.2.16.4 del Decreto 1083 de 2015 la declaración de retiro debe ser presentada por el servidor público dentro de los tres días hábiles siguientes al retiro del servicio.

 

6. ¿Qué pasos se deben seguir para declarar bienes y rentas?

Para realizar la Declaración, los servidores públicos deben diligenciar el Formulario de Bienes y Rentas, al que se puede acceder ingresando a http://bit.ly/1TQLXKv. En este sitio web, el servidor público dispondrá de la ruta de acceso al formulario, así como al instructivo "Cómo diligenciar su declaración de bienes y rentas". Después de diligenciarlo se debe imprimir, firmar y entregar a la Oficina de Talento Humano de la entidad donde labora el servidor.

 

7. ¿Cómo puede acceder un servidor al formulario de Declaración si no está inscrito en el Sigep?

Para los servidores de entidades que a la fecha no han ingresado al Sistema de Información y Gestión del Empleo Público, Sigep, deben utilizar el formato previsto en el portal de la Función Pública, en el enlace  http://bit.ly/1Si9OSv  y entregarlo diligenciado en la oficina de Talento Humano de la entidad a la que pertenece.

 

8. ¿Qué datos se deben aportar en la Declaración?

A través del formulario de Bienes y Rentas se solicita información como datos personales, obligaciones, conformación familiar y bienes patrimoniales del servidor, así como ingresos laborales y no laborales con vigencia a diciembre de 2015.

 

9. ¿Deben incluirse las cesantías que se encuentran depositadas en un Fondo de Cesantías dentro de los ingresos en la Declaración de Renta?

Las cesantías no se consideran parte del patrimonio puesto que no son un recurso de libre disposición, ya que su utilización está limitada y requiere que se compruebe el destino que se les dará. Sin embargo, cuando las cesantías se retiran del fondo se convierten en ingreso laboral y deben incluirse.

 

10. ¿Cómo se cambia la entidad receptora?

Debe solicitar en la entidad donde laboró anteriormente que le den de baja en el sistema o lo desvinculen, según aplique. Posteriormente avisar en la nueva entidad, para que en ésta den de alta, como servidor público. Si ya está activo automáticamente se actualizará en el sistema para que la próxima Declaración que realice le quede con la entidad receptora.

 

11. ¿Quién debe conservar las Declaraciones de Bienes y Rentas de los servidores Públicos en la Entidad?

De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 190 de 1995 le corresponde a la unidad de personal o la dependencia que haga sus veces, recopilar y clasificar la información contenida en las declaraciones de que trata la presente ley, y adjuntarla a la correspondiente hoja de vida.

 

12. ¿Cómo se protege la información personal proporcionada en la Declaración de Bienes y Rentas?

La información suministrada en el Formulario de Bienes y Rentas tiene clasificación de reservada, y sólo podrá ser suministrada ante solicitud expresa de entidades como organismos de control para verificar datos en procesos disciplinarios y fiscales, o a la justicia ordinaria para casos penales y civiles en donde se presuma la existencia de actos de corrupción contra el Estado colombiano.

 

13. ¿Qué actividades está realizando Función Pública para aclarar dudas de los servidores sobre el diligenciamiento de la Declaración de Bienes y Rentas?

Función Pública a través de EVA, el Espacio Virtual de Asesoría, está realizando una serie de chats temáticos, dirigidos a los servidores públicos, sobre el diligenciamiento de la Declaración de Bienes y Rentas.

 

En las jornadas se explican el paso a paso para un adecuado proceso de diligenciamiento de la Declaración, así como el marco normativo y las funcionalidades del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público, Sigep

 

14. ¿Cuándo están programados Chats para aclarar dudas sobre la Declaración de Bienes y Rentas?

 

Función Pública a través de  EVA, el Espacio Virtual de Asesoría realizará chats temáticos este viernes 11, el miércoles 16, el viernes 18, el lunes 28 y el miércoles 30 de marzo, en el horario de 8:30 am a 10:30 am. Así mismo invita a los servidores a ingresar a este espacio virtual donde diariamente se resuelven las dudas sobre su diligenciamiento.

 

Función Pública es la entidad estratégica, técnica y transversal del Gobierno Nacional que contribuye al bienestar de los colombianos mediante el mejoramiento continuo de la gestión de los servidores públicos y las instituciones en todo el territorio nacional.

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