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Entre el 22 de agosto y el 22 de septiembre, las entidades tendrán que reportar información de cumplimiento de la Ley de Cuotas
 
 
 
 
Bogotá, viernes 18 de agosto de 2017. Con el propósito de facilitar el reporte de cumplimiento de la Ley 581 de 2000, conocida como Ley de Cuotas, Función Pública informa a los representantes legales de las entidades de las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial  del orden nacional y territorial, así como a los órganos Autónomos y de Control y la Organización Electoral, que desde este martes 22 de agosto estará disponible el formulario en línea para diligenciar dicha información con corte al 8 de agosto del presente año.
 
 
Diligencie la información de cumplimiento de la Ley de Cuotas en este enlace.
 
 
A través de la Circular Conjunta 100-04-2017, la Procuraduría General de la Nación y Función Pública señalan que las entidades tendrán disponible el aplicativo para diligenciar el reporte de cumplimiento de la Ley hasta las 11:59 horas del día viernes 22 de septiembre de 2017.
 
 
Mediante este formulario, cada entidad debe reportar su información, en la que darán a conocer el número de cargos ocupados por mujeres en el máximo nivel decisorio y en su otro nivel decisorio.
 
 
Por medio de la Ley de Cuotas el Estado garantiza que la mujer ocupará al menos, el 30% de los cargos de los niveles decisorios de la administración pública. 
 
 
El máximo nivel decisorio, de acuerdo con la Ley 581 de 2000 "corresponde a quienes ejercen los cargos de mayor jerarquía en las entidades de las tres ramas y órganos del poder público, en los niveles Nacional, Departamental, Regional, Provincial, Distrital y Municipal", es decir, quienes ejercen la dirección general de los organismos respectivos, como Ministros, Viceministros y Secretario General. Así mismo, el Personero Distrital o Municipal, Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Gerentes de Unidades Administrativas Especiales y Directores, Gerentes o Presidentes de Entidades Descentralizadas, entre otros.
 
 
Igualmente, la norma sostiene que los otros niveles decisorios hacen referencia a "…aquellos cargos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva, del personal administrativo de la Rama Legislativa y de los demás Órganos del Poder Público, diferentes a los contemplados en el punto anterior, y que tengan atribuciones de dirección y mando en la formulación, planeación, coordinación, ejecución y control de las acciones y políticas del Estado, en los niveles nacional, departamental, regional, provincial y distrital y municipal, incluidos los cargos de libre nombramiento y remoción de la Rama Judicial." En esta categoría se incluyen los Directores Técnicos y Subdirectores, entre otros.
 
 
Cabe destacar que con el objetivo de determinar el número de empleos que se deben reportar por cada entidad, es necesario tener en cuenta la Sentencia C-371 de 2000, los manuales de funciones y requisitos así como su planta de personal.
 
 
De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 581 de 2000, con esta información Función Pública obtiene el insumo para realizar el Informe de Ley de Cuotas con información sobre la participación femenina en el desempeño de cargos directivos en todos los niveles de las Ramas y demás órganos del poder público, el cual debe ser presentado al Congreso de la República y a la Procuraduría General de la Nación antes de culminar cada vigencia.

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