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Entidades públicas, ya está disponible el formulario para diligenciar informe de cumplimiento de Ley de Cuotas

Entidades públicas, ya está disponible el formulario para diligenciar informe de cumplimiento de Ley de Cuotas

Agosto 13 de 2019 09:02 AM

Bogotá, Martes 13 de agosto de 2019. Hasta el viernes 13 de septiembre tendrán plazo las entidades públicas del país para reportar su información de cumplimiento de la Ley 581 de 2000, conocida como Ley de Cuotas, con corte al 8 de agosto del presente año, de acuerdo con lo dispuesto en la Circular 004 de 2019 de Función Pública.

 

La Ley de Cuotas establece que el Estado garantiza que la mujer ocupará, al menos, el 30% de los cargos de los niveles decisorios de la administración pública.    

 

“Invitamos cordialmente a todas las entidades a diligenciar esta información, la cual representa un insumo fundamental para conocer la participación femenina en los niveles decisorios del Estado colombiano, y además es un mandato de la Ley”, afirmó el director de Función Pública, Fernando Grillo.

 

“El Gobierno nacional ha promovido la participación activa de la mujer en todos los ámbitos; en este aspecto, es de destacar el trabajo que ha liderado la señora Vicepresidenta de la República en favor de la mujer, así como el establecimiento de instancias fundamentales para su atención como lo son las Secretarías de la Mujer a nivel territorial”, destacó el director Grillo.

 

Para diligenciar el reporte, se ha dispuesto un formulario en el enlace https://www.funcionpublica.gov.co/eva/encuestador/reporte-ley-cuotas-2019.php , el cual estará disponible hasta las 23:59 horas del viernes 13 de septiembre, con el fin de que los representantes legales de las entidades de las Ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial  del orden nacional y territorial, así como de los órganos Autónomos y de Control y la Organización Electoral, reporten la información en la que darán a conocer el número de cargos ocupados por mujeres en el máximo nivel decisorio y en su otro nivel decisorio. 

 

El máximo nivel decisorio, de acuerdo con la Ley 581 de 2000 "corresponde a quienes ejercen los cargos de mayor jerarquía en las entidades de las tres ramas y órganos del poder público, en los niveles Nacional, Departamental, Regional, Provincial, Distrital y Municipal", es decir, quienes ejercen la dirección general de los organismos respectivos, como Ministros, Viceministros y Secretario General. Así mismo, el Personero Distrital o Municipal, Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Gerentes de Unidades Administrativas Especiales y Directores, Gerentes o Presidentes de Entidades Descentralizadas, entre otros.

 

Igualmente, la norma sostiene que los otros niveles decisorios hacen referencia a "…aquellos cargos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva, del personal administrativo de la Rama Legislativa y de los demás Órganos del Poder Público, diferentes a los contemplados en el punto anterior, y que tengan atribuciones de dirección y mando en la formulación, planeación, coordinación, ejecución y control de las acciones y políticas del Estado, en los niveles nacional, departamental, regional, provincial y distrital y municipal, incluidos los cargos de libre nombramiento y remoción de la Rama Judicial." En esta categoría se incluyen los Directores Técnicos y Subdirectores, entre otros.

 

Cabe destacar que con el objetivo de determinar el número de empleos que se deben reportar por cada entidad, es necesario tener en cuenta la Sentencia C-371 de 2000, los manuales de funciones y requisitos así como su planta de personal. 

 

Por otra parte la circular 004 de 2019 invita a todas las entidades públicas a implementar acciones que busquen la paridad de género en todos los cargos de libre nombramiento remoción.

 

Finalmente, vale señalar que el informe de cumplimiento de la Ley 581 de 2000 es elaborado por Función Pública para presentarlo ante el Congreso de la República y la Procuraduría General de la Nación. 
 

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