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Entidades del Estado tendrán directores de Tecnologías y Sistemas de Información
  • La norma es aplicable a las entidades del Estado del orden nacional y territorial, y a los organismos autónomos y de control.
  • Las acciones en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que se adopten deben articularse con el Plan Nacional de Desarrollo, los planes de desarrollo sectorial y con las estrategias que establezca el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Las oficinas de sistemas dejarán de ser operativas y de soporte para convertirse en instancias estratégicas en las organizaciones públicas.

 

Bogotá, jueves 10 marzo de 2016. Con el propósito de fortalecer institucionalmente a las entidades del Estado en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 415 de 2016, el cual adiciona el Decreto Único Reglamentario del sector de la Función Pública, Decreto Numero 1083 de 2015.

 

La nueva norma es aplicable a las entidades del Estado del orden nacional y territorial, y a los organismos autónomos y de control y señala los lineamientos para el fortalecimiento institucional y la ejecución de los planes, programas y proyectos de tecnologías y sistemas de información en las instituciones públicas.

 

Es así como se busca darle una nueva dimensión a las oficinas de sistemas, para pasar de las actividades operativas y de soporte para convertirlas en instancias asesoras y generadoras de conocimiento, planes y políticas que permitan la articulación sectorial y el aprovechamiento del desarrollo que en materia de tecnologías de la información y las telecomunicaciones puede favorecer una atención integral y una mayor y más eficiente prestación del servicio.

 

Las estrategias, políticas, planes, objetivos, metas, estándares y lineamientos en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que adopte cada sector, organismo o entidad deben estar articuladas con el Plan Nacional de Desarrollo, los planes de desarrollo sectorial y con las estrategias, políticas y programas que para el efecto establezca el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

 

En el Decreto 415 de 2016 se establece que cuando las entidades cuenten en su estructura con una dependencia encargada del accionar estratégico de las Tecnologías y Sistemas de la Información y las Comunicaciones, éstas deben hacer parte del comité directivo institucional y dependerán del nominador o representante legal de cada organismo, con lo cual se reconoce la importancia de la labor que cumplen en las entidades.

 

Las dependencias encargadas de las tecnologías y sistemas de la información deberán cumplir dos roles fundamentales: por un lado, tendrán un rol orientador cuando pertenezcan a los organismos cabeza de sector administrativo o a los que hagan sus veces, siendo responsables de proponer, coordinar y hacer seguimiento a la implementación de las normas y políticas públicas a las cuales deben sujetarse los entes adscritos o vinculados al sector respectivo; y de otro lado, un rol ejecutor ejercido por las dependencias pertenecientes a las entidades adscritas o vinculadas a los organismos cabeza de sector, siendo responsables de diseñar, asesorar, impulsar y poner en marcha las estrategias que contribuyen al logro de los objetivos misionales en su entidad, bajo las directrices dadas por los orientadores y por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

 

La Función Pública es la entidad estratégica, técnica y transversal del Gobierno Nacional que contribuye al bienestar de los colombianos mediante el mejoramiento continuo de la gestión de los servidores públicos y las instituciones en todo el territorio nacional.

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