Portal Función Pública

Sala de prensa

Noticias

Para realizar una búsqueda seleccione año y mes, si usted quiere que su búsqueda sea más precisa le sugerimos utilizar el campo: filtrar por palabra clave.

El Gobierno Nacional actuó de acuerdo con la Constitución y la Ley cuando designó Comisionada Nacional del Servicio Civil
Bogotá, martes 1 de noviembre de 2016. Luego de un amplio debate judicial, donde había sido inicialmente decretada la suspensión provisional del Decreto 708 de 27 de abril de 2016, por el cual se designó a la doctora Blanca Clemencia Romero Acevedo como Comisionada Nacional del Servicio Civil (CNSC), el Gobierno Nacional pudo demostrar que dicho nombramiento se ajustó en todo a la Constitución Política y a la Ley. 
 
 
Así lo reconoció el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, en la sentencia de fecha 27 de octubre de 2016, C.P. Dr. Alberto Yepes Barreiro, que al desatar la demanda de nulidad electoral promovida por el señor Nicolás Eduardo Rodríguez contra el citado Decreto 708 de 2016, resolvió lo siguiente:
 
 
"Primero: Levantar la medida cautelar de suspensión provisional decretada por la Sección mediante auto del 21 de julio de 2016.
 
 
Segundo: Negar las pretensiones de la demanda de nulidad electoral en contra del acto que designó a la señora Blanca Romero Acevedo como Comisionada Nacional del Servicio Civil para el período del 7 de diciembre de 2014 al 6 de diciembre de 2018 por los motivos descritos en la parte motiva de esta providencia.
 
 
Tercero: Advertir a los sujetos procesales que contra lo resuelto no procede ningún recurso".
 
 
En ese sentido, la citada Corporación Judicial acogió la tesis expuesta a lo largo del proceso por el Departamento Administrativo de la Función Pública, la Presidencia de la República y la propia demandada en torno a la no configuración, en el caso concreto, de la inhabilidad prevista en el inciso 5º del artículo 9º de la Ley 909 de 2004, habida cuenta que la conducta que proscribe la ley no se realizó durante el año inmediatamente anterior a la elección de la Comisionada y, por tanto, no había lugar a declarar la nulidad del acto demandado.
 
 
Se hace así justicia respecto de la legalidad del Decreto 708 de 2016, dictado por el Gobierno Nacional y, adicionalmente, frente a los derechos de la doctora Blanca Clemencia Romero Acevedo a ser designada y ejercer, hasta que lo decida o termine su periodo institucional, el cargo de Comisionada Nacional del Servicio Civil, como resultado de la superación del concurso de méritos adelantado por la ESAP.

¿Quieres realizar una búsqueda?

A+
A-