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Decreto organiza concursos de empleo por méritos y participación de sindicatos en gestión de talento humano

Decreto organiza concursos de empleo por méritos y participación de sindicatos en gestión de talento humano

Enero 23 de 2018 06:05 AM

Regula por primera vez la participación efectiva de las organizaciones sindicales en la reforma de los manuales de funciones. Nuevos beneficios para la familia de servidores públicos y cambios frente a la experiencia docente.

Bogotá, martes 23 de enero de 2018. El Gobierno expidió un decreto que define las responsabilidades en el proceso de planeación de los concursos de méritos para ingreso a carrera administrativa y la manera como se obtendrán los recursos para adelantarlos, establece que la Comisión Nacional del Servicio Civil es la responsable de determinar cada cuánto se deben registrar las vacantes definitivas de empleos y también regula la participación de los sindicatos en la reforma de los manuales de funciones y de competencias laborales.

 

El Decreto 051 del 16 de enero de 2018, modifica el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario de Función Pública, dando cumplimiento a los acuerdos de negociación colectiva suscritos en los años 2013, 2015 y 2017, entre el Gobierno nacional y las organizaciones sindicales de empleados públicos.

 

También modifica otros temas e implementa algunos nuevos mecanismos de participación de las organizaciones sindicales en la toma de decisiones en las entidades, en cuanto a empleo público.

 

¿Cómo participarán las organizaciones sindicales en el proceso de gestión de talento humano en las entidades públicas?

La participación de las organizaciones sindicales en la gestión del talento humano se hace efectiva a través de varios de mecanismos:

 

En primer lugar, el Decreto 051 de 2018 regula por primera vez la participación efectiva de las organizaciones sindicales en la reforma de los manuales de funciones y de competencias laborales. Antes no era obligatorio que las entidades dieran a conocer los cambios en los manuales antes de su expedición. Ahora, los representantes de las organizaciones sindicales pueden conocer de antemano las actualizaciones que van a tener los manuales de funciones para dar sus opiniones y enriquecerlos con sus propuestas y aportes.

 

También se definió que a las actividades de capacitación que se programen podrán ser invitados como conferencistas los directivos de las federaciones o confederaciones sindicales de empleados públicos para que participen efectivamente y divulguen temas de interés del mundo laboral.

 

Cuando la temática de las actividades de capacitación esté relacionada con los derechos de los trabajadores, deberán ser invitados como conferencistas los directivos de las federaciones o confederaciones sindicales de empleados públicos cuyos sindicatos hagan presencia en la entidad, con el fin de que aprovechen esos espacios para hacer pedagogía sindical en estas materias.

 

Adicionalmente, se garantizan a los miembros de las comisiones de personal los permisos que sean necesarios para que cumplan sus funciones y asistan a las capacitaciones que se programen, especialmente cuando sean sobre derechos de los trabajadores. Los permisos los otorgará el jefe del organismo o su delegado cada vez que sea necesario.

 

¿Cómo se fortalecerán los mecanismos para garantizar igualdad de oportunidades en el acceso al empleo público?

La planeación de los concursos de méritos debe ser un proceso conjunto entre la Comisión Nacional del Servicio Civil y la entidad convocante. Previo al inicio del proceso, la entidad debe tener actualizados su manual de funciones y de competencias, definir los perfiles de los empleos a convocar y los ejes temáticos de las pruebas y contar con los recursos presupuestales necesarios para adelantarlos. También se requiere que la entidad reporte sus cargos vacantes de manera definitiva a la Oferta Pública de Empleos de Carrera – OPEC, aplicativo que administra la Comisión Nacional del Servicio Civil. La Comisión definirá cada cuánto las entidades deben reportar las vacantes definitivas y a través de qué instrumentos.

 

Adelantar de manera responsable esta fase de planeación y alistamiento garantiza que las entidades estén preparadas en todos los aspectos al momento de suscribir conjuntamente con la Comisión Nacional del Servicio Civil la convocatoria para la provisión definitiva de sus cargos vacantes.

 

También permite que los interesados en ingresar al servicio público se enteren de ofertas de empleo público de una manera más efectiva y segura.

 

¿Frente a garantías a los servidores públicos qué novedades tiene el Decreto 051 de 2018?

Desde el año 1967 se estableció que la administración debía descontar del salario los días que el servidor público no labrara sin que existiera una justa causa. En el año 2009, el Gobierno nacional definió un procedimiento para garantizar el debido proceso al servidor, es decir, que se le permitiera explicar las razones de su ausentismo, antes de descontarle los días no laborados. Con elDecreto 051 de 2018 se precisa un procedimiento sencillo, de manera que sea claro para la administración y el servidor cuáles son los pasos y plazos para reportar la ausencia del empleado y para que este último explique a la entidad el motivo por el cual se ausentó. Este procedimiento garantiza que exista transparencia y el derecho de defensa del empleado antes de tomar la decisión de descontar los días no trabajados.

 

¿Qué nuevos beneficios trae el decreto para la familia de los servidores públicos?

Antes, solamente los hijos menores de 18 años eran beneficiarios de los programas de bienestar social, de protección y servicios sociales que brindaran las entidades públicas para las familias de los servidores. Con este nuevo decreto, se extendió a 25 años la edad de los hijos de los servidores que pueden acceder a estos programas. De esta forma se aumenta el número de beneficiarios de los programas de bienestar, mejorando la calidad de vida de las familias de los servidores.

 

¿Cuáles son los cambios frente a la experiencia docente?

Antes la experiencia docente válida para desempeñar empleos de los niveles directivo, asesor y profesional era la adquirida en instituciones educativas de educación superior, es decir, en universidades, instituciones técnicas profesionales e instituciones universitarias o escuelas tecnológicas y con posterioridad a la obtención del correspondiente título profesional.

 

Ahora, la experiencia adquirida en instituciones educativas debidamente reconocidas como colegios y escuelas también se podrá tener en cuenta como experiencia docente para acceder a empleos de estos niveles superiores.

 

Este decreto representa un gran avance en la garantía de derechos de los servidores públicos, porque garantiza la participación de las organizaciones sindicales en aspectos concretos del proceso de gestión de talento humano y al trabajador el debido proceso antes de que se descuenten días no laborados. También garantiza que más integrantes de las familias de los servidores públicos puedan acceder a programas de bienestar, permite que las entidades adelanten procesos serios y responsables de planeación de los concursos de méritos para proveer sus vacantes de la mano de la Comisión Nacional del Servicio Civil y viabiliza que la experiencia docente adquirida en colegios y escuelas debidamente reconocidas sea tenida en cuenta para el desempeño de empleos del nivel directivo, asesor y profesional.

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