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Fortalecimiento Psicosocial a través de la Gestión Social Integral – GSIFortalecimiento psicosocial del artesano desde el SER para el mejoramiento de las capacidades productivas de las comunidades, con el fin de elevar su calidad de vida para impactar de manera positiva en su HACER, su comunidad y su territorio, en las dimensiones: -Personal-Emocional -Saberes y Conocimiento -Familiar -Salud física recreativa -Ambiente y Territorio -Ciudadanía y participación -Oficios artesanales -Social Comunitaria Porque un artesano fortalecido psicosocialmente tendrá mayores índices de producción, venta, utilidad económica y mayor reinversión. Para esto contamos con un equipo psicosocial conformado por trabajadores sociales, psicólogos, antropólogos y sociólogos. Entidad: ARTESANIAS DE COLOMBIA S.A. |
Concesión título de patente de invenciónProtección de invenciones de producto o procedimiento, en todos los campos de la tecnología, que sean nuevas, tengan nivel inventivo y susceptibles de aplicación industrial. El otorgamiento del título de patente de invención a terceros la fabricación y/o su utilización comercial durante su tiempo de protección. No se consideran invenciones y no son objeto de protección las solicitudes relacionadas con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, el todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, material biológico existente en la naturaleza, obras literarias, artísticas, reglas o métodos aplicados en juegos, programas de computador o softwares como tales, métodos económicos comerciales, formas de presentar información; invenciones que atenten contra la moral, orden público, salud, la vida de las personas, animales, vegetales o el medio ambiente; las plantas, los animales entre otros. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Concesión título de patente de modelo de utilidadProtección que se otorga a toda nueva forma, configuración o disposición de elementos; de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte de este; que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora, o que le produce alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. No podrán ser objeto de esta protección los procedimientos, compuestos y/o composiciones químicas, los sistemas como tal y lo relacionado con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, seres vivos de la naturaleza, genoma humano, obras literarias, plásticas, arquitectónicas y artísticas, objetos que tuvieran únicamente carácter estético, las reglas y métodos de juegos, programas de computador, formas de presentar información, invenciones que atenten contra la moral, la salud y orden público; métodos terapéuticos o quirúrgicos y los usos. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |