Resultados
Gestión de novedades de nómina - retiro pensión y/o beneficiario incrementoRetiro definitivo de un pensionado o beneficiario en nómina, por conceptos como: muerte del pensionado o del beneficiario, por mandato judicial y por no continuar estudiando. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Gestión de novedades de nómina - pago a beneficiarios (valores girados después del fallecimiento)Obtener el reintegro de los valores de las mesadas que fueron giradas después del fallecimiento del causante de la prestación, las cuales se distribuyen entre los beneficiarios a los cuales les asiste el derecho (únicamente para beneficiarios a quienes se les reconoció el derecho mediante acto administrativo de sustitución pensional). Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Reconocimiento de auxilio funerario en el Régimen de Prima MediaEsta prestación económica se entrega a las personas que compruebe haber sufragado los gastos fúnebres o de entierro de un afiliado o pensionado por vejez o invalidez, equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario. Si es afiliado deberá estar cotizando y estar al día en sus pagos al momento del fallecimiento. La prestación deberá solicitarse dentro de los tres (3) años siguientes al fallecimiento, de lo contrario prescribirá. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Retracto y anulación de afiliación a pensión en el Régimen de Prima Media• Retracto, el trabajador dependiente o independiente, desiste de la afiliación al Régimen de Prima Media con prestación definida administrado por Colpensiones, solicitando el retracto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que recibe la respuesta de solicitud de afiliación o traslado. Para la radicación copie y pegue el link en su navegador así: https://www.colpensionestransaccional.gov.co/sede_electronica/tramites/ • La anulación es aquella situación que se presenta cuando se detecta una irregularidad en el proceso de traslado o vinculación inicial que implica la cancelación de la misma. Para la radicación copie y pegue el link en su navegador así: https://www.colpensionestransaccional.gov.co/sede_electronica/tramitesweb/Paginas/RadicarColp/RadicarColpWeb.aspx Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Gestión de novedades de nómina - reingreso pensión y/o beneficiario incrementoRestituir un derecho ya adquirido de pensión como causante o beneficiario y/o por personas a cargo (hijo 7% y cónyuge/compañera 14%). Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Afiliación al Régimen de Prima Media con Prestación DefinidaQue el trabajador dependiente o independiente obtenga de manera libre y voluntaria, la afiliación al Sistema General de Pensiones, en forma permanente a través de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, bajo el régimen de prima media con prestación definida. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Actualización de datos del afiliadoReportar los cambios de la información personal del afiliado relacionados con: Datos de ubicación, (Dirección de correspondencia y datos de contacto), fecha y/o lugar de nacimiento, cambio de nombres y/o cambio de sexo, cambio de tipo y número de documento, cambio de nacionalidad. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Autorización para terminación de contratos de trabajadoras en estado de embarazo o lactanciaObtener autorización para terminación de contratos de trabajadoras en estado de embarazo o en periodo de lactancia. Entidad: MINISTERIO DEL TRABAJO |
Autorización para el funcionamiento de empresas de servicios temporales (EST)Autorizar el funcionamiento de las empresas de servicios temporales. Entidad: MINISTERIO DEL TRABAJO |
Novedad de retiro retroactivo de trabajadores del Régimen de Prima Media con Prestación DefinidaReportar por parte del empleador a la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES la novedad de retiro o novedad P (Requisitos cumplidos para pensión) de sus trabajadores que por omisión no fue informada en su momento a la Administradora de Pensiones. La solicitud de aplicación de novedad de retiro retroactivo también la puede realizar un afiliado dependiente anexando los documentos requeridos para tal fin. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |