Resultados
Destinación de recursos del servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS)Colpensiones. Obtener el Beneficio Económico Periódico por el ahorro realizado hasta la fecha de cumplimiento de la edad de retiro, si es mujer haya cumplido 57 años de edad y 62 años si es hombre, con las siguientes alternativas: 1. Anualidad Vitalicia. 2. Pago total o parcial de un inmueble de su propiedad. 3. Devolución de los ahorros con rendimientos en un único pago. 4. Traslado del ahorro para completar una pensión mínima en el Sistema General de Pensión. Adicionalmente, si el vinculado fallece, realizar la devolución de ahorros a sus herederos. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Vinculación y actualización de datos en el servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos - BEPSVincularse a los beneficios económicos periódicos, abrir su cuenta individual, realizar ahorros y actualizar datos personales. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Gestión de novedades de nómina - pagos en el exteriorTrasladar el pago de la mesada, cuando un pensionado o beneficiario reside fuera del país y autoriza el giro al exterior. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Reconocimiento de auxilio funerario en el régimen de prima mediaEsta prestación económica se entrega a las personas que compruebe haber sufragado los gastos fúnebres o de entierro de un afiliado o pensionado por vejez o invalidez, equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario. Si es afiliado deberá estar cotizando y estar al día en sus pagos al momento del fallecimiento. La prestación deberá solicitarse dentro de los tres (3) años siguientes al fallecimiento, de lo contrario prescribirá. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Retracto y anulación de afiliación a pensión en el Régimen de Prima Media• Retracto, el trabajador dependiente o independiente, desiste de la afiliación al Régimen de Prima Media con prestación definida administrado por Colpensiones, solicitando el retracto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que recibe la respuesta de solicitud de afiliación o traslado. Para la radicación copie y pegue el link en su navegador así: https://www.colpensionestransaccional.gov.co/sede_electronica/tramites/ • La anulación es aquella situación que se presenta cuando se detecta una irregularidad en el proceso de traslado o vinculación inicial que implica la cancelación de la misma. Para la radicación copie y pegue el link en su navegador así: https://www.colpensionestransaccional.gov.co/sede_electronica/tramitesweb/Paginas/RadicarColp/RadicarColpWeb.aspx Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Gestión de novedades de nómina - reingreso pensión y/o beneficiario incrementoRestituir un derecho ya adquirido de pensión como causante o beneficiario y/o por personas a cargo (hijo 7% y cónyuge/compañera 14%). Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Afiliación al Régimen de Prima Media con Prestación DefinidaQue el trabajador dependiente o independiente obtenga de manera libre y voluntaria, la afiliación al Sistema General de Pensiones, en forma permanente a través de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, bajo el régimen de prima media con prestación definida. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Actualización de datos del afiliadoReportar los cambios de la información personal del afiliado relacionados con: Datos de ubicación, (Dirección de correspondencia y datos de contacto), fecha y/o lugar de nacimiento, cambio de nombres y/o cambio de sexo, cambio de tipo y número de documento, cambio de nacionalidad. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Novedad de retiro retroactivo de trabajadores del Régimen de Prima Media con Prestación DefinidaReportar por parte del empleador a la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES la novedad de retiro o novedad P (Requisitos cumplidos para pensión) de sus trabajadores que por omisión no fue informada en su momento a la Administradora de Pensiones. La solicitud de aplicación de novedad de retiro retroactivo también la puede realizar un afiliado dependiente anexando los documentos requeridos para tal fin. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |
Devolución de aportes a terceros, realizados al Régimen de Prima Media con Prestación DefinidaObtener el reintegro de aportes realizados por empleadores o aportantes al Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) por pagos efectuados en forma errada o sin que existiera la obligación de efectuar la cotización, por ejemplo: • Cuando se presentan inconsistencias o errores en el pago (Pagos dobles, errores en el Ingreso Base de Cotización (IBC) reportado, excesos en los pagos realizados). • Cuando se presentan pagos posteriores al reconocimiento de una prestación económica (Pensión Vejez o indemnización Sustitutiva) y que por su condición están exonerados para la realización de aportes. • Afiliados al Régimen Subsidiado que por alguna condición no cumplen los requisitos para ser beneficiarios del programa. Entidad: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES |