"Si el trámite, otro procedimiento administrativo o consulta de acceso a la información pública, buscado no se encuentra en la base de datos del SUIT con el nombre solicitado, se debe que dicho registro se encuentra en proceso de registro y aprobación por parte de la entidad responsable."

  • SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO (7) [X]
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Consultar en el registro de productores e importadores de bienes y proveedores de servicios sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos que vigila la Superintendencia de Industria y Comercio.

Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Registro de cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado (marca), o cualquier signo que sirva para distinguir el origen o cualquier otra característica común de productos o servicios pertenecientes a empresas diferentes y que lo utilicen bajo el control de un titular (marcas colectivas), o cualquier signo destinado a ser aplicado a productos o servicios cuya calidad u otras características han sido certificadas por el titular de la marca (marca de certificación) y aquella palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca (lema). Lo anterior, para que sea concedido el uso exclusivo por diez años, y el derecho de actuar contra terceros que la utilicen sin consentimiento.

Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Ofrecer servicios de orientación especializada en materia de propiedad industrial y búsquedas tecnológicas asistidas de forma personalizada.

Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Protección de invenciones de producto o procedimiento, en todos los campos de la tecnología, que sean nuevas, tengan nivel inventivo y susceptibles de aplicación industrial. El otorgamiento del título de patente de invención a terceros la fabricación y/o su utilización comercial durante su tiempo de protección. No se consideran invenciones y no son objeto de protección las solicitudes relacionadas con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, el todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, material biológico existente en la naturaleza, obras literarias, artísticas, reglas o métodos aplicados en juegos, programas de computador o softwares como tales, métodos económicos comerciales, formas de presentar información; invenciones que atenten contra la moral, orden público, salud, la vida de las personas, animales, vegetales o el medio ambiente; las plantas, los animales entre otros.

Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Protección que se otorga a toda nueva forma, configuración o disposición de elementos; de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte de este; que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora, o que le produce alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. No podrán ser objeto de esta protección los procedimientos, compuestos y/o composiciones químicas, los sistemas como tal y lo relacionado con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, seres vivos de la naturaleza, genoma humano, obras literarias, plásticas, arquitectónicas y artísticas, objetos que tuvieran únicamente carácter estético, las reglas y métodos de juegos, programas de computador, formas de presentar información, invenciones que atenten contra la moral, la salud y orden público; métodos terapéuticos o quirúrgicos y los usos.

Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

El programa consiste en vincular a los inventores y las pequeñas empresas de escasos recursos financieros, con abogados de patentes que están dispuestos a prestar sus servicios de asistencia jurídica de forma gratuita, con el objeto de ayudar a los inventores en el trámite de sus solicitudes para la protección de sus invenciones mediante patente. La admisión en el PAI no compromete la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio de conceder o negar la solicitud de patente. El Programa no evalúa los requisitos de patentabilidad, el cumplimiento de los requisitos será evaluado por la Oficina de patentes de la SIC como parte del trámite de solicitud de la patente.

Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Radicación de solicitud de cancelación, por no uso, por pérdida de fuerza distintiva o por notoriedad de una marca o lema comercial registrado o radicación de la solicitud de cancelación de la autorización de uso de una denominación de origen, de acuerdo con las normas vigentes. 1. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando sin motivo justificado no ha sido utilizado dentro del mercado de la Comunidad Andina por su titular o por otra persona autorizada para ello, durante los tres años consecutivos precedentes a la presentación de la acción de cancelación (falta de uso). 2. Cancelación de un registro de marca o lema comercial si existe un registro que ha sido concedido desconociendo la existencia previa de un signo notoriamente conocido en la Comunidad Andina, con el cual resulta confundible (notoriedad). 3. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando se ha convertido en una expresión genérica o de uso común para los productos o servicios que ella

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