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Autorización integraciones empresariales - preevaluaciónFacilitar la solicitud de preevaluación para autorizar una integración empresarial sea evaluada por la entidad conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009. Permitir que las empresas presenten una solicitud de autorización antes de realizar una operación de integración, en los casos previstos por el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, es decir, cuando desarrollan la misma actividad o participan en la misma cadena de valor y, de manera individual o conjunta, superan el umbral anual de ingresos operacionales o activos totales, situación que aplica cuando en conjunto cuentan con más del 20% de participación en cada uno de los mercados involucrados. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Autorización integraciones empresariales-notificaciónPermitir que las empresas informen de manera oportuna la autorización de una integración empresarial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009. Antes de perfeccionar una operación de integración, debe informarse previamente a la SIC cuando se realice la misma actividad o se participe en la misma cadena de valor y, de manera individual o conjunta, se superen los ingresos operacionales o activos totales fijados como umbral anual; esta obligación se cumple únicamente si, en conjunto, las empresas cuentan con menos del 20% de participación en cada uno de los mercados involucrados. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Jornadas de formación sobre temas misionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.Ofrecer a la ciudadanía en general, jornadas formativas presenciales o virtuales, así como cursos virtuales en los temas misionales de la Superintendencia: protección al consumidor, protección de datos personales, protección de la competencia, propiedad industrial, asuntos jurisdiccionales, reglamentos técnicos y metrología legal. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Registro de diseño industrialLa SIC protege la apariencia estética u ornamental de un producto, su forma, colores, líneas, texturas o combinación de materiales siempre que sea nueva en todo el mundo y que conserve la misma función. Esta protección busca reconocer y salvaguardar los diseños originales novedosos que no se hayan divulgado ni usado públicamente antes de la fecha de la solicitud. Protección de la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie la finalidad de dicho producto, que resulte novedoso, es decir, que el producto sea nuevo universalmente, lo que presupone que no se haya hecho accesible al público antes de la fecha de presentación, en cualquier lugar, a través de la descripción, utilización o cualquier medio conocido. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Renovación del registro de marca, lema comercial o de la autorización de uso de denominación de origenRadicación de solicitud para renovar el registro de marca o lema comercial y/o autorización del uso de la denominación de origen, cuando se ha cumplido con su término de vigencia Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Presentación de solicitud de patente en los países miembros del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT)Facilitar la radicación de una solicitud internacional de patente bajo el marco del sistema del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) El Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) es un sistema internacional de presentación de solicitudes de patente administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), con el objetivo de simplificar y hacer más eficaz y económico el procedimiento de presentación de solicitudes de patentes en los países miembros del Tratado, permitiendo que ante una sola oficina de patentes (receptora) se presente una solicitud única (solicitud internacional), que luego de su trámite en fase internacional, ingrese en fase nacional a los países designados para el estudio de su concesión. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Inscripción al registro de propiedad industrialInscripción de toda aquella afectación a los derechos de propiedad industrial que reposan en el Registro Público de la Propiedad Industrial, es decir, todo lo que modifique o altere el registro existente. Puede ser afectado como consecuencia de una licencia de uso, cambio de nombre, cambio de domicilio, cambio de dirección, inscripción de garantías mobiliarias, medidas cautelares, transferencias, renuncia de derechos y por la modificación o limitación del alcance de las reivindicaciones, conversión, división o fusión de nuevas creaciones. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Cancelación de un registro de marca, lema comercial o de autorización de uso de denominación de origenRadicación de solicitud de cancelación, por no uso, por pérdida de fuerza distintiva o por notoriedad de una marca o lema comercial registrado o radicación de la solicitud de cancelación de la autorización de uso de una denominación de origen, de acuerdo con las normas vigentes. 1. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando sin motivo justificado no ha sido utilizado dentro del mercado de la Comunidad Andina por su titular o por otra persona autorizada para ello, durante los tres años consecutivos precedentes a la presentación de la acción de cancelación (falta de uso). 2. Cancelación de un registro de marca o lema comercial si existe un registro que ha sido concedido desconociendo la existencia previa de un signo notoriamente conocido en la Comunidad Andina, con el cual resulta confundible (notoriedad). 3. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando se ha convertido en una expresión genérica o de uso común para los productos o servicios que ella Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Concesión título de patente de invenciónProtección de invenciones de producto o procedimiento, en todos los campos de la tecnología, que sean nuevas, tengan nivel inventivo y susceptibles de aplicación industrial. El otorgamiento del título de patente de invención a terceros la fabricación y/o su utilización comercial durante su tiempo de protección. No se consideran invenciones y no son objeto de protección las solicitudes relacionadas con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, el todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, material biológico existente en la naturaleza, obras literarias, artísticas, reglas o métodos aplicados en juegos, programas de computador o softwares como tales, métodos económicos comerciales, formas de presentar información; invenciones que atenten contra la moral, orden público, salud, la vida de las personas, animales, vegetales o el medio ambiente; las plantas, los animales entre otros. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |
Concesión título de patente de modelo de utilidadProtección que se otorga a toda nueva forma, configuración o disposición de elementos; de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte de este; que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora, o que le produce alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. No podrán ser objeto de esta protección los procedimientos, compuestos y/o composiciones químicas, los sistemas como tal y lo relacionado con descubrimientos, teorías científicas, métodos matemáticos, seres vivos de la naturaleza, genoma humano, obras literarias, plásticas, arquitectónicas y artísticas, objetos que tuvieran únicamente carácter estético, las reglas y métodos de juegos, programas de computador, formas de presentar información, invenciones que atenten contra la moral, la salud y orden público; métodos terapéuticos o quirúrgicos y los usos. Entidad: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO |