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Certificado de beneficiario de la Ley de RetornoDocumento dirigido al colombiano en situación de retorno, que permite acceder a los beneficios contemplados en la Ley 1565 de 2012, la cual establece la posibilidad de acceder a descuentos tributarios y aduaneros para la entrada al país de menaje doméstico, herramientas de trabajo y dinero a través de los canales financieros para los colombianos residentes en el exterior que decidan voluntariamente regresar a vivir a Colombia. Adicionalmente, la ley establece la posibilidad de brindar apoyo para el desarrollo de actividades productivas, orientación laboral, y acompañamiento humanitario de ser necesario. Entidad: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Determinación de Zona de Frontera y/o Unidad Especial de Desarrollo FronterizoTrámite a través del cual un municipio, corregimiento o área no municipalizada de un Departamento fronterizo, podrá ser declarado como Zona de Frontera y/o Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo por parte del Gobierno Nacional, siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas en el Decreto 0657 de 2023. Entidad: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Renuncia a la nacionalidad colombianaPueden renunciar a la nacionalidad colombiana, los nacionales colombianos por nacimiento o por adopción que cumplan con los requisitos legales. Si se encuentra domiciliado en Colombia la solicitud podrá ser presentada ante el Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Bogotá D.C o en los consulados de Colombia en el exterior si su domicilio se encuentra fuera de Colombia. Entidad: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Visa visitanteAutorización prevista para el extranjero que quiera visitar Colombia una o varias veces o permanecer temporalmente en el país sin establecerse de manera permanente. Esta visa le permite al titular realizar, entre otras actividades: tránsito aeroportuario, turismo, negocios, estudiante, tratamiento médico, trámites administrativos y/o judiciales, tripulante participación en eventos, religioso, estudiante-voluntarios entidades religiosas, voluntario o cooperante, producción cinematográfica o audiovisual, nómada digital, cubrimiento periodístico, corresponsal permanente, asistencia técnica, empresarios TLC, trabajador agrícola de temporada, oficiales no acreditados, vacaciones y trabajo, práctica laboral, fomento a la internacionalización y rentista. Entidad: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Traspaso de VisaEs cuando por solicitud del titular, se autoriza o no la reexpedición de una visa ya expedida, siempre y cuando use la misma nacionalidad con que la obtuvo, en estos casos: Pérdida o robo del pasaporte, cambio de pasaporte si el titular lo desea, cuando la visa se haya expedido con errores de digitación y no se haya solicitado la corrección dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su expedición, por cambio de la razón social del contratante bajo el mismo número de identificación tributaria, o por cambio de cargo dentro de la misma empresa contratante, cuando se requiera adicionar a otro empleador siempre que la labor autorizada guarde relación con las actividades de la visa vigente, debiéndose reportar dichas actividades a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y al Ministerio de Trabajo. Para titulares de visa Residente Permanente (R), deberán solicitar el traspaso de su visa cada cinco (5) años por lo menos un mes antes de la fecha de expiración. Entidad: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |