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Concepto 094201 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Podrá proveerse un cargo con vacancia temporal en las contralorías territoriales mediante la figura de encargo siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos consagrados en el artículo 20 del Decreto 409 del 2020, devengando la asignación salarial establecida para el cargo del cual fue encargado siempre que este no sea devengado por el titular del mismo.

Concepto 094461 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La licencia no remunerada para adelantar estudios es un derecho del empleado público que no implica la terminación del vínculo laboral, y cuya consecuencia para el servidor es la no prestación del servicio y para la Administración el no pago de los salarios y de las prestaciones sociales durante su término.

Concepto 095001 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de supresión del organismo o entidad, la estabilidad laboral de los servidores públicos que demuestren pertenecer al grupo de protección especial de que trata el artículo 12 de la Ley 790 de 2002, se mantendrá hasta la culminación del proceso de supresión o liquidación; y la garantía para los servidores próximos a pensionarse deberá respetarse hasta el reconocimiento de la pensión de jubilación o de vejez.

Concepto 098371 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se considera procedente concluir que las restricciones contenidas en la Ley 996 de 2005 no son aplicables a los notarios, en razón a que, ellos no hacen parte de la Rama Ejecutiva del poder público, ni son empleados públicos, ni trabajadores oficiales. Los notarios son considerados particulares que cumplen funciones públicas. No existe restricción para que durante la aplicación de la ley de garantías electorales se provean las vacantes de notarios que se generen.

Concepto 098391 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se considera que procede la liquidación de la totalidad de las prestaciones sociales a que tiene derecho como es el caso de las vacaciones, prima de vacaciones, la bonificación por recreación, la prima de navidad y las cesantías, las cuales deberán liquidarse con el salario que esté devengando al momento de su causación siempre y cuando el servidor efectivamente los estuviere percibiendo.

Concepto 098441 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado de verificar si, por las funciones asignadas a su empleo, puede concluirse que ejerce autoridad política, civil o administrativa. En caso que concluya que sí ejerce autoridad, deberá renunciar a su cargo antes de los 12 meses previos a la fecha de elección de alcalde.

Concepto 098451 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el cónyuge del concejal, es contratado en una entidad departamental, la inhabilidad prevista en el artículo 49 de la Ley 617 de 2000 no es aplicable porque el nominador no es del mismo municipio ni de una de sus entidades descentralizadas.

Concepto 098461 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si la ESAL (Entidad sin ánimo de lucro) tiene participación pública, o sin tenerla, maneja o administra recursos públicos, el empleado público deberá abstenerse de contratar con ella, de acuerdo con la prohibición contenida en el artículo 127 de la Constitución.

Concepto 098481 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En vigencia de la Ley de Garantías Electorales es viable efectuar asignación de funciones a un empleado o hacer nombramientos en encargo, considerando que tales figuras no implica la desvinculación o nombramiento de un nuevo empleado, es decir, que tales decisiones administrativas no conllevan la modificación de la nómina estatal, sino que por el contrario, obedecen a las necesidades del servicio.

Concepto 098571 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando se realice la provisión del cargo, la entidad pública deberá indicar la asignación salarial del empleo en el acto administrativo de nombramiento, la cual deberá actualizarse cada año de acuerdo con el incremento salarial fijado por las Asambleas y Concejos Municipales o Distritales para cada vigencia, según sea el caso, teniendo en cuenta los límites máximos fijados por Decreto del Gobierno Nacional, que para la vigencia del año 2021 es el Decreto 980 de 2021, el cual se encuentra vigente todavía hasta que se expidan los decretos salariales para el año 2022.