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Concepto 144681 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En las sociedades de economía mixta el Estado no tiene una inversión que supere el 90% del capital, es decir si tiene el 89% o menos de tal capital, o si en las empresas de servicios públicos el capital social no es totalmente público, el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas y de los representantes legales de estas no se aplicará a tales servidores, como tampoco a sus gerentes, directores o presidentes.

Concepto 144701 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En las plantas globales es posible distribuir los empleos y ubicar el personal de acuerdo con los perfiles requeridos para el ejercicio de las funciones, la organización interna, las necesidades del servicio y los planes, programas y proyectos trazados por la entidad, siempre y cuando no implique condiciones menos favorables para el empleado y siempre teniendo en cuenta la naturaleza de las funciones del empleo. No obstante, para reubicar o trasladar a un empleado con fuero sindical debe obtenerse permiso previamente ante el juez de trabajo, tal como lo prevé el artículo 405 del C.S.T.

Concepto 144721 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es viable que se reconozcan horas extras que no se han elaborado. No es procedente que se reconozcan y paguen horas extras fijas mensuales, lo procedente es reconocer y pagar las horas extras que el empleado haya laborado.

Concepto 143331 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El servidor público con derechos de carrera en caso de renunciar y a los tres días se posesiona en otro empleo en vigencia del régimen anualizado de cesantías, queda sometido a este régimen. La entidad debe proceder a liquidar las prestaciones sociales y demás emolumentos a que tenía derecho durante el tiempo laborado.

Concepto 143341 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La entidad deberá tener en cuenta al momento de liquidar las cesantías que en los tiempos en que estuvo desempeñando los encargos, se deberán liquidar conforme al régimen de cesantías anualizadas el cual, con la entrada en vigencia de la Ley 344 de 1996, se extendió a los empleados públicos del orden territorial y consiste en que el empleador el 31 de diciembre de cada año debe liquidar las cesantías por anualidad o fracción, consignando el valor correspondiente al fondo de cesantías al que se encuentre afiliado el empleado, lo cual cobija a las personas vinculadas a partir del 31 de diciembre de 1996, en el orden territorial.

Concepto 143351 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

A la funcionaria no le aplica el fuero de estabilidad laboral reforzada por cuanto su empleo es de período institucional, razón por la cual se entenderá desvinculada a partir del 31 de diciembre de 2021, fecha en la que terminaba su período institucional.

Concepto 143371 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No es viable el retiro de cesantías parciales para el pago de impuestos prediales, por cuanto la norma aplicable a los servidores públicos (Ley 1071 de 2006) señala expresamente los casos para los cuales procede el retiro de esta prestación.

Concepto 143391 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el evento de reconocimiento y pago de cesantías retroactivas deberá tenerse en cuenta si estas son administradas en forma directa por la entidad o si la misma suscribió convenio para el manejo de la prestación (cesantías retroactivas) en cuyo caso en el texto del convenio debió establecerse la periodicidad con que se harán los aportes por la entidad pública, y la responsabilidad de esta por el mayor valor resultante de la retroactividad de las cesantías. En caso de que sean administradas directamente por la entidad podrán ser pagadas directamente al empleado una vez se cumplan con los demás requisitos para su reconocimiento.

Decreto 555 de 2022 - Nivel Nacional

Adiciona una sección al Decreto 1072 de 2015, en lo relacionado con el trabajo remoto

Concepto 131301 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los notarios no podrán ejercer como miembros o presidentes de una junta o consejo de una entidad sin ánimo de lucro, como lo es una sociedad de gestión colectiva de derechos de autor y conexos, pues incurriría en la incompatibilidad prevista en el artículo 10 del Decreto Ley 960 de 1970, según el cual, el ejercicio de la función notarial es incompatible con la gestión particular u oficial de negocios ajenos.