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Concepto 174411 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un concejal que pretende aspirar al cargo de alcalde municipal no necesita renunciar a su cargo de concejal para habilitar su aspiración, por cuanto, se reitera, los concejales no tienen la calidad de empleados públicos.

Concepto 174451 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el evento en que se requiera una modificación en la prestación del servicio de un trabajador oficial, se deberá proceder a suscribir la correspondiente modificación al respectivo contrato de trabajo, en los términos y condiciones allí establecidas para tal efecto; convención colectiva, pacto colectivo, laudo arbitral o reglamento interno de trabajo, con el fin de suplir las necesidades del servicio.

Concepto 174461 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el empleo es de carrera administrativa podrá ser reubicado de acuerdo a las necesidades del servicio. Corresponde a la entidad determinar si es un empleo o no de carrera el que se encuentra en el Despacho.

Concepto 174471 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los servidores públicos que ocupan en provisionalidad un cargo de carrera gozan de una estabilidad laboral relativa, lo que implica que únicamente pueden ser removidos por causas legales que obran como razones objetivas que deben expresarse claramente en el acto de desvinculación, dentro de las que se encuentra la provisión del cargo que ocupaban, con una persona de la lista de elegibles conformada previo concurso de méritos. En esta hipótesis, la estabilidad laboral relativa de las personas vinculadas en provisionalidad cede frente al mejor derecho de quienes superaron el respectivo concurso.

Concepto 174501 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el marco de lo previsto en la Ley 527 de 1999, se considera viable la suscripción de documentos en forma digital, siempre que se cumplan con los requisitos y protocolos previstos en la norma.

Concepto 174541 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien haya ejercido como contralor territorial encargado, podrá aspirar a concursar y ser elegido en propiedad, pues las restricciones prohibición de reelección no opera para aquellos que ejercieron el cargo mediante la figura del encargo.

Concepto 174571 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se reitera que no sólo los ex funcionarios del suprimido DAS podrán presentarse en las convocatorias que se abran para la provisión de los empleos en los cuales fueron incorporados en las distintas entidades públicas receptoras, toda vez que el ingreso al empleo público, de acuerdo con nuestra constitución política, deberá ser en igualdad de condiciones para todas las personas que cumplan con los requisitos para el ejercicio de los mismos.

Concepto 174681 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidencia que haya impedimento para que un empleado del nivel técnico, realice supervisión de contratos, siempre y cuando la misma sea acorde con las funciones propias de su cargo, las cuales deben ser consonantes con el nivel al que se encuentra circunscrito.

Concepto 174701 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prórroga en el término para llevar a cabo la posesión en un empleo, será procedente sólo cuando el designado no residiera en el lugar de ubicación del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, para esta última situación, se debe hacer énfasis, que es la autoridad nominadora quien valorará la causal esgrimida para solicitar dicha prórroga, por lo tanto, la solicitud, está sujeta a valoración y en caso de concederla la misma será de hasta por 90 días, que en ningún caso podrán volverse a conceder, no habrá lugar a una segunda prórroga.

Concepto 174731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es claro que el artículo 10 del Decreto 168 de 2004 establece que los funcionarios de la UGPP que logren obtener una calificación sobresaliente podrán optar por una comisión en un cargo de libre nombramiento y remoción sólo pueden cuestionarse por un plazo de 3 años continuos o discontinuos sin prórroga pero la Ley 909 de 2004 establece un plazo para una comisión de 3 años continuos discontinuos con prórroga, dicha norma bajo el principio de confianza legítima e igualdad está en contravía de los funcionarios de carrera administrativa de la UGPP., por lo tanto cuál es la norma válida para los funcionarios de la UGPP.