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Concepto 193181 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No podrá ser inscrito como candidato ni elegido alcalde municipal quien sea cónyuge o compañero permanente de un empleado público que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección haya ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio, como es el caso de un registrador municipal; respecto de la posibilidad del traslado de su esposa para que no ejerza autoridad en el municipio respectivo, dicho movimiento debería hacerse doce meses antes de su aspiración, tal como ha quedado establecido.

Concepto 193191 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el manual específico de funciones y de competencias laborales de la entidad en la cual se encuentra vinculado, debe estar previsto el contenido funcional del empleo de Inspector de Policía del cual es titular, cuyas atribuciones son, además de las asignadas en el artículo 206 de la Ley 1801 de 2016, le corresponden las funciones que le señale la Constitución Política, la ley, las ordenanzas y los acuerdos; en consecuencia, las atribuciones de autoridad de tránsito que les atribuye el artículo 2o de la Ley 1383 de 2010, modificatorio del artículo 3o de la Ley 769 de 2002, debe estar incluida y desarrollada en el manual específico de funciones y de competencias laborales.

Concepto 193201 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las personas vinculadas mediante contrato de prestación de servicios son particulares contratados por el tiempo estrictamente necesario para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad, cuando estas funciones no pueden ser realizadas con personal de planta o requieran de conocimientos especializados.

Concepto 193211 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El traslado debe ser ?horizontal? como quiera que consiste en una forma de proveer un empleo con funciones afines al que desempeña, de la misma categoría y para el cual se exijan requisitos mínimos similares, es decir, que no implica un ascenso ni descenso.

Concepto 193231 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se encuentra inhabilitado para ser elegido personero en dicho ente territorial el secretario de la misma personería; por lo que su renuncia podrá ser presentada antes de su posesión como personero del municipio.

Concepto 193251 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Es viable que un servidor de carrera administrativa pueda supervisar un contrato cuyos honorarios mensuales sean superiores al salario del servidor.

Concepto 193261 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidencia alguna inhabilidad para que un servidor público de carrera administrativa, que fue encargado como contralor pueda ser nombrado posteriormente en la alcaldía del mismo municipio en un empleo de libre nombramiento y remoción con la comisión respectiva.

Concepto 186031 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La liquidaci¿n de los elementos salariales y prestacionales se realiza cuando el empleado p¿blico se retira efectivamente de la entidad, en ese sentido, la relaci¿n laboral del empleado provisional que pasa a posesionarse en periodo de prueba en el mismo cargo o en otro dentro de la administraci¿n p¿blica, no presenta un retiro efectivo del servicio y, por lo tanto, el tiempo de servicios ser¿cumulado para todos los efectos.

Concepto 190421 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando la persona sale a disfrutar las vacaciones, tanto el descanso remunerado como la prima de vacaciones son liquidadas con los factores salariales que el empleado esté percibiendo al momento de disfrutarlas.

Concepto 190451 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando a un funcionario se le compensan en dinero las vacaciones, éstas se deben liquidar y pagar computando los mismos quince (15) días hábiles contabilizados a partir de la fecha del inicio del descanso; es decir, 15 días hábiles incluidos para efecto de su pago los domingos y feriados contenidos entre el primero y el quinceavo día hábil, lo que dará 18, 21, 23, 25 ó 27 días calendario, según el caso; de lo contrario, el empleado público estaría en notable desigualdad frente a los que disfrutaron el descanso de los 15 días hábiles de vacaciones.