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Concepto 210851 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.1.4 del Decreto 1083 de 2015, entre los requisitos exigidos para ejercer un empleo de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, se requiere tener definida la situación militar, en los casos a que haya lugar; y el artículo 34 de la Ley 1861 de 2017 dispone entre las causales de aplazamiento para la prestación del servicio militar por el tiempo que subsistan, estar matriculado o cursando estudios de educación superior, mientras que el artículo 42 ibídem, señala que, la situación militar se deberá acreditar para ejercer cargos públicos, trabajar en el sector privado y celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural con cualquier entidad de derecho público, y sin perjuicio de la obligación anterior, las entidades públicas o privadas no podrán exigir al ciudadano, la presentación de la tarjeta militar para ingresar a un empleo.

Concepto 211131 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La obligación de garantizar el financiamiento del comité por parte del Gobierno nacional es clara y resulta crucial para efectos de lograr mantener el seguimiento a las recomendaciones realizadas por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, no obstante sobre la forma en que dará cumplimiento a dicha obligaciones le corresponderá pronunciarse al Ministerio de Hacienda y Crédito público, organismo encargado de las finanzas del Gobierno.

Concepto 211191 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un concejal no se encuentra inmerso en la prohibición contenida en el numeral 3 del artículo 45 de Ley 136 de 1994, en el entendido que no está impedido para hacer parte de la junta de acción comunal o incluso ser su representante, por cuanto las juntas de acción comunal son organizaciones cívicas, sin ánimo de lucro, encaminadas al desarrollo comunitario. Ello quiere decir, que no pertenecen al sector central o descentralizado del municipio, ni son empresas que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el respectivo municipio.

Concepto 211201 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prohibición para el servidor público de recibir más de una asignación, se predica de aquellas que provengan del tesoro público o de empresas en que tenga parte mayoritaria el Estado, en ese sentido, se colige que el empleado público no podrá tener más de una vinculación con entidades públicas, salvo las excepciones contenidas en el artículo 19 de la Ley 4 de 1992.

Concepto 211211 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El hecho de estar en embarazo no puede constituirse como una limitante para acceder al empleo público, razón por la cual se concluye que es viable que una mujer embarazada realice la aceptación del nombramiento y la posesión en el cargo para el cual además concurso y sobre el cual tiene derechos por haber superado el proceso de selección

Concepto 211221 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Con relación a la desvinculación por calificación insatisfactoria, este deberá ser motivado por la autoridad nominadora, cuando el empleado nombrado en provisionalidad haya obtenido calificación no satisfactoria como resultado de la evaluación del desempeño para evitar futuras reclamaciones a la administración y el funcionario pueda ejercer el derecho a contradicción.

Concepto 211241 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De acuerdo con lo anterior, los empleos de libre nombramiento y remoción en caso de vacancia definitiva o temporal, podrán ser provistos a través de la figura de encargo con empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción que cumplan con los requisitos y el perfil para su desempeño.

Concepto 211411 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Se ha verificado que un funcionario de carrera administrativa que se encuentra en licencia ordinaria, no podrá aceptar un cargo en una empresa en la que uno de los socios es público con participación del 49%, en virtud de que sigue tratándose de una entidad que integra la Rama Ejecutiva y la legislación es clara al señalar que los servidores públicos no pueden contratar con entidades públicas ni percibir más de una asignación proveniente del tesoro público, incluso encontrándose en licencia ordinaria, situación que no rompe el vínculo laboral con el estado.

Concepto 211431 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La inhabilidad para ser concejal contenida en la legislación citada, no se configura en el caso de un empleado de la Unidad de Trabajo Legislativo pues no se cumple la condición señalada sobre el ejercicio de cargo con autoridad política, civil, administrativa o militar. No obstante, debido a la prohibición que pesa sobre todo servidor público, deberá renunciar a su cargo y su renuncia ser aceptada antes de inscribirse como candidato al concejo. En cuanto a la inhabilidad relacionada con el contrato administrativo, estará inhabilitado para ser Alcalde quien dentro del año anterior a la elección haya celebrado contrato con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que el contrato deba ejecutarse o cumplirse en la respectiva entidad territorial. Así mismo quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en la respectiva entidad territorial."

Concepto 211601 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Con relación de retiro o la falta absoluta de uno de los integrantes de la terna deberá completarse con la persona que hubiese ocupado el cuarto lugar en el puntaje final, y así sucesivamente en estricto orden de mérito que continúen en la lista siempre y cuando hubiesen superado la prueba de conocimientos. Si no existe forma de conformar nuevamente una terna para la elección de los contralores departamentales, le corresponderá a la Asamblea iniciar un nuevo proceso de convocatoria pública de selección de contralores departamentales, municipales o distritales para poder conformar la terna."