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Concepto 205831 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El nombramiento en encargo en aplicación del derecho de los empleados de carrera, no constituye argumento legal ni jurisprudencial para motivar la terminación de un nombramiento provisional. No es procedente el retiro de un empleado provisional para efectuar su provisión con un funcionario con derechos de carrera mediante encargo."

Sentencia 2021-04664 de 2022 - Consejo de Estado

Declara la nulidad del Decreto 1754 de 2020, a través del cual se reglamentó Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, en lo relacionado con la reactivación de las etapas de reclutamiento, aplicación de pruebas y periodo de prueba en los procesos de selección para proveer los empleos de carrera del régimen general, especial y específico, por considerar que con su expedición, el ejecutivo desbordó su atribución constitucional de desarrollar la ley y subordinarse a su contenido, toda vez que la medida adoptada desconoció abiertamente la restricción impuesta por el legislador extraordinario de que dichos procesos de selección quedaran aplazados con ocasión de los efectos de la pandemia del Covid-19, y sólo se reanudarían una vez fuere superada la emergencia sanitaria dictada por el Ministerio de Salud y Protección Social. También se definió que los efectos de la declaratoria de nulidad operan hacia el futuro, por considerar que las entidades o instancias responsables de adelantar los procesos de selección actuaron amparadas en la confianza legítima y tuvieron la convicción de que dichos trámites podían reanudarse a partir de la expedición de la norma anulada.

Concepto 193831 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El incremento salarial se configura como un derecho de los empleados públicos, que se realiza anualmente, lo que quiere decir que se realiza una vez al año, el cual, atenderá en todo caso los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional y el presupuesto disponible.

Concepto 195801 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si un servidor público ha extralimitado el ejercicio de sus funciones, podrá dirigirse a la Oficina de Control disciplinario interno de la respectiva entidad o en su defecto ante las entidades de Control como la Procuraduría General de la Nación, entidad que de conformidad con lo previsto en el artículo 277 de la Constitución Política tiene asignada la función de velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas, así como de ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, entre otras.

Concepto 196401 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Por regla general en las entidades u organismos públicos se efectúa una programación semestral o anual en la que los servidores públicos acuerdan con la Administración las fechas en las cuales desean disfrutar de las vacaciones, en ese sentido, se entiende que las vacaciones son previamente concertadas; no obstante, se considera procedente que las entidades autoricen el descanso remunerado al servidor público que lo solicite o la Administración podrá otorgarlas de manera oficiosa.

Concepto 200701 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"No será procedente conceder vacaciones durante el período de prueba, pues como se manifestó anteriormente este tiempo será para que el empleado demuestre su capacidad de adaptación, desempeño de funciones y su jefe deberá evaluarlo por lo que no se considera justa causa para interrumpirse."

Concepto 201921 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"De conformidad con la Ley 1801 de 2016, se reitera que habrá inspecciones de Policía permanentes durante veinticuatro (24) horas en las ciudades capitales de departamento, en los distritos, y en los municipios que tengan una población superior a los cien mil habitantes, por lo que para efectos de cumplir con las funciones otorgadas por Ley el nominador deberá establecer los horarios de acuerdo de la necesidad del servicio."

Concepto 201931 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"El artículo 64 del Decreto-Ley 1042 de 1978, es claro al disponer que: "cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, sólo se reconocerá el cincuenta por ciento del valor fijado en el artículo 62". Así, una vez el nominador evalúe el caso particular, deberá tener en cuenta lo dispuesto por el ya mencionado artículo. Pues, el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte debe hacerse con base en la fecha de inicio y terminación de la comisión, información que está plasmada en el acto administrativo que ordena la comisión."

Concepto 202041 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"No habrá recurso contra los actos de carácter general, ni contra los de trámite, preparatorios, o de ejecución excepto en los casos previstos en norma expresa y en su artículo 40, cuando habla de la actuación administrativa en general dispone que, contra el acto que decida la solicitud de pruebas no proceden recursos."

Concepto 202291 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Si bien es cierto las entidades pueden reglamentar el proceso interno encargo, éste debe ajustarse al procedimiento para la provisión de las vacantes definitivas y temporales en los empleos públicos indicado en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, y los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.3., que al estar determinado en la Ley es de obligatorio cumplimiento. Igualmente, deben seguirse los lineamientos que sobre el particular se dan en la Circular Conjuntas No. 20191000000117"