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Concepto 207981 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El trámite que la Administración debe seguir para cancelar las acreencias laborales de los herederos del empleado público que fallece, es el establecido en los Artículos 2.2.32.5 y siguientes del Decreto 1083 de 2015 y 212 del Código Sustantivo de Trabajo, y para el efecto se deben considerar como herederos, los señalados los órdenes sucesorales contenidos en los artículos 1045 y siguientes del Código Civil. En consecuencia, y en caso de duda o litigio entre los herederos de quien fallece, la entidad deberá aguardar las resultas del proceso sucesoral correspondiente.

Concepto 209981 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En la normativa vigente no existe ninguna inhabilidad para que quien desarrolla las actividades de un contrato estatal se inscriba en un concurso y en caso de superar el mismo, sea designado como empleado público.

Concepto 209991 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No se evidencia una norma que faculte o permita a un uniformado de la Policía Nacional prestar sus servicios en comisión en forma permanente a otra entidad u organismo público, por consiguiente, no es viable que un uniformado de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional presten sus servicios mediante comisión a otra entidad pública en forma permanente, pues no se evidencia norma que lo prevea.

Concepto 210011 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La entidad debe ser lo más diligente posible con la liquidación y pago de valores que correspondan al finalizar la relación laboral con los servidores, dándose un plazo moderado para tal fin, de tal forma que no se ocasione un perjuicio o pongan en riesgo el mínimo vital de los mismos y sus familias, teniendo en cuenta su nueva situación de desempleados.

Concepto 210021 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el caso que como jefe de control interno haya ejercido un empleo el nivel directivo o asesor, se encontraría inhabilitado para suscribir contratos estatales con la respectiva entidad en los términos del literal a) y f) del numeral segundo, artículo 8° de la Ley 80 de 1993.

Concepto 210051 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La licencia ordinaria se otorga a favor de los empleados públicos sin que tenga injerencia el tipo de su vinculación, en ese sentido, se colige que los empleados nombrados en forma provisional pueden ser beneficiarios de dicha licencia.

Concepto 210181 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados públicos que devengue hasta dos (2) veces el salario Mínimo Legal Mensual Vigente, tienen derecho al auxilio de transporte, siempre y cuando en el municipio donde se desarrollen las labores se preste el servicio público de transporte.

Concepto 210191 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La entidad empleadora debe proceder a realizar la reliquidación del aporte al sistema integral de seguridad social, a más tardar dentro de los 2 meses a la fecha del pago de la nómina en la que se dispone el reajuste salarial retroactivo, con fundamento en el mayor valor resultante del reajuste salarial anual, para que en consecuencia la EPS, realice la reliquidación de lo cancelado por incapacidad.

Concepto 210201 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las entidades no pueden, ni por decisión unilateral o a través de un proceso de negociación colectiva de carácter particular, reconocer beneficios, incentivos o recompensas económicas por cuanto, de acuerdo con el Consejo de Estado, a partir del Acto Legislativo 01 de 1968 la competencia para crear salarios o prestaciones se le atribuye única y exclusivamente al Gobierno Nacional. En consecuencia, cualquier estímulo de tipo económico se encuentra constitucional y legalmente prohibido.

Concepto 210261 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un Personero Municipal, en virtud de la incompatibilidad prevista en el artículo 39 de la Ley 136 de 1994, aplicado por remisión a los Personeros, no podrá inscribirse para ser elegido alcalde municipal, dentro de los 12 meses siguientes a su renuncia o a la terminación del período legal.