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Concepto 233341 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No será procedente extender el derecho a percibir la bonificación especial de que trata el artículo 1 del Decreto 1498 a los funcionarios de la planta de personal de la Defensoría del Pueblo.

Concepto 233371 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El aspirante al cargo de Alcalde, no se encuentra inhabilitado para aspirar a esta dignidad, si el desempeño de este empleo no implica ejercicio de autoridad política, civil o administrativa en el municipio donde aspira a ser elegido.

Concepto 233381 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el aspirante al cargo de Alcalde ejerce autoridad desempeña el cargo dentro de los 12 meses anteriores a la elección, estará inhabilitado para aspirar al cargo. Si, por el contrario, concluye que el desempeño del cargo no implica ejercicio de autoridad civil o administrativa, no estará inhabilitado para acceder a este cargo. No obstante, en virtud de la prohibición constitucional que pesa sobre todo empleado público de participar en política, si decide participar en la contienda electoral para el cargo de Alcalde, deberá renunciar a su cargo y su renuncia ser aceptada, antes de que se inscriba como candidato.

Concepto 233601 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En aquellos casos en los cuales en las entidades no haya personal de carrera administrativa, o el número de empleados de carrera no hace posible la conformación de la Comisión de Personal, podrán participar como electores o aspirantes las personas que se encuentran vinculados bajo provisionalidad.

Concepto 233671 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Cúcuta S.A. E.S.P es una empresa oficial de servicios públicos domiciliarios del orden municipal, de titularidad totalmente pública, con participación accionaria de otras personas jurídicas de derecho público, la competencia para la elección de su representante legal, corresponde a la junta directiva de la entidad, de acuerdo con la remisión que la Ley 142 de 1994 hecha por los artículos 19.15 y 32 a lo dispuesto en el artículo 440 del Código de Comercio.

Concepto 233731 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La ?no solución de continuidad? es aquella en la que la prestación del servicio es continua, sin suspensión o ruptura de la relación laboral; y en el evento que un empleado se desvincule del empleo del cual es titular y posteriormente se vincule a otra entidad, no se constituirá la interrupción o falta de relación laboral entre una y otra vinculación.

Concepto 233901 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Para determinar el tipo de vinculación de un empleado, deberá revisar la naturaleza del empleo y sus funciones, teniendo en cuenta que solo será viable la vinculación mediante contrato de trabajo cuando se trate de trabajadores oficiales, que en el caso de las ESE, serán aquellos que estén destinados al mantenimiento de la planta física, o de servicios generales.

Concepto 234001 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una vez finalizado el período institucional para el cual fue elegido un servidor público, opera un retiro automático e inmediato de quien desempeña dicho empleo, siendo responsabilidad de la autoridad correspondiente producir una nueva designación en los términos establecidos en las normas legales vigentes que rigen la materia.

Concepto 234141 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el evento en que al empleado se le haya consignado un valor excedente que no debía reconocerse ya que se encontraba en una incapacidad médica y percibió una cuantía que no se ajustó al cargo del cual presta efectivamente sus servicios, se incurriría en enriquecimiento sin justa causa.

Concepto 234221 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado provisional al que le faltan menos de tres años para cumplir los requisitos para acceder a la pensión (edad y/o tiempo de servicios), deberá ceder la plaza a quien ocupe el primer lugar en el concurso de méritos que se adelantó para proveer el empleo que ocupa en provisionalidad, ya que su situación no lo exime de demostrar su capacidad y mérito en igualdad de condiciones y el mérito debe ser el factor que determine el ingreso o la permanencia en el sector público.