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Concepto 067761 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El ejercicio de un empleo que denote autoridad civil, política o administrativa, en el territorio donde se harán los comicios electorales (en este caso municipio), inhabilita la postulación de su cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil; independiente del nivel territorial en el que se encuentre vinculado como empleado (nacional, departamental o municipal). Así, para determinar si un empleado público ejerce autoridad administrativa o civil, se hace necesario acudir a las funciones asignadas al cargo respectivo, con el propósito de analizar a la luz de las mismas si ellas implican poderes decisorios, de mando, imposición, vigilancia y control sobre los subordinados en el respectivo municipio.

Concepto 067771 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el caso que como empleada de la gobernación ejerza autoridad administrativa, civil, política o militar en el municipio en el que aspira a ser elegido alcalde su esposo, en los términos arriba señalados; es decir, tenga la facultad para celebrar contratos o convenios, ordenar gastos con cargo a fondos municipales, conferir comisiones, licencias no remuneradas, decretar vacaciones y suspenderlas, trasladar horizontal o verticalmente los funcionarios subordinados, reconocer horas extras, vincular personal supernumerario o fijarle nueva sede al personal de planta; o haga parte de las unidades de control interno y legal o reglamentariamente tiene facultades para investigar las faltas disciplinarias en el respectivo municipio, deberá renunciar a su cargo al menos doce menos antes de las elecciones locales; en caso de no ejercer autoridad en los términos que se han dejado expuestos, podrá seguir ejerciendo sus funciones sin restricción alguna.

Concepto 067791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Al empleador sólo le corresponde el pago de la incapacidad por enfermedad general por los 2 primeros días, por lo que, a partir del 3° día se reconoce por parte de la EPS en la proporción que legalmente le corresponde. En otras palabras, no resulta procedente modificar las normas sobre incapacidad a través de un proceso de negociación colectiva.

Concepto 067851 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Sólo procede el pago de los turnos de disponibilidad, cuando éstos se cumplen en el lugar de trabajo, de tal suerte que el empleado no pueda realizar otras actividades. Si, por el contrario, durante esta disponibilidad, el empleado permanece en su casa, desarrollando actividades familiares y personales, no procede pago, en cuanto no existe prestación efectiva de las funciones propias del empleo.

Concepto 067991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En cuanto a la forma de liquidar los factores de salario base de liquidación de las cesantías, se debe tener en cuenta aquellos que se reconocen mensualmente, como es el caso de la asignación básica, la cual se toma en cuenta el valor de lo percibido en la última mensualidad; de igual forma se tienen en cuenta aquellos que se reconocen una vez al año, como el caso de las primas de navidad y de las vacaciones por el último valor reconocido, en caso de retiro del empleado, se tendrá en cuenta el valor reconocido en forma proporcional; sin que resulte viable para este departamento administrativo en ejercicio de sus competencias legales señalar la fórmula a utilizar.

Concepto 068021 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el caso de las empresas industriales y comerciales del Estado, deberá aplicarse lo dispuesto por el artículo 14 de la ley 1150 de 2007 , según el cual, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), sus filiales y las sociedades entre entidades públicas con participación mayoritaria del Estado superior al cincuenta por ciento (50%), deben someterse al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales, con excepción de los contratos de ciencia y tecnología, que se regirán por la Ley 29 de 1990 y las disposiciones normativas existentes.

Concepto 068031 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando se ha ocupado un encargo por 10 años la entidad deberá liquidar las cesantías con el régimen anualizado de manera temporal solamente mientras se ejerció el encargo y el tiempo restante, es decir antes del encargo, se liquidará con el último salario devengado por el servidor en el empleo del cual es titular. Este procedimiento, debe aplicarse para evitar saldos negativos a favor de la administración.

Concepto 108791 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Estará inhabilitado para ser elegido gobernador quien dentro del año anterior a la elección haya celebrado contrato con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que el contrato deba ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento, entendiendo por celebración, el nacimiento del contrato, sin que interese que tiempo se tarde en su ejecución. En todo caso, en el caso que sea elegido gobernador, deberá ceder el contrato o renunciar a la ejecución del mismo, en razón a que los servidores públicos no pueden ser contratistas del Estado.

Concepto 109141 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

1. Los nominadores de cada entidad están facultados para adecuar la jornada laboral de los servidores públicos de acuerdo con las necesidades del servicio, es por eso que resultará viable que dispongan dentro de la jornada de trabajo el día sábado, siempre y cuando se respete la jornada máxima de 44 horas semanales, como lo dispone el Decreto Ley 1042 de 1978.

Decreto 0219 de 2023 - Nivel Nacional

Modifica unos artículos del Decreto 1625 de 2016 relacionados con la presentación de la declaración tributaria.