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Concepto 079421 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La persona mayor de 70 años, o retirado con derecho a pensión de vejez, solo podrá ser reintegrada al servicio en los cargos taxativamente señalados en el artículo 2.2.11.1.5 del Decreto 1083 de 2015. A su vez, la persona que se encuentre gozando de pensión y que no haya llegado a la edad de 70 años, podrá reintegrarse a los cargos señalados en el parágrafo del citado artículo.

Concepto 079511 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Resulta constitucionalmente admisible establecer una inhabilidad para contratar con el Estado a los ex servidores públicos que ejercieron funciones directivas y a las sociedades en que en estos o sus parientes hagan parte y la entidad del Estado a la cual estuvo vinculado como directivo.

Concepto 079571 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El no pago de las multas impuestas conlleva entre otros, el hecho de no ser nombrado o ascendido en cargo público hasta tanto no se pague el valor total de la deuda. Siendo responsabilidad, en este caso, del jefe de talento humano revisar previo al nombramiento que la persona se encuentra al día con el pago de las multas, so pena de incurrir en falta grave.

Concepto 079881 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El derecho que tienen los empleadores de solicitar el reembolso ante las EPS de las prestaciones económicas, entre esas, las incapacidades, prescribe en el término de tres (3) años contados a partir de la fecha en que el empleador hizo el pago correspondiente al trabajador.

Concepto 079991 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Habrá derecho a percibir esta prestación social mientras el empleado se encuentre en incapacidad y una vez superado el termino de ciento ochenta días y hasta tanto se defina su situación laboral; frente al valor de estas, se calculará de acuerdo con el salario devengado a 31 de diciembre de cada año.

Concepto 080071 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La protección legal que se otorga a los prepensionados, no los excluye de la ley disciplinaria; en tanto, a pesar de su estatus, continúan teniendo la calidad de servidores públicos. Por tal razón, aunque es admisible motivar el retiro de los provisionales a causa de la imposición de sanciones disciplinarias, ella se debe a una sanción por destitución e inhabilidad general; lo cual, de acuerdo con los hechos expuestos, no es aplicable al caso materia de consulta.

Concepto 080081 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un director de obra pública no tiene la calidad de empleado público sino de trabajador oficial, razón por la cual su vinculación obedecerá a las condiciones pactadas en el contrato de trabajo y, si tiene antecedentes fiscales, corresponderá al empleador determinar, de acuerdo a las condiciones pactadas, si dicha situación afecta o no su vinculación.

Concepto 080121 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En caso de renuncia, la liquidación de salarios y prestaciones del servidor deberá realizarse hasta la fecha de aceptación de la misma y de conformidad con el acto administrativo correspondiente.

Concepto 080131 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Como consecuencia de una liquidación, reestructuración, supresión, fusión o traslado los empleados de carrera administrativa tendrán derecho a ser incorporados en un empleo igual o equivalente en la nueva planta de personal, por lo que este derecho no ampara a los provisionales.

Concepto 080191 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El cargo de director ejecutivo de la CRA no corresponde a una designación o nombramiento del Presidente de la República, sino que se trata de un Director ejecutivo designado por los expertos comisionados nombrados por el Presidente de la República, por lo tanto es provisto por otra autoridad, los expertos comisionados, por un periodo fijo, razón por la cual no se considera procedente que el Presidente de la República ejerza la atribución conferida en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política en relación con esa designación.