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Concepto 286631 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El ex servidor público no podrá directa o indirectamente prestar, a título personal o de manera indirecta, servicios de asistencia, representación o asesoría en asuntos relacionados con las funciones propias del cargo, o permitir que ello ocurra, hasta por el término de un (1) año después de la dejación del cargo, con respecto del organismo, entidad o corporación en la cual prestó sus servicios. Tampoco, podrá prestar servicios de asistencia, representación o asesoría a quienes estuvieron sujetos a la inspección, vigilancia, control o regulación de la entidad, corporación u organismos al que se haya estado vinculado. Esta prohibición será indefinida en el tiempo respecto de los asuntos concretos de los cuales el servidor conoció en ejercicio de sus funciones.

Concepto 286661 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Un empleado público podrá solicitar una comisión de servicios para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción o de periodo, cumpliendo con los requisitos que exige la norma para ello. Sin embargo, no existe disposición que permita que un empleado público de la rama ejecutiva se posesione en comisión en la rama judicial, por lo tanto, en caso de querer posesionarse deberá renunciar a su empleo de carrera por ser dos régimes diferentes.

Concepto 286711 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Una funcionaria de una institución educativa pública, nombrada en provisionalidad y cuyo empleo es el de auxiliar administrativo, no está inhabilitada para aspirar al cargo de alcalde. Sin embargo, sí deberá renunciar a su empleo público antes de la inscripción de la candidatura.

Concepto 286731 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No existe inhabilidad ni incompatibilidad alguna para que familiares trabajen en la misma institución, en el entendido que ninguno tenga la función nominadora sobre el otro. Tratándose de contratistas, no podrán contratar con la misma entidad los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil ni cónyuges ni compañeros permanentes de los funcionarios del nivel directivo, asesor o ejecutivo de la respectiva entidad.

Concepto 286771 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Siempre y cuando el estudiante no haya sido vinculado laboralmente a la entidad, el pasante no tiene la calidad de empleado público y, en tal virtud, no se configura inhabilidad para aspirar al cargo de Concejal. En cuanto a la posibilidad de que, en caso de ser elegido Concejal, continúe con la práctica o pasantía, se considera que esta opción no es viable, primero, porque la Constitución Política prohíbe suscribir contratos con las entidades públicas (en caso que la pasantía se realice mediante contrato) y, aun cuando el alcalde elegido no suscriba un contrato, estaría vinculado a la Alcaldía, entidad a la que debe hacer, en su calidad de Concejal, control político, evidenciándose una contradicción en su función de Concejal y como pasante de la Alcaldía.

Concepto 286821 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el artículo 67 de la Ley 30, se contempló una excepción a la reserva legal del régimen de inhabilidades, pues establece que los miembros de los consejos superiores que ostenten la calidad de empleados públicos, no solo estarán sometidos al régimen de inhabilidades previsto en la ley, sino también al consagrado en los estatutos de cada universidad. Por tanto, las universidades pueden disponer de un régimen especial de inhabilidades e incompatibilidades, siempre dentro del marco las garantías de carácter constitucional y respetando el principio de reserva legal.

Concepto 286981 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La autoridad competente debe fijar conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional, las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleos públicos del municipio o del departamento, es el concejo municipal o la asamblea departamental respectivamente teniendo en cuenta el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos para los entes territoriales previsto en el Decreto 785 de 20053. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 896 de 2023, el cual fija los topes que debe tener en cuenta el concejo para fijar el incremento salarial de los empleados del orden territorial. Por lo tanto, se debe estar a lo dispuesto por el concejo municipal para determinar el aumento salarial de los empleados del hospital.

Concepto 287021 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El incremento salarial de los empleados públicos de una empresa de servicios públicos de carácter oficial territorial deberá efectuarse en estricta concordancia con los postulados del Decreto 896 de 2023 expedido por el Gobierno Nacional para tal fin.

Concepto 287041 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La autoridad competente debe fijar conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional, las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleos públicos del municipio o del departamento, es el concejo municipal o la asamblea departamental respectivamente establecer el aumento salarial sin superar los topes fijados por el Gobierno Nacional y los que determine el Concejo Municipal o la Asamblea Departamental dependiendo la naturaleza de la entidad. Por lo tanto, corresponde al concejo municipal fijar las escalas salariales de los empleos y a su entidades adscritas o vinculadas, de acuerdo con su situación fiscal determinar el aumento correspondiente.

Concepto 287071 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La autoridad competente debe fijar conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional, las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleos públicos del municipio o del departamento, es el concejo municipal o la asamblea departamental respectivamente teniendo en cuenta el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos para los entes territoriales previsto en el Decreto 785 de 2005. En consecuencia si el incremento salarial para las entidades públicas lo adelanta el concejo en los precisos términos señalados y teniendo en cuenta la capacidad fiscal, se encontrará ajustado a derecho.