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Concepto 182451 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Quien ha ejercido el cargo de personero en calidad de designado o encargado no se encuentra inhabilitado para celebrar contratos o ser nombrado empleado público en el respectivo municipio dentro de los doce meses posteriores a su retiro, toda vez que el precepto normativo que contiene el limitante objeto de estudio no establece de forma explícita su aplicación para cuando se desempeña el cargo en encargo o designado.

Concepto 182481 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Toda vez que, los trabajadores de una entidad pública descentralizada, no se constituyen como servidores públicos, en principio no existiría impedimento para que se vinculen mediante contrato de prestación de servicios con una entidad pública; sin embargo y teniendo en cuenta su vinculación contractual, será necesario que acudan a las condiciones establecidas en el contrato para determinar si existe algún impedimento.

Concepto 182571 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Durante el periodo de prueba no es procedente otorgar el disfrute de las vacaciones, ni se considera dicho disfrute como justa causa para interrumpir el mismo; de tal manera, que no es factible que a un empleado se le otorguen sus vacaciones, cuando se encuentre en periodo de prueba; pues este es un tiempo en el que la administración evaluará la capacidad, la eficiencia, competencia, habilidades y aptitudes al cargo.

Concepto 182601 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Cuando el plazo que estipula la norma se fija en días, estos se entenderán como hábiles, para lo cual se suprimirán los feriados, es decir, domingos, festivos y sábados; estos últimos, cuando la administración ha dictado una norma que los considere inhábiles; por tal razón, y en el evento de que se trate de días calendario, tal circunstancia deberá ser expresa,

Concepto 182621 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si el empleado devenga hasta máximo dos salarios mínimos mensuales vigentes, y se ocasiona un gasto para trasladarse de su residencia al lugar de trabajo, deberá la entidad, ciñéndose a la normatividad que regula la materia, establecer si le asiste o no el derecho al reconocimiento y pago del correspondiente auxilio de transporte, de acuerdo con la necesidad de su utilización, por cuanto es la que conoce la situación real de sus trabajadores.

Concepto 182641 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

No hay impedimento para que un empleado público (distinto de los abogados) pueda prestar sus servicios de manera particular o en entidades del sector privado.

Concepto 182731 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La Administración tiene la autonomía para establecer los criterios de desempate en las convocatorias internas para proveer un empleo mediante encargo. En ese entendido, corresponderá a la entidad acudir a los mecanismos que ella misma establezca para surtir dicho proceso, en el marco de las disposiciones del artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 y del Decreto 1083 de 2015.

Concepto 182741 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el caso que la lista de elegibles elaborada como resultado de un proceso de selección esté conformada por un número menor o igual al de aspirantes al de empleos ofertados a proveer, la administración, antes de efectuar los respectivos nombramientos en período de prueba y retirar del servicio a los provisionales, deberá tener en cuenta, entre otros, a quienes tienen la protección especial arriba anotada, para que en lo posible estos servidores sean vinculados en otros empleos de carrera o temporales que se encuentren vacantes, y para los cuales cumplan requisitos, en la respectiva entidad o en entidades que integran el sector administrativo.

Concepto 182761 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Con la lista de elegibles como resultado del concurso de méritos, la entidad pública deberá nombrar y posesionar a la persona que se encuentre en primer lugar en la lista y dará por terminado el nombramiento en provisionalidad de la empleada pública embarazada y deberá pagarle las prestaciones que garanticen la licencia de maternidad.

Concepto 182781 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

En el evento en que la lista de elegibles elaborada como resultado de un proceso de selección esté conformada por un número menor o igual al de aspirantes al de empleos de carrera ofertados a proveer, la administración, antes de efectuar los respectivos nombramientos en período de prueba y retirar del servicio a los provisionales, deberá tener en cuenta a quienes tienen la condición referida en el parágrafo 2 del artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, para que, en lo posible, estos servidores sean vinculados en otros empleos de carrera o temporales que se encuentren vacantes, y para los cuales cumplan requisitos, en la respectiva entidad o en entidades que integran el sector administrativo.