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Concepto Sala de Consulta C.E. 550 de 1993 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

Las Contralorías departamentales, distritales y municipales no pueden celebrar directamente toda clase de contratos para el cumplimiento de sus funciones; estos deben ser celebrados respectivamente por el correspondiente gobernador o alcalde debidamente autorizados por la asamblea departamental o por el concejo distrital o municipal, según el caso

Ley 550 de 1999 - Nivel Nacional

Establece reglas para promover la reactivación empresarial y reestructuración de empresas que funcionen en el territorio nacional. Determina la forma, procedimiento, y requisitos para realizar acuerdos de reestructuración e indica que en caso de no llevarse estos a cabo se realizará un trámite concordatario, por parte de la autoridad competente. Art. 27. Señala las reglas para efectuar el trámite concordatario en estas entidades, los procesos concordatarios en trámite, determinación de acreencias y acreedores y vigencia. Art. 54 a 70.