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Concepto 523751 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Siempre que se cumpla con las condiciones, es viable considerar el traslado o la permuta de un empleado público; la norma no expone el número de veces que pueda realizarse, mientras se cumpla los requisitos de ley, en todo caso es de competencia del Jefe de Talento Humano o de quien haga sus veces, analizar el caso en concreto a la luz de la normativa anteriormente transcrita y decidir si ante una solicitud de permuta, procede o no.