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Concepto 476841 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima técnica será aplicable cuando el empleado es nombrado en propiedad en los cargos que ha establecido la norma, es decir, la prima técnica no será procedente cuando se esté en situación administrativa de encargo, dado que no ocupa el empleo con carácter permanente, por lo tanto, no será procedente el pago de la prima objeto de consulta mientras se encuentre encargado |