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Decreto 4089 de 2007 - Nivel Nacional

Adopta el marco tarifario para los centros de conciliación remunerados, los notarios, los conciliadores y árbitros. Señala que las funciones que desarrollan los centros de conciliación y/o arbitraje, conciliadores, árbitros y secretarios de tribunales de arbitramento se sujetarán a las normas legales vigentes en materia tributaria; dicta disposiciones sobre la función social de los Centros de Conciliación y Notarios, los requisitos para acceder a las conciliaciones gratuitas de los centros de conciliación, sus conciliadores y notarios, así como las sanciones por violación de las tarifas de conciliación y arbitraje.

Concepto 4089 de 2005 - Departamento Administrativo de Servicio Civil

No es procedente que la entidad acceda a realizar una liquidación de cesantía definitiva con fecha anterior a la solicitud efectuada por la funcionaria, toda vez que de acuerdo con lo consagrado en el literal a) del artículo 3º del Decreto 1582 de 1998, la cesantía se liquida a la fecha de la solicitud.