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Concepto 317041 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si la persona se encuentra incapacitada, no será procedente que la persona que cuenta con la posibilidad de posesionarse en período de prueba y está pendiente la respectiva posesión, concurra a posesionarse antes de superar la incapacidad médica, por cuanto esta situación la inhabilita para laborar; por lo cual la entidad deberá conceder una prórroga que le permita posesionarse una vez supere la incapacidad. |