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Decreto 279 de 2022 - Nivel Nacional Modifica y adiciona disposiciones del Decreto 1071 de 2015, en lo relacionado con el Fondo Nacional de Adecuación de Tierras (FONAT) |
Decreto 279 de 2021 - Nivel Nacional Modifica el Régimen de Transición de los Planes Especiales de Protección (PEP) sujetándose a las disposiciones sobre los Planes Especiales de Manejo y Protección (PEMP) |
Sentencia 279 de 2019 - Corte Constitucional El alcance del derecho a la pensión por invalidez, para su reconocimiento el afiliado debe: (i) tener una pérdida de capacidad calificada con un porcentaje igual o superior al 50%, y (ii) haber cotizado 50 semanas dentro de los tres años anteriores a la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral, segundo la invalidez que se agrava progresiva y paulatinamente merece un tratamiento jurídico especial y diferente al que se aplica a los casos ordinarios y tercero al verificar los requisitos exigidos para el reconocimiento de la pensión, los fondos de pensiones no tienen en cuenta las cotizaciones efectuadas con posterioridad a la estructuración de la invalidez: (i) incurren en enriquecimiento sin justa causa, debido a que a pesar de haberse beneficiado de los aportes se abstienen de contabilizarlos, y (ii) desconocen el derecho fundamental a la igualdad de las personas en condición de discapacidad. |
Decreto 279 de 2000 - Nivel Nacional Por el cual se aprueba el Acuerdo número 060 del 27 de diciembre de 1999, expedido por la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República. Acuerdo por el cual se modifica la estructura del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República de que trata la Ley 106 de 1993 y se dictan otras disposiciones. |
Sentencia 279 de 1996 - Corte Constitucional Analiza la Corte Constitucional los Factores que justifican la creación de Primas Técnicas especiales para los Magistrados de la República. Declara la Corte la exequibilidad de la frase "sin carácter salarial" contenida en los arts. 14° y 15° de la Ley 4° de 1992.Analiza la Corte la consticionalidad del Decreto 1016 de 1991, y de algunos artículos de la Ley 60 de 1990 y de la Ley 4° de 1992. Entiende la Corte que ley 4 se expidió para ser el marco dentro del cual se defina todo el régimen salarial y prestacional del sector público, y que, en cuanto a la remuneración de los funcionarios a los que se refería el decreto 1016 de 1991, creó directamente una prima para igualarla a la remuneración de los miembros del Congreso, con lo cual es forzoso entender que las normas que establecieron la "prima técnica" regulada en el decreto 1016 de 1991 fueron derogadas tácitamente. |
Concepto Sala de Consulta C.E. 279 de 1989 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil El reconocimiento del subsidio familiar al personal docente y administrativo "nacionalizado" resultó exigible a partir del 22 de enero de 1976, fecha de expedición del Decreto Ley 102 de 1976, cuyo artículo 12 sometió los respectivos cargos al régimen salarial y prestacional del orden nacional docente o administrativo correspondiente y a la jurisdicción y autoridad de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional. |