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Ley 2430 de 2024 - Congreso de la República

Fortalece y moderniza el sistema judicial, y mantiene las funciones de las Corporaciones y Administración de la Rama Judicial. A su vez, declara la administración de justicia como un servicio público esencial y regula el equilibrio y equidad de género entre Altas Cortes. También dicta disposiciones en cuanto a posesión de magistrados de corporaciones, creación, fusión y supresión de despachos judiciales; dicta medidas de descongestión, uso de tecnologías de la información y comunicaciones y lo referente a los concursos de méritos de la Rama Judicial.

Concepto 2430 de 2019 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

ara efectuar el nombramiento o elección de un miembro que falleció, el congreso en pleno debe efectuar una nueva elección, ya que no existe un vacío constitucional sino legal, por tal razón resulta aplicable por analogía el articulo 134 de la carta política. El método aplicable para la elección se debe basar en la cifra repartidora que no lleva ínsito el llamado o llamamiento, por esta razón, ninguno de los candidatos no elegidos, tienen derecho subjetivo a ser llamados para ocupar la vacante ni mucho menos para posesionarse de tal empleo. La elección que resulte será por el tiempo restante para culminar el periodo institucional. La votación no puede hacerse por cifra repartidora sino por mecanismo de la simple mayoría.

Decreto 2430 de 2011 - Nivel Nacional

Crea la Comisión de Expertos Redactora del Proyecto de Ley de Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, cuyo fin es apoyar la elaboración del referido proyecto normativo y formula recomendaciones al Gobierno Nacional. Estará integrado entre otros por el presidente y vicepresidente de la Comisión y un delegado de cada una de las siguientes entidades: Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, Ministerio del Interior y de Justicia, Ministerio de Transporte, Contraloría General de la República y Procuraduría General de la Nación. se reunirá ordinariamente, al menos, una vez a la semana, sin embargo, podrá reunirse cuantas veces sea necesario para atender los fines y objetivos para los cuales fue creada. La Comisión podrá crear subcomisiones, con el fin de cumplir los objetivos encomendados en el presente decreto.