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Concepto 239541 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Al definirse la “asignación básica”, como la remuneración ordinaria que recibe mensualmente el empleado público, “sin incluir otros factores de salario” como las horas extras por ejemplo, que aunque por mandato legal se constituyen en un elemento integrante del salario, son valores que exceden la jornada ordinaria laboral, tendrá derecho el empleado público al reconocimiento de la correspondiente dotación de vestido, siempre y cuando dicha remuneración mensual, sea inferior a dos (2) veces el salario mínimo legal vigente.